Lo nuevo - Mapa del sitio - Calendario
Acuerdos Comerciales - Proceso del ALCA
Temas Comerciales
English - français - português
Búsqueda
 

Organización Mundial
del Comercio

WT/DS18/R
12 de junio de 1998
(98-2258)
Original: inglés

Australia - Medidas que Afectan a la Importación de Salmón

Informe del Grupo Especial

(Continuación)


4.95 El Canadá alegó que en Australia había otros agentes altamente patógenos que no habían sido examinados en el Informe final y que eran exóticos en algunos Estados de Australia en que se criaban salmónidos de acuicultura o se practicaba la pesca recreativa. Australia no había sometido a controles el transporte de salmónidos y sus productos de los Estados infectados a los Estados o Territorios libres de esas enfermedades para proteger a sus poblaciones de salmónidos de esos agentes patógenos para los salmónidos. Un ejemplo de ello era el virus de la necrosis hematopoyética epizoótica (VNHE), enfermedad de declaración obligatoria a la OIE.95 Se había comprobado la existencia del VNHE en Australia, en Victoria, donde había unas poblaciones importantes de salmónidos, en concreto, trucha arco iris y salmón del Atlántico. En Australia Occidental, donde se cultivaba comercialmente la trucha arco iris y ésta era una fuente importante de actividades de pesca deportiva, no se había registrado la presencia de VNHE. A pesar de ello, en el Informe final se dejaba claro que los gobiernos de los Estados y Territorios de Australia no habían establecido ningún control del transporte de salmónidos y sus productos desde las zonas en que había VNHE a las zonas en que no había VNHE:

"Se han establecido medidas de control del transporte de salmónidos vivos de zonas infectadas por el VNHE a zonas libres de este virus, pero como la infección de salmónidos es rara no ha sido necesario someter a controles el transporte de productos de salmónidos."96

4.96 El Canadá sostuvo que ello constituía una distinción arbitraria e injustificable. Cuando se trataba del transporte interno de productos de salmónidos procedentes de un Estado en que se había detectado la existencia de una enfermedad de los salmónidos de declaración obligatoria a la OIE a un Estado libre de esa enfermedad, Australia afirmaba que existía la posibilidad de que se radicara una enfermedad en los salmónidos a través de los productos de salmónidos pero que, como era "raro", no había sido necesario someter a control el transporte de productos de salmónidos. En cambio, cuando se trataba del transporte de productos de salmónidos de un Miembro a Australia, la existencia de una o de varias de las enfermedades que Australia consideraba exóticas planteaba, en opinión de Australia, la posibilidad de que se establecieran enfermedades en los salmónidos a través de los productos de salmónidos. Con independencia del grado de patogenicidad de las enfermedades o de la probabilidad de que se radicaran esas enfermedades, esta posibilidad servía de fundamento a Australia para prohibir la importación de salmón sin cocer. En este sentido, el Canadá alegaba que Australia violaba la primera frase del párrafo 3 del artículo 2 del Acuerdo MSF.

4.97 Australia sostuvo que la afirmación del Canadá de que prevalecían unas condiciones idénticas o similares se basaba en parte en el hecho de que el VNHE era una enfermedad de declaración obligatoria a la OIE, y que, por lo tanto, tenía que ser como mínimo una preocupación sanitaria tan grave como las enfermedades exóticas de los salmónidos o las cepas exóticas de agentes patógenos. A este respecto, Australia señaló que la condición de enfermedad de declaración obligatoria no constituía ninguna prueba de que existieran "condiciones idénticas o similares". Seguía planteándose la cuestión de si era adecuada la clasificación del VNHE como enfermedad de declaración obligatoria, teniendo en cuenta que era una enfermedad que causaba pocos daños ambientales o comerciales en Australia.97 La lista de la OIE de enfermedades de declaración obligatoria no incluía las enfermedades graves sino las que tenían una amplia distribución geográfica, y tampoco reflejaba la gravedad de la enfermedad en términos de peligro de que se manifestara o de consecuencias.98 La lista no incluía algunas enfermedades graves de los salmónidos que eran causa de cuarentena en Australia.99 La necrosis hematopoyética epizoótica (NHE) no estaba considerada una enfermedad importante para los salmónidos, en comparación con la perca de aleta roja. Tampoco podía compararse la NHE con algunas enfermedades más graves de los salmónidos, como la renibacteriosis, la anemia infecciosa del salmón y la A. salmonicida típica. Además, había que subrayar también que la Comisión para las enfermedades de los peces de la OIE no tenía capacidad para realizar análisis detallados de riesgos de las enfermedades individuales examinadas para su categorización e inclusión en listas, ni contenía el Código de la OIE ninguna directriz específica para los salmónidos. Australia se remitió también a sus observaciones con respecto al VNHE que figuraban en los párrafos 4.99, 4.102, 4.208 y 4.214 v).

4.98 La medida australiana tenía por objetivo prevenir el riesgo de enfermedades en su totalidad (efecto acumulado de los agentes patógenos identificados y potencialmente presentes en el salmón canadiense), no el derivado de un agente patógeno singular. No obstante el Canadá, en opinión de Australia, parecía basar sus reclamaciones en el concepto de producto similar, deduciendo que la existencia de una enfermedad en un producto comparable equivalía a la existencia de "condiciones similares". Para examinar la existencia de unas condiciones similares de conformidad con el Acuerdo MSF había que establecer si había unos efectos negativos para la salud similares y unas consecuencias biológicas y económicas similares, además de la posibilidad de utilizar una medida similar para responder a unos riesgos y consecuencias similares. Además, aunque hubiera pruebas de la existencia de unas condiciones y unas medidas similares, todavía tendría que haber pruebas de que la no aplicación de una medida similar y viable técnica y económicamente discriminaría de manera arbitraria o injustificable entre Australia y el Canadá.

4.99 Los factores que los Miembros estaban obligados a tener en cuenta, según los términos del párrafo 3 del artículo 5, eran entre otros el posible perjuicio por pérdida de producción o de ventas. Estos factores no tenían por qué ser necesariamente comparables; a causa de factores climáticos y topográficos las poblaciones de salmónidos de Australia Occidental no tenían la misma importancia desde el punto de vista de la pesca comercial o recreativa que las de Australia Sudoriental. De ahí que no pudieran equipararse los controles aplicados al transporte interno de animales acuáticos, a causa de enfermedades que no eran exóticas en ciertas regiones de Australia, a los controles aplicados a las importaciones de productos que podían ser portadores de enfermedades exóticas en todas las regiones. Las consecuencias que tendría la introducción de elementos patógenos exóticos serían mucho más importantes que las derivadas, por ejemplo, de la NHE únicamente. Además, suponiendo iguales los demás factores, era más fácil controlar una enfermedad que intentar erradicar o controlar una enfermedad que ya era endémica. En opinión de Australia, no se había identificado ninguna enfermedad endémica de los animales acuáticos de Australia que justificara y permitiera la aplicación de restricciones al transporte interno del producto con efectividad de costos. Australia señaló que: i) no existía un comercio significativo de productos frescos de salmónidos desde el continente hacía Tasmania100, y la demanda local de Tasmania se satisfacía con la producción local101; ii) en caso de que el VNHE entrara en Australia Occidental, las consecuencias para los salmónidos serían mínimas; iii) si el VNHE entraba en Queensland y en el Territorio del Norte, las consecuencias para los salmónidos serían muy marginales debido a que los factores climáticos no eran aptos para la vida de los salmónidos (no había poblaciones de salmónidos en el Territorio del Norte y en Queensland se limitaban a unas pocas zonas aisladas de montaña). El VNHE no causaba mayores problemas a los salmónidos en las zonas en que se manifestaba en Australia.

4.100 Australia sostuvo que el Canadá no había presentado pruebas de la existencia de unas condiciones idénticas o similares, pues sólo había probado que los controles aplicados para impedir la introducción en Australia de una enfermedad que no era exótica en ciertas regiones de Australia eran diferentes de los controles aplicados para evitar la introducción en todo el territorio de Australia de enfermedades que eran exóticas en toda Australia. Por tanto, el Canadá no había demostrado prima facie que prevalecieran condiciones idénticas o similares. Además, Australia alegó que no había ningún elemento de discriminación arbitraria o injustificable del salmón canadiense sin cocer que derivara de la aplicación de medidas diferentes de cuarentena interna a los salmónidos y otros peces a causa de enfermedades diferentes que no eran exóticas en ciertas regiones de Australia. La comprobación de que había diferencias entre las medidas aplicadas a enfermedades diferentes no suponía que existiera una discriminación arbitraria o injustificable.

4.101 El Canadá rechazó la alegación de Australia de que las consecuencias de la introducción de un agente patógeno exótico serían mucho mayores que las derivadas del VNHE únicamente. A pesar de que en el Informe final se constataba que el VNHE podía ser causa de mortalidad para varios salmoniformes nativos, incluida la especie amenazada Maquaria australasica102, Australia no imponía ningún control al transporte de productos de salmónidos que podían contener el VNHE hacia los Estados libres del VNHE. La intención de Australia de justificar su "política de no control" en el caso del VNHE, aduciendo para ello que no había salmónidos en el Territorio del Norte y sólo una producción aislada de salmónidos en Queensland chocaba frontalmente con el hecho de que no se permitiera la entrada de productos de salmónidos canadienses en el Territorio del Norte o Queensland. Australia había alegado primero que las consecuencias para los salmónidos de Australia Occidental serían mínimas. No obstante, en su respuesta a una pregunta del Grupo Especial con respecto a la importancia de la cría de salmónidos, Australia había reconocido que en Australia Occidental y en otros Estados la producción de salmónidos tenía un impacto económico local significativo. El Canadá afirmó que estaba claro, en vista de lo anterior, que en el caso de los productos de salmónidos sin cocer Australia había violado el requisito de no discriminación de la primera frase del párrafo 3 del artículo 2.

4.102 Australia observó que la NHE era muy conocida en Australia y que se habían ido estableciendo unas prácticas efectivas de gestión que eran adecuadas a esas circunstancias únicas. Australia se remitió a los hechos con respecto a la producción y distribución de salmónidos en Australia, con inclusión de la concentración de la producción de salmónidos en la parte sudoriental de Australia a causa de las favorables condiciones biológicas. Aparte de Tasmania, Nueva Gales del Sur y Victoria, en los demás Estados y Territorios las actividades de acuicultura de salmónidos oscilaban por su importancia entre menores (para fines recreativos) y nulas. En Australia Occidental, por ejemplo, había pocas actividades de cría de salmónidos. La producción total de truchas de acuicultura en dicho Estado se elevaba a 41 toneladas, valoradas en 455.000 dólares australianos anuales. Los criaderos que facilitaban las truchas con las que se repoblaban varios ríos de la parte sudoccidental de ese Estado con fines recreativos eran sometidos periódicamente a inspecciones para controlar la NHE de forma que, si fuera necesario, podrían adoptarse rápidamente medidas de control para evitar cualquier posible impacto económico, que estaría extremadamente localizado. La enfermedad era endémica en Victoria, Nueva Gales del Sur y Australia del Sur. Era endémica en las poblaciones de perca de aleta roja y de ahí que la posibilidad de erradicarla fuera muy pequeña. Relativamente era más difícil y mucho menos practicable el control de la difusión de patógenos hacia regiones en que había salmónidos que impedir la entrada de un elemento patógeno exótico en Australia a través de la importación de productos. Había también que examinar la viabilidad económica y técnica del control de una enfermedad endémica a través de medidas internas. Para ello era preciso proceder caso por caso y Australia tenía preparados planes de emergencia para intervenir en caso de accidente. Con respecto a Tasmania, no existía ningún comercio significativo interestatal de productos frescos de salmónidos, pero no podía deducirse de ello que si se permitiera la entrada de importaciones la producción local seguiría siendo la única consumida en ese Estado. Australia había examinado la posibilidad de limitar la distribución de pescado en Australia, pero había concluido que esa medida no podía ser viable económica o técnicamente y que no se conseguiría el nivel adecuado de protección en Australia. Además, Australia observó que, a causa de su estructura federal, el control operativo de las enfermedades de los animales acuáticos estaba bajo la responsabilidad de los Estados y Territorios. La coordinación de las políticas se lograba gracias a una estructura de comités formados por miembros procedentes del Gobierno del Commonwealth y de los gobiernos de los Estados.

g. Párrafo 1 del artículo 3

Para armonizar en el mayor grado posible las medidas sanitarias y fitosanitarias, los Miembros basaran sus medidas sanitarias o fitosanitarias en normas, directrices o recomendaciones internacionales, cuando existan, salvo disposición en contrario en el presente Acuerdo y en particular en el párrafo 3.

Acuerdo MSF, párrafo 1 del artículo 3

Armonización - Establecimiento, reconocimiento y aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias comunes por diferentes Miembros.

Acuerdo MSF, párrafo 2 del Anexo A

4.103 El Canadá alegó que el párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo MSF imponía a Australia la obligación de basar sus medidas sanitarias en las normas, directrices o recomendaciones de la OIE. En relación con los agentes patógenos en cuestión (cuadro 3), el Canadá observó que la necrosis hematopoyética infecciosa (NHI) y la septicemia hemorrágica viral (SHV) eran enfermedades de declaración obligatoria a la OIE. El Código de la OIE estipulaba con respecto a estas enfermedades que las autoridades competentes103 de los países declarados oficialmente libres de las respectivas enfermedades debían exigir que el pescado muerto que se importara de países que no estuvieran libres de las correspondientes enfermedades fuera eviscerado antes del transporte.104 Es decir, el Código de la OIE sólo recomendaba la certificación de control de estas dos enfermedades si se trataba de importaciones de peces vivos o de peces muertos pero no eviscerados. El Canadá sostenía, por tanto, que la prohibición australiana de las importaciones de salmón sin cocer no se basaba en las normas del Código de la OIE referentes a la NHI y la SHV.

4.104 Australia sostuvo que el artículo 3 no tenía relación alguna con esta diferencia. Aun a pesar de las alegaciones del Canadá sobre la existencia de unas directivas de la OIE referentes a dos agentes patógenos de declaración obligatoria, no era posible aplicar esas dos normas a través de medidas basadas en productos. El riesgo valorado por Australia tenía relación con la presencia o presencia potencial de hasta 24 agentes patógenos en un producto que podría ser importado por Australia. Las directrices de la OIE no abarcaban todas las enfermedades en cuestión. El hecho de que la OIE no hubiera establecido directrices para todos los agentes patógenos en cuestión significaba que no existía ninguna directriz de la OIE en la que pudiera basar Australia su medida. Tampoco podía aceptarse como norma de la OIE la práctica de otros países, en particular si se tenía en cuenta la soberanía atribuida a los Miembros de la OMC para determinar su nivel adecuado de protección propio.

4.105 Australia alegó además que el Canadá no había asumido la carga de la prueba de la existencia de normas, directrices o recomendaciones internacionales en las que hubiera podido basar una medida referente a una serie de agentes patógenos presentes o potencialmente presentes en un producto y respecto de los cuales no hubiera directrices de la OIE. No podía deducirse la existencia de una directriz de la OIE basándose en que la OIE no había considerado ciertos agentes patógenos. El Canadá no había demostrado la aplicabilidad del artículo 3 del Acuerdo MSF a la medida. Además, Australia sostuvo que el Código de la OIE no establecía que la evisceración fuera la medida adecuada frente a las dos enfermedades de declaración obligatoria en cuestión. No pasaba de recomendar, como parte de una norma mínima mundial de control de las enfermedades de los animales acuáticos, que las autoridades de los países libres de NHI y SHV exigieran la evisceración del pescado procedente de países que no estuvieran libres de esas enfermedades.105 Más importante era todavía, en opinión de Australia, que la OIE no había establecido directrices sobre las que pudiera basarse una medida referente a un producto específico con el fin de lograr el nivel adecuado de protección frente a la totalidad de los agentes patógenos que preocupaban a Australia. Afirmar que los Miembros de la OMC no podían aplicar más que la norma mínima de la OIE suponía de hecho imponer a los Miembros un nivel determinado de protección, con independencia de la posibilidad de que se introdujera en el país una enfermedad y de las consecuencias que supondría esa introducción. Todo ello contradecía el derecho soberano de cada Miembro de determinar su propio nivel adecuado de protección. Por tanto, Australia sostenía que las directrices tenían que ser consideradas unas recomendaciones mínimas y no una serie de normas fijas.

4.106 Sin perjuicio de las alegaciones de Australia con respecto a la no aplicación del artículo 3, Australia citó el Informe del Órgano de Apelación CE - Hormonas en apoyo de su pretensión de que la existencia de una norma internacional no suponía una presunción de incompatibilidad con el párrafo 1 del artículo 3. Australia alegó que correspondía al Canadá la carga de la prueba en todos los aspectos que planteaba el artículo 3, con inclusión de la prueba de que hubiera sido posible basar la medida en normas internacionales vigentes.

4.107 Australia subrayó que las recomendaciones de la OIE se caracterizaban por ser normas mínimas y que el hecho de que una enfermedad estuviera incluida o no en las listas no podía considerarse un índice de la gravedad del agente patógeno en términos de consecuencias negativas para la salud, gestión o consecuencias. Las enfermedades incluidas en las listas eran las que preocupaban prioritariamente a los países del Hemisferio Norte, tratándose en muchos casos de enfermedades endémicas, por lo que se prestaba más atención a la gestión de la enfermedad. Australia también señaló que la evisceración reflejaba la práctica comercial de estos países en el mercado internacional. Las potenciales consecuencias biológicas y económicas de los agentes patógenos exóticos en Australia eran una cuestión totalmente diferente de la gestión de enfermedades no exóticas. Como habían confirmado los expertos científicos que habían asesorado al Grupo Especial en enfermedades, la evisceración, aunque podía ayudar a reducir los riesgos en algunos casos, no los eliminaba totalmente. En el caso de algunos de los agentes patógenos en cuestión, la evisceración no tendría ningún efecto si el agente patógeno, por ejemplo, estaba en la sangre. Australia también señaló que las normas de la OIE no se basaban en la evaluación de los riesgos, y que en comparación con la labor realizada por la OIE con respecto a los animales terrestres, la labor de la OIE con respecto a las enfermedades de los animales acuáticos estaba todavía en la infancia. En este contexto, Australia puso de manifiesto las observaciones de los expertos que habían asesorado al Grupo Especial en el sentido de que el Informe final y esta diferencia les habían permitido conocer mejor las enfermedades de los salmones.

4.108 El Canadá observó que la piscirickettsiosis, la renibacteriosis y la necrosis pancreática infecciosa (NPI) estaban clasificadas como "otras enfermedades" en el Código de la OIE. Las recomendaciones de la OIE con respecto a estos agentes patógenos se limitaban a los peces vivos o sin eviscerar. Como la OIE no había hecho ninguna recomendación referente a la importación de peces eviscerados muertos, cabía deducirse que la importación de ese pescado planteaba un riesgo mínimo de transmisión de esas tres enfermedades. Por consiguiente, el Canadá sostenía que la medida de Australia no se basaba en las recomendaciones de la OIE y constituía una violación del párrafo 1 del artículo 3.

4.109 Además, la medida de Australia no estaba "basada en" la recomendación pertinente del Código de la OIE. En el Informe CE - Hormonas , el Órgano de Apelación examinó el significado del término "basarán" del párrafo 1 del artículo 3 y concluyó que para que una medida sanitaria se basara en una norma internacional tenía que incorporar algunos elementos de la norma internacional, aunque no necesariamente todos.106 En el caso del pescado, incluidos los salmónidos, la evisceración era la recomendación actual de la OIE para impedir la transmisión de enfermedades de declaración obligatoria u otras enfermedades importantes. El Dr. Winton, asesor del Grupo Especial, había afirmado que la evisceración había llegado a la categoría de una norma de facto y que la Comisión para las enfermedades de los peces consideraba que los peces sin vísceras constituían un peligro mínimo, es decir, insignificante, que no justificaba la restricción del comercio y, por consiguiente, quedaba fuera de su ámbito de preocupaciones. El Dr. Winton había señalado además que no había pruebas de la transmisión de enfermedades a causa de productos eviscerados y, mientras las pruebas científicas no demostraran lo contrario, el nivel de riesgo de transmisión de enfermedades a causa del comercio de productos eviscerados no era tal que preocupara a la Comisión.

4.110 Con respecto a la eficacia de la evisceración, el Canadá señaló que ni el Dr. Winton ni el Dr. Rodgers tenían conocimiento de ningún caso concreto de transmisión de enfermedades a través de peces eviscerados, incluidos los salmónidos. El Dr. Winton había señalado dos estudios científicos al respecto que no habían dado lugar a ninguna publicación sencillamente porque no se había encontrado el virus en la carne de los peces analizados. El Canadá alegó que la comunidad científica estaba preocupada por la función de portadores que cumplían los peces en la epizootiología de varias enfermedades, pero sólo los peces vivos. La investigación científica no se había interesado por los animales acuáticos muertos y eviscerados porque carecía de trascendencia.107 Con respecto a la evisceración, el Dr. Winton había señalado que:

    "La Comisión para las enfermedades de los peces ha examinado cuidadosamente esta cuestión y opina unánimemente que la evisceración del pescado (en el presente caso, los salmónidos) supone un nivel muy elevado de seguridad contra la transmisión de enfermedades y que no es probable que ninguna enfermedad de declaración obligatoria u otra enfermedad importante sea transmitida por esos productos. Por tanto, ha juzgado que los productos eviscerados están fuera de su ámbito de intereses. De hecho, en la actual edición del Código sobre los Animales Acuáticos se ha suprimido expresamente un párrafo de la primera edición (el párrafo 3 del artículo 1.5.5.2) para aclarar esta cuestión, porque la anterior redacción ofrecía la posibilidad de exigir la inspección de cualquier producto de la pesca (incluso peces eviscerados) que, en opinión del país importador, tuviera la capacidad de introducir una enfermedad motivo de preocupación. Los miembros de la Comisión han examinado las pruebas científicas y no tienen conocimiento de que se haya producido nunca una expansión del área de distribución de un elemento patógeno para los peces debido al transporte de peces eviscerados; en cambio, se conocen muchos casos de transmisión de enfermedades a causa de la expedición de peces vivos infectados, huevos o incluso peces sin eviscerar, utilizados para alimentar a otros animales acuáticos, que están documentados en la literatura científica." (Párrafo 6.144)

    ...

    "Como antes se ha indicado, la Comisión considera actualmente que los peces eviscerados representan un peligro mínimo que no justifica la restricción del comercio." (Párrafo 6.145)

El Dr. Rodgers había afirmado que:

    "Probablemente sea cierto que la posibilidad de que un determinado agente patógeno sea la causa de la radicación de una enfermedad será mayor si se trata de importar peces enteros, sin eviscerar, para utilizarlos como cebo, o de peces vivos, que si se trata de importaciones de salmón sin cocer para el consumo humano." (Párrafo 6.100).

4.111 Además, el Canadá señaló que el Dr. Winton había indicado a continuación que la simple presencia de patógenos en la carne no equivalía a decir que se hubiera radicado o propagado una enfermedad que atacaba a los peces. Se conocían ejemplos de peces con unos niveles potencialmente elevados de un agente infeccioso que no causaban la propagación de la enfermedad si eran eviscerados.

4.112 Australia observó que las observaciones del Dr. Winton con respecto a la existencia de "una norma de facto" sólo se referían a los Estados Unidos, el Canadá y las Comunidades Europeas y que aquél había matizado su observación en el sentido de que resultaba difícil afirmar la existencia de una norma internacional. Era difícil juzgar la importancia de los estudios no publicados a que había hecho referencia el Dr. Winton ya que no se había señalado la metodología utilizada, y aparentemente tampoco habían sido sometidos a un examen colegiado. Australia señaló que, desde una perspectiva científica, tenía dudas acerca de las conclusiones de estos estudios no publicados o sobre la conveniencia de considerar que la información facilitada era trasladable también a toda la amplia gama de agentes patógenos de los diferentes grupos taxonómicos en cuestión y aplicable a las diferentes circunstancias que podían concurrir.

4.113 Australia consideraba que la evisceración podía contribuir a reducir el riesgo que planteaban algunos de los agentes patógenos en cuestión, en particular la SHV, pero no podía contribuir a reducir el riesgo hasta el nivel de protección considerado adecuado por Australia. La evisceración no era eficaz frente a muchas de las enfermedades en cuestión, entre ellas la NHI, la Aeromonas salmonicida, el Renibacterium salmoniarum y la Piscirickettsia salmonis. Además, aunque la evisceración pudiera reducir el nivel de riesgo de algunas enfermedades, ya que el proceso suprimía físicamente tejidos que podían ser portadores de agentes patógenos, no reducía sustancialmente el riesgo, porque el agente patógeno podía estar presente en otros tejidos o podía ser transferido mecánicamente de un tejido infectado a un tejido libre del agente patógeno. En opinión de los expertos que habían asesorado al Grupo Especial, estaba claro que no había fundamento científico para afirmar que la evisceración era un medio eficaz de reducir el riesgo hasta un límite que pudiera ser considerado por los expertos "insignificante". Todo ello sin perjuicio de la opinión de Australia sobre la trascendencia jurídica de las opiniones de los expertos sobre lo que pudiera entenderse por nivel "insignificante", habida cuenta de que los Miembros tenían soberanía sobre los niveles de protección y de que las opiniones de algunos expertos que habían asesorado al Grupo Especial no se habían formado a partir de una evaluación de los riesgos, con inclusión de las consecuencias biológicas y económicas de la entrada, radicación o propagación de una enfermedad.

4.114 Australia reconocía que se había establecido que el transporte de peces y materiales genéticos con fines de cría, así como peces sin eviscerar, era una causa de difusión de enfermedades. No obstante, el hecho de que la difusión de enfermedades se asociara comúnmente con estas situaciones no evitaba que el pescado eviscerado fuera un medio de difusión de enfermedades. El Dr. Winton no había pretendido que la evisceración suprimiera el riesgo. Por tanto, aunque Australia hubiera observado que la evisceración reducía el riesgo, no lo hacía hasta el punto de lograrse el nivel de protección exigido por Australia, ya que no respondía totalmente a las preocupaciones de Australia por los agentes patógenos que podían encontrarse en la piel, los huesos, los músculos y la sangre. Era evidente que no permitir la importación de salmón constituía un nivel más alto de protección que permitir la importación del producto eviscerado. El Dr. Winton no había descrito el nivel de riesgo que estaba implícito en las recomendaciones de la OIE, y tampoco había podido presentar ningún dato científico detallado que sirviera de apoyo a la opinión de la Comisión sobre la supuesta seguridad del producto eviscerado. Además, no podía demostrarse que la evisceración fuera un tratamiento tanto o más eficaz que el termotratamiento, teniendo en cuenta además que el producto termotratado era eviscerado. Australia sostenía que había que considerar que los peces eviscerados eran un producto de riesgo capaz de difundir enfermedades. Los comentarios del Dr. Winton no habían sido formulados tampoco en referencia a una situación de un nivel bajo de riesgos y alto de consecuencias.

4.115 Australia alegó que la OIE recomendaba que el producto fuera importado sin eviscerar sólo si procedía de países donde no se registraba la presencia de piscirickettsiosis, renibacteriosis y NPI.108 Como la piscirickettsiosis, la renibacteriosis y la NPI estaban presentes en el pescado canadiense, la norma de la OIE no tenía ninguna trascendencia sobre la medida australiana y no era aplicable. El Código no hacía referencia a los peces eviscerados con respecto a esas enfermedades, y no establecía directrices para la importación de peces muertos y eviscerados. Australia señaló, por consiguiente, que las normas, directrices o recomendaciones pertinentes de la OIE se referían únicamente a dos de las 24 enfermedades motivo de preocupación (la NHI y la SHV). Estas directrices eran específicas para cada enfermedad y, como la medida australiana se refería al riesgo de introducción de una serie de enfermedades que el producto podía albergar potencialmente, no había directrices de la OIE en vigor sobre las que pudiera basarse Australia para establecer su medida. A este respecto, la medida no podía ser desglosada en componentes referentes a los distintos agentes patógenos, pues se trataba de una medida que abordaba la totalidad del riesgo de enfermedades. Australia mantenía que el Canadá no había presentado pruebas de la existencia de una norma internacional referente a la entrada, radicación o propagación de las 24 enfermedades motivo de preocupación en su totalidad.

4.116 Australia observó que no se habían establecido unos criterios detallados para la inclusión de enfermedades en las listas del Código de la OIE; las enfermedades eran incluidas en las listas en función de unas decisiones adoptadas discrecionalmente y no necesariamente como resultado de los análisis científicos considerados. Australia recordó la declaración del Dr. Winton en el sentido de que no había un método formal de evaluación del riesgo de enfermedades y que las decisiones de la Comisión no se basaban en ningún proceso científico de evaluación del riesgo. Australia alegó, además, que la propia Comisión no basaba sus decisiones en el proceso de análisis de riesgos que proponía la OIE y sobre el que había modelado Australia su Informe final. Australia observó que la Comisión no basaba sus recomendaciones en un examen detallado de los riesgos. El hecho de que la Comisión no levantara actas detalladas de sus reuniones no facilitaba la cuestión. Con respecto a las enfermedades examinadas por la OIE, el Dr. Winton había observado que la no inclusión de una enfermedad en las listas (como enfermedad de declaración obligatoria) no significaba que la Comisión considerara que esa enfermedad tenía poca prioridad. Teniendo en cuenta que muchas enfermedades graves de los salmónidos eran endémicas en el Hemisferio Norte, era probable que este hecho hubiera influido en la consideración por la Comisión de las enfermedades de los salmónidos. En otras palabras, Australia tenía todo el derecho a sentirse preocupada por las enfermedades que se manifestaban en los salmones del Pacífico adultos capturados en el océano y procedentes de América del Norte pero que no se manifestaban en Australia, con independencia de que figuraran o no en la lista actual de enfermedades de declaración obligatoria, de la Comisión. A este respecto, Australia señaló que los cinco miembros de la Comisión reflejaban un reparto geográfico limitado, ya que ningún miembro procedía de un país del Hemisferio Sur. No podía esperarse que los miembros de la Comisión conocieran profundamente las condiciones de salud o de producción de salmónidos en el Hemisferio Sur, en particular la situación sanitaria favorable de Australia y las ausencias de las enfermedades que causaban problemas a la producción de los países del Hemisferio Norte. Australia señaló que, por eso, las recomendaciones de la OIE no reflejaban la importancia que tenían para Australia ciertas enfermedades que podían ser exóticas en Australia pero endémicas en las principales naciones en el campo de la acuicultura. En vista de lo anterior, Australia reiteraba que no había ninguna norma pertinente de la OIE en que fuera posible basar una medida referente a un gran número de enfermedades exóticas de salmónidos.

4.117 El Canadá rechazó el argumento de Australia en el sentido de que no existían recomendaciones pertinentes en el Código de la OIE porque la OIE no había formulado una recomendación para todos y cada uno de los elementos patógenos abarcados por la medida australiana. El Canadá recordó que Australia había reconocido en el Informe final109 que: i) había normas internacionales aplicables a la importación de salmón sin cocer; ii) la norma era la evisceración; pero iii) esta norma era inadecuada a las circunstancias de Australia. Esta posición era acorde con anteriores razonamientos de Australia, en la reunión de octubre de 1996 del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, donde, refiriéndose a la prohibición de las importaciones de salmón, había anunciado al Comité que la norma pertinente de la OIE no permitía asegurar el nivel de protección aceptable para Australia.110 Según el Canadá, estos dos hechos bastaban para demostrar que la posición mantenida por Australia ante el Grupo Especial era un razonamiento a posteriori.

4.118 Además, el Órgano de Apelación había observado en el caso CE - Hormonas que había normas, directrices o recomendaciones internacionales referentes a cinco de las seis hormonas a que hacían referencia las directivas de la CE en cuestión. En otras palabras, el Órgano de Apelación no había llegado a la conclusión de que no había normas internacionales aplicables a las cinco hormonas en cuestión. Al contrario, el Órgano de Apelación había llegado a la conclusión de que las Comunidades Europeas estaban autorizadas a desviarse de esas normas siempre que las medidas de la CE referentes a estas cinco hormonas cumplieran las condiciones que establecía el párrafo 3 del artículo 3 (por ejemplo, se basaran en una evaluación de los riesgos de conformidad con el párrafo 1 del artículo 5).111 En el presente caso, el razonamiento del Órgano de Apelación significaba que el hecho de que la medida sanitaria australiana se aplicara a más elementos patógenos que los identificados en el Código de la OIE no quería decir que no hubiera ninguna recomendación de la OIE que fuera aplicable a la medida. Al contrario, significaba que, en el caso de los elementos patógenos identificados en el Código de la OIE, la medida australiana tenía que basarse en la recomendación pertinente de la OIE o cumplir las disposiciones del párrafo 3 del artículo 3 del Acuerdo MSF. El Canadá señaló que, si se aceptaba el argumento de Australia, eso significaría que si un Miembro pretendía que una medida era aplicable a un agente patógeno no incluido en las listas del Código de la OIE no sería aplicable a esta medida ninguna de las demás normas, directrices o recomendaciones de la OIE. Según el Canadá, ello querría decir que la importancia del párrafo 1 del artículo 3 del Acuerdo MSF dependería de la voluntad de un Miembro de resistir a la tentación de manifestar que su medida sanitaria tenía por objetivo otro agente patógeno. La consecuencia de aceptar la argumentación de Australia era que se debilitaría críticamente la importancia de las normas, directrices o recomendaciones internacionales en el ámbito del Acuerdo MSF.

4.119 Australia observó que, aunque fuera posible considerar la aplicación de normas individuales para los aditivos, no era posible basar una medida en una norma internacional si concurría la circunstancia de que hubiera enfermedades presentes o potencialmente presentes en un sólo producto y respecto de las cuales hubiera pocas normas internacionales en vigor.

Para continuar con Australia - Medidas que Afectan a la Importación de Salmón: Sección h. Párrafo 3 del artículo 3


95 Código de la OIE, página 73.

96 Final Report, página 379.

97 Australia se refirió a la Resolución Nº XII, "Enmiendas del Código Sanitario Internacional para Animales Acuáticos y Manual de Diagnóstico de las Enfermedades de los Animales Acuáticos", adoptada por el Comité Internacional de la OIE el 29 de mayo de 1997.

98 Código de la OIE, página 123.

99 Final Report, página 12.

100 No se había registrado la presencia del VNHE en el Territorio del Norte, Queensland, Tasmania o Australia Occidental.

101 Australia señaló que, aunque la demanda se satisfaciera con la producción local, el producto canadiense y el producto de Tasmania tenían mercados diferentes. Por tanto, no podía confiarse en que la producción local impidiera la entrada de salmón canadiense en Tasmania.

102 Final Report, págs. 98 y 345.

103 Véase la nota 23.

104 Código de la OIE, artículos 2.1.2.4 y 2.1.5.4, en referencia a la NHI y a la SHV: páginas 82-83 y 98-99, respectivamente.

105 Código de la OIE, páginas 82 y 98.

106 Op. cit., párrafo 171, páginas 77 y 78.

107 El Canadá señaló que en un libro reciente, titulado Furunculosis: Multidisciplinary Fish Disease Research, se dedicaba todo un capítulo a la cuestión concreta de los portadores de Aeromonas salmonicida. No obstante, en ese capítulo ni siquiera se mencionaba la función de los peces muertos y eviscerados en la epidemiología de la enfermedad porque carecía de trascendencia. La publicación estaba mencionada en Final Report, páginas 353 y 354.

108 Australia observó que la anemia infecciosa del salmón estaba incluida en la lista de la OIE de otras enfermedades.

109 Final Report, página 66.

110 G/SPS/R/6, "Resumen de la Reunión del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias celebrada los días 8 y 9 de octubre de 1996", página 4.

111 Op. cit., párrafo 209, página 96.