OEA

DECISIÓN 614
Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible

EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES,

VISTOS: El Artículo 3, literal e), del Acuerdo de Cartagena; y las Decisiones 458, 505 y 549 del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; el Reglamento del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores aprobado mediante Decisión 407; el Reglamento de la Comisión de la Comunidad Andina aprobado mediante Decisiones 471 y 508; y

CONSIDERANDO: Que el Acuerdo de Cartagena tiene por objetivos, entre otros, promover el desarrollo equilibrado y armónico de los Países Miembros en condiciones de equidad, mediante la integración y la cooperación económica y social; así como propender a disminuir la vulnerabilidad externa y mejorar la posición de los Países Miembros en el contexto económico internacional, fortalecer la solidaridad subregional y reducir las diferencias de desarrollo existentes entre los Países Miembros, con la finalidad de procurar un mejoramiento persistente en el nivel de vida de los habitantes de la Subregión;

Que en el contexto internacional los Países Miembros deben buscar la convergen­cia de objetivos, metas y acciones, en torno a compromisos como los contenidos en la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas y las Resoluciones de la Comisión de Estupefacientes en materia de desarrollo alternativo y de desarrollo alternativo preventivo;

Que contar con una Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible, será de la mayor importancia para complementar el propósito establecido en la Resolución 48/9 aprobada por el 48 Período de Sesiones de la Comisión de Estupefacientes de Naciones Unidas, en abril de 2005, a iniciativa de los Países Miembros, en la cual se acuerda que la Comisión celebre, antes de 2008, un período de sesiones que en lo sustancial se dedique al tema del desarrollo alternativo;

Que resulta indispensable lograr mejores oportunidades de acceso a los mercados para los productos del desarrollo alternativo en el contexto de las negociaciones comerciales internacionales;

Que la Decisión 458 sobre Lineamientos de la Política Exterior Común identifica como uno de sus objetivos emprender acciones conjuntas en la lucha contra el problema mundial de la droga que, bajo el principio de la responsabilidad compartida y a partir de un enfoque multilateral, promuevan la cooperación internacional en todos los aspectos del problema y, entre otros, para el desarrollo de cultivos alternativos;

Que, en desarrollo de la Decisión 505 que aprueba el Plan Andino de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos, el Comité Ejecutivo priorizó la elaboración de una Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible;

Que las políticas y estrategias nacionales de desarrollo alternativo deben ser complementadas, mediante la cooperación y la coordinación en el ámbito comunitario para alcanzar mayores niveles de efectividad y sostenibilidad en su aplicación, mitigando los efectos del traslado de los cultivos ilícitos entre los Países Miembros de la Comunidad Andina;

Que el Comité Andino para el Desarrollo Alternativo (CADA), creado mediante Decisión 549, en su V Reunión realizada los días 22 y 23 de junio de 2004 acordó preparar una estrategia de desarrollo integral y sostenible para la Región Andina, a ser presentada en el marco de la XVI Reunión Ordinaria del Consejo Presidencial Andino;

Que la Primera Reunión Extraordinaria del CADA, celebrada los días 9 y 10 de setiembre de 2004, en la ciudad de Bogotá, Colombia, definió los objetivos, principios, metas y elementos estratégicos básicos para la elaboración de una Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible;

Que la Segunda Reunión Extraordinaria del CADA realizada en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, los días 23 y 24 de junio de 2005, definió técnicamente el contenido de los elementos de una Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible, para lo cual previamente llevó a cabo un amplio proceso de consultas al interior de los Gobiernos de los Países Miembros, autoridades locales, gremios y organizaciones campesinas de las zonas en las que se desarrollan programas y proyectos de desarrollo alternativo;

Que la Secretaría General ha presentado la Propuesta 151/Rev. 1 sobre Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible;

DECIDE:

Artículo 1.- Aprobar la siguiente Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible, cuyo Marco General y Plan de Acción se anexan a la presente Decisión.

I

PRINCIPIOS

Artículo 2.- Los principios de la Estrategia son:

a) Respetar la soberanía nacional de cada País Miembro de la Comunidad Andina y conceder a la Estrategia el carácter de política de Estado.

b) Contribuir a la pacificación y estabilización de las áreas de intervención descritas en el Anexo, ofreciendo alternativas económicas y de vida dignas a las comunidades beneficiarias, principalmente a través de la integración transversal con políticas, programas y proyectos sectoriales, que maximicen los impactos de las acciones que se emprendan.

c) Tener un carácter preventivo, que no sólo focalice comunidades y territorios afectados por los cultivos ilícitos sino también aquellos que enfrenten la amenaza de este problema, en todos los Países Miembros.

d) Fortalecer la participación activa de las comunidades beneficiarias y de los gobiernos locales, involucrándolos en los procesos asociados a los proyectos de desarrollo alternativo en los Países Miembros.

e) Respetar la diversidad, autonomía y particularidades nacionales, así como de las minorías étnicas y comunidades localizadas en las áreas de intervención de la Estrategia.

f) Ser desarrollada en áreas que cuenten con condiciones mínimas de seguridad, gobernabilidad y comunicaciones, que permitan potenciar el desarrollo local; y donde las comunidades beneficiarias se encuentren en capacidad y tengan la voluntad de respetar la condición de erradicar y no resembrar cultivos ilícitos, que caracteriza al desarrollo alternativo.

g) Apoyar la recuperación, conservación y ordenamiento de áreas protegidas que hayan sido afectadas por la problemática de los cultivos ilícitos.

h) Ser ejecutada en el marco de estrategias integrales de lucha contra las drogas ilícitas, donde los esfuerzos de erradicación, interdicción y demás acciones tendientes a asegurar el imperio de la ley, apoyen la eliminación sistemática de actividades relacionadas con los cultivos ilícitos, principalmente aquellas promovidas por grupos al margen de la ley.

i) Sustentarse en la solidaridad andina, dando prioridad a aquellos aspectos en los que el trabajo conjunto permita avanzar más que de manera individual a cada País Miembro.

j) Reafirmar el principio de responsabilidad compartida, que llame la atención sobre el mayor costo relativo que enfrentan los países andinos en la lucha contra las drogas ilícitas, y las tendencias de reducción de los aportes al desarrollo de los países con elevados niveles de consumo, mediante la cooperación internacional. Dicho principio se deberá traducir en acciones de los países consumidores que permitan combatir la demanda de drogas ilícitas, así como en una mayor cooperación financiera, técnica y comercial, a los proyectos y productos derivados del desarrollo alternativo.

II

CRITERIOS

Artículo 3.- Los criterios generales de la Estrategia son:

a) Articularse con otros planes y programas de desarrollo comunitario, nacional y sectorial (coadyuva al logro de sus objetivos y se retroalimentan, con criterio de ordenamiento territorial) incluidas las negociaciones internacionales.

b) Tener una visión integral, lo cual comprenderá aspectos institucionales, sociales, económicos y ambientales.

c) Deberá contener acciones inmediatas y de corto plazo, que tengan un efecto demostrativo y que, además, orienten e impulsen acciones y proyectos estructurales.

d) Deberá contener elementos que le den permanencia en el tiempo (esfuerzo de mediano y largo plazo), por lo que debe ser participativa (a todos los niveles públicos de la sociedad civil) y contar con seguridad institucional, jurídica y financiera, que además aseguren el adecuado aprovechamiento de los recursos naturales.

e) Deberá focalizarse en las zonas de la frontera agrícola (de contención), así como en ecosistemas estratégicos, afectados o amenazados por los cultivos ilícitos, cuya localización y condiciones geográficas y socioeconómicas ofrezcan un potencial de desarrollo local.

f) Ser participativa, para lo cual deberá contar con el respaldo y el compromiso político y económico de los gobiernos nacionales, provinciales y locales.

g) Optimizar y aprovechar los recursos financieros, información y conocimientos, experiencias y capital humano existente en las áreas de intervención o en otros proyectos de desarrollo alternativo, que puedan ser replicados o ampliados, promoviendo además la aplicación de incentivos.

III

OBJETIVOS

Artículo 4.- El objetivo general de la Estrategia es contribuir a la reducción de la pobreza y a la cohesión social de los Países Miembros, en las áreas de intervención definidas en esta Estrategia, mediante el establecimiento de los lineamientos de política, los enfoques conceptuales y las metas e indicadores, que orienten las acciones y proyectos de desarrollo alternativo, que sean puestos en marcha, en el marco de las políticas nacionales y comunitarias sobre la materia, con un enfoque integral y sostenible.

Artículo 5.- Los objetivos específicos de la Estrategia son:

1. En el ámbito institucional

a) Promover la coordinación activa de las instituciones de los Estados y la Comunidad Andina ‑mediante sus órganos, instituciones, programas y proyectos‑, a fin de lograr sinergias y objetivos comunes, fortalecer la gobernabilidad local y la participación de las comunidades, en las áreas de intervención del desarrollo alternativo de los Países Miembros.

b) Establecer mecanismos efectivos y eficientes de cooperación horizontal para el intercambio de experiencias y la asistencia técnica entre los Países Miembros, especialmente entre las comunidades beneficiarias del desarrollo alternativo.

c) Disponer de un sistema comunitario y sus correspondientes sistemas nacionales de información, evaluación, seguimiento y monitoreo, como herramientas de transparencia y apoyo a los procesos de toma de decisiones.

2 En el ámbito social

a) Fortalecer organizaciones sociales, que dinamicen la generación y consolida­ción de comunidades de base y generen capital social, para darle atención a problemáticas sociales de las comunidades y mejorar su participación en el desarrollo local.

b) Coadyuvar con las estrategias nacionales de desarrollo y en particular con las políticas de lucha contra la pobreza rural.

c) Sensibilizar a la sociedad civil, especialmente aquella localizada en las áreas de intervención en los Países Miembros, sobre los efectos nocivos de los cultivos y drogas ilícitos, y la importancia del desarrollo alternativo como respuesta a las causas estructurales de este fenómeno.

d) Asegurar que las acciones y proyectos de desarrollo alternativo que se desarrollen en la Comunidad Andina cuenten con un enfoque de género y contribuyan al reconocimiento y valoración de la diversidad social.

3 En el ámbito económico

a) Disminuir la incidencia de la economía ilícita, mediante la reducción y prevención del incremento de los cultivos ilícitos y el control de su migración a nuevas áreas, entre y al interior de los Países Miembros (efecto globo).

b) Promover y orientar la participación activa y en coordinación con los gobiernos nacionales, de organismos y agencias de desarrollo multilaterales, regionales y nacionales, en proyectos e iniciativas de desarrollo alternativo, en el marco de la Estrategia, especialmente en lo relacionado con la gestión de recursos.

c) Asegurar la construcción y mantenimiento de infraestructura básica en las áreas de intervención del desarrollo alternativo, que facilite los procesos de producción y comercialización de los productos agrícolas y agroindustriales, así como de los servicios que se promuevan, en las áreas de intervención de los Países Miembros.

d) Apoyar la mayor vinculación de centros de investigación, universidades y demás instituciones pertinentes, de tal manera que mejoren el acceso a la ciencia y tecnología de los beneficiarios de desarrollo alternativo en la Comunidad Andina.

e) Promover el acceso legal a la propiedad de la tierra de los beneficiarios, mediante la compra y legalización de títulos de tenencia de tierras.

f) Promover formas asociativas, de colaboración y cooperación, a nivel de productores, sector privado, instituciones y agencias nacionales de promoción de exportaciones, y organismos financieros, entre otros, que propendan por el logro de un acceso real a los mercados nacionales e internacionales de los productos derivados del desarrollo alternativo, en estricta sujeción a las normas y compromisos comunitarios y nacionales correspondientes.

g) Contribuir al financiamiento sostenido del desarrollo alternativo en la Comunidad Andina, mediante el uso de instrumentos innovadores, acordes a las realidades socioeconómicas de las poblaciones beneficiarias, que contemplen tanto el acceso a sistemas de banca de inversión y mercado de capitales, como alianzas estratégicas con el sector privado, y el uso de instrumentos tales como el canje de deuda y el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL), entre otros.

4 En el ámbito ambiental

a) Apoyar la conservación, recuperación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, especialmente aquellos localizados en ecosistemas estratégicos, zonas de amortiguación y áreas de parques naturales.

b) Apoyar la implementación de mejores prácticas ambientales, tecnologías limpias, sistemas de producción orgánica y modelos agroforestales y de labranza mínima, entre otros, que aseguren un adecuado aprovechamiento de los recursos naturales y mejoren el acceso a mercados de comercio justo.

IV

MECANISMOS

Artículo 6.- El Comité Andino para el Desarrollo Alternativo (CADA) efectuará el seguimiento del Plan de Acción que aparece en el Anexo de la presente Decisión, de forma tal que asegure la aplicación de la Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible y promueva su profundización y perfeccionamiento.

El CADA, en coordinación con el Comité Ejecutivo del Plan de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos y a través de la Secretaría General de la Comunidad Andina, recomendará al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y a la Comisión de la Comunidad Andina, la adopción de la normativa comunitaria necesaria para la instrumentación del Plan de Acción de la Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible en las áreas de sus respectivas competencias.

Artículo 7.- El CADA, con conocimiento del Comité Ejecutivo del Plan de Coopera­ción para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos, informará anualmente al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, a través de la Secretaría General de la Comunidad Andina, sobre los avances en la instrumentación de la Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible.

Artículo 8.- El CADA, en coordinación con el Comité Ejecutivo del Plan de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos Conexos y a través de la Secretaría General de la Comunidad Andina, en un plazo de cinco años contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Decisión, propondrá al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores su actualización.

Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los quince días del mes de julio del año dos mil cinco.

ANEXO I
MARCO GENERAL DE LA ESTRATEGIA ANDINA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE

ANEXO II
PLAN DE ACCION DE LA ESTRATEGIA ANDINA DE DESARROLLO
ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE
disponibles en formato PDF