OEA

Acuerdo de Complementación Económica Nº 14 entre la República de Argentina y la República Federativa de Brasil

Vigesimoprimer Protocolo Adicional

 

Los Plenipotenciarios de la República Argentina y de la República Federativa del Brasil, acreditados por sus respectivos Gobiernos, según poderes otorgados en buena y debida forma, depositados en la Secretaría General de la Asociación, convienen modificar el Acuerdo de Complementación Económica Nº 14 celebrado entre ambos países, en los términos y condiciones que a continuación se establecen:

Artículo 1º.- Modificar las preferencias otorgadas por la República Argentina y la República Federativa del Brasil, para la importación de los productos consignados en los Anexos 1 y 2 del presente Protocolo, respectivamente, en los términos y condiciones que se registran en dichos Anexos.

Artículo 2º.- El presente Protocolo rige a partir de la fecha de suscripción.

La Secretaría General de la Asociación será depositaria del presente Protocolo, del cual enviará copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios.

EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la ciudad de Montevideo a los cinco días del mes de octubre de mil novecientos noventa y tres, en un original en los idiomas español y portugués, siendo ambos textos igualmente válidos. Por el Gobierno de la República Argentina: Jesús Sabra; Por el Gobierno de la República Federativa del Brasil: Hildebrando Tadeo Nascimento Valadares.