DECISIÓN 614
Estrategia Andina de
Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible
EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES
EXTERIORES,
VISTOS: El Artículo 3,
literal e), del Acuerdo de Cartagena; y las Decisiones
458, 505 y 549 del
Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores; el Reglamento del
Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores aprobado mediante
Decisión 407; el Reglamento de la Comisión de la Comunidad Andina aprobado
mediante Decisiones 471 y
508; y
CONSIDERANDO: Que el Acuerdo de Cartagena tiene por
objetivos, entre otros, promover el desarrollo equilibrado y armónico de
los Países Miembros en condiciones de equidad, mediante la integración y
la cooperación económica y social; así como propender a disminuir la
vulnerabilidad externa y mejorar la posición de los Países Miembros en el
contexto económico internacional, fortalecer la solidaridad subregional y
reducir las diferencias de desarrollo existentes entre los Países
Miembros, con la finalidad de procurar un mejoramiento persistente en el
nivel de vida de los habitantes de la Subregión;
Que en el contexto internacional los Países Miembros
deben buscar la convergencia de objetivos, metas y acciones, en torno a
compromisos como los contenidos en la Declaración del Milenio de las
Naciones Unidas y las Resoluciones de la Comisión de Estupefacientes en
materia de desarrollo alternativo y de desarrollo alternativo preventivo;
Que contar con una Estrategia Andina de Desarrollo
Alternativo Integral y Sostenible, será de la mayor importancia para
complementar el propósito establecido en la Resolución 48/9 aprobada por
el 48 Período de Sesiones de la Comisión de Estupefacientes de Naciones
Unidas, en abril de 2005, a iniciativa de los Países Miembros, en la cual
se acuerda que la Comisión celebre, antes de 2008, un período de sesiones
que en lo sustancial se dedique al tema del desarrollo alternativo;
Que resulta indispensable lograr mejores oportunidades
de acceso a los mercados para los productos del desarrollo alternativo en
el contexto de las negociaciones comerciales internacionales;
Que la Decisión 458 sobre Lineamientos de la Política
Exterior Común identifica como uno de sus objetivos emprender acciones
conjuntas en la lucha contra el problema mundial de la droga que, bajo el
principio de la responsabilidad compartida y a partir de un enfoque
multilateral, promuevan la cooperación internacional en todos los aspectos
del problema y, entre otros, para el desarrollo de cultivos alternativos;
Que, en desarrollo de la Decisión 505 que aprueba el
Plan Andino de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y
Delitos Conexos, el Comité Ejecutivo priorizó la elaboración de una
Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible;
Que las políticas y estrategias nacionales de
desarrollo alternativo deben ser complementadas, mediante la cooperación y
la coordinación en el ámbito comunitario para alcanzar mayores niveles de
efectividad y sostenibilidad en su aplicación, mitigando los efectos del
traslado de los cultivos ilícitos entre los Países Miembros de la
Comunidad Andina;
Que el Comité Andino para el Desarrollo Alternativo
(CADA), creado mediante Decisión 549, en su V Reunión realizada los días
22 y 23 de junio de 2004 acordó preparar una estrategia de desarrollo
integral y sostenible para la Región Andina, a ser presentada en el marco
de la XVI Reunión Ordinaria del Consejo Presidencial Andino;
Que la Primera Reunión Extraordinaria del CADA,
celebrada los días 9 y 10 de setiembre de 2004, en la ciudad de Bogotá,
Colombia, definió los objetivos, principios, metas y elementos
estratégicos básicos para la elaboración de una Estrategia Andina de
Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible;
Que la Segunda Reunión Extraordinaria del CADA
realizada en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, los días 23 y
24 de junio de 2005, definió técnicamente el contenido de los elementos de
una Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible,
para lo cual previamente llevó a cabo un amplio proceso de consultas al
interior de los Gobiernos de los Países Miembros, autoridades locales,
gremios y organizaciones campesinas de las zonas en las que se desarrollan
programas y proyectos de desarrollo alternativo;
Que la Secretaría General ha presentado la Propuesta
151/Rev. 1 sobre Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y
Sostenible;
DECIDE:
Artículo 1.- Aprobar la siguiente Estrategia Andina
de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible, cuyo Marco General y Plan
de Acción se anexan a la presente Decisión.
I
PRINCIPIOS
Artículo 2.- Los principios de la Estrategia son:
a) Respetar la soberanía nacional de cada País
Miembro de la Comunidad Andina y conceder a la Estrategia el carácter de
política de Estado.
b) Contribuir a la pacificación y estabilización de
las áreas de intervención descritas en el Anexo, ofreciendo alternativas
económicas y de vida dignas a las comunidades beneficiarias,
principalmente a través de la integración transversal con políticas,
programas y proyectos sectoriales, que maximicen los impactos de las
acciones que se emprendan.
c) Tener un carácter preventivo, que no sólo focalice
comunidades y territorios afectados por los cultivos ilícitos sino
también aquellos que enfrenten la amenaza de este problema, en todos los
Países Miembros.
d) Fortalecer la participación activa de las
comunidades beneficiarias y de los gobiernos locales, involucrándolos en
los procesos asociados a los proyectos de desarrollo alternativo en los
Países Miembros.
e) Respetar la diversidad, autonomía y
particularidades nacionales, así como de las minorías étnicas y
comunidades localizadas en las áreas de intervención de la Estrategia.
f) Ser desarrollada en áreas que cuenten con
condiciones mínimas de seguridad, gobernabilidad y comunicaciones, que
permitan potenciar el desarrollo local; y donde las comunidades
beneficiarias se encuentren en capacidad y tengan la voluntad de
respetar la condición de erradicar y no resembrar cultivos ilícitos, que
caracteriza al desarrollo alternativo.
g) Apoyar la recuperación, conservación y
ordenamiento de áreas protegidas que hayan sido afectadas por la
problemática de los cultivos ilícitos.
h) Ser ejecutada en el marco de estrategias
integrales de lucha contra las drogas ilícitas, donde los esfuerzos de
erradicación, interdicción y demás acciones tendientes a asegurar el
imperio de la ley, apoyen la eliminación sistemática de actividades
relacionadas con los cultivos ilícitos, principalmente aquellas
promovidas por grupos al margen de la ley.
i) Sustentarse en la solidaridad andina, dando
prioridad a aquellos aspectos en los que el trabajo conjunto permita
avanzar más que de manera individual a cada País Miembro.
j) Reafirmar el principio de responsabilidad
compartida, que llame la atención sobre el mayor costo relativo que
enfrentan los países andinos en la lucha contra las drogas ilícitas, y
las tendencias de reducción de los aportes al desarrollo de los países
con elevados niveles de consumo, mediante la cooperación internacional.
Dicho principio se deberá traducir en acciones de los países
consumidores que permitan combatir la demanda de drogas ilícitas, así
como en una mayor cooperación financiera, técnica y comercial, a los
proyectos y productos derivados del desarrollo alternativo.
II
CRITERIOS
Artículo 3.- Los criterios generales de la
Estrategia son:
a) Articularse con otros planes y programas de
desarrollo comunitario, nacional y sectorial (coadyuva al logro de sus
objetivos y se retroalimentan, con criterio de ordenamiento territorial)
incluidas las negociaciones internacionales.
b) Tener una visión integral, lo cual comprenderá
aspectos institucionales, sociales, económicos y ambientales.
c) Deberá contener acciones inmediatas y de corto
plazo, que tengan un efecto demostrativo y que, además, orienten e
impulsen acciones y proyectos estructurales.
d) Deberá contener elementos que le den permanencia
en el tiempo (esfuerzo de mediano y largo plazo), por lo que debe ser
participativa (a todos los niveles públicos de la sociedad civil) y
contar con seguridad institucional, jurídica y financiera, que además
aseguren el adecuado aprovechamiento de los recursos naturales.
e) Deberá focalizarse en las zonas de la frontera
agrícola (de contención), así como en ecosistemas estratégicos,
afectados o amenazados por los cultivos ilícitos, cuya localización y
condiciones geográficas y socioeconómicas ofrezcan un potencial de
desarrollo local.
f) Ser participativa, para lo cual deberá contar con
el respaldo y el compromiso político y económico de los gobiernos
nacionales, provinciales y locales.
g) Optimizar y aprovechar los recursos financieros,
información y conocimientos, experiencias y capital humano existente en
las áreas de intervención o en otros proyectos de desarrollo
alternativo, que puedan ser replicados o ampliados, promoviendo además
la aplicación de incentivos.
III
OBJETIVOS
Artículo 4.- El objetivo general de la Estrategia
es contribuir a la reducción de la pobreza y a la cohesión social de los
Países Miembros, en las áreas de intervención definidas en esta
Estrategia, mediante el establecimiento de los lineamientos de política,
los enfoques conceptuales y las metas e indicadores, que orienten las
acciones y proyectos de desarrollo alternativo, que sean puestos en
marcha, en el marco de las políticas nacionales y comunitarias sobre la
materia, con un enfoque integral y sostenible.
Artículo 5.- Los objetivos específicos de la
Estrategia son:
1. En el ámbito institucional
a) Promover la coordinación activa de las
instituciones de los Estados y la Comunidad Andina ‑mediante sus
órganos, instituciones, programas y proyectos‑, a fin de lograr
sinergias y objetivos comunes, fortalecer la gobernabilidad local y la
participación de las comunidades, en las áreas de intervención del
desarrollo alternativo de los Países Miembros.
b) Establecer mecanismos efectivos y eficientes de
cooperación horizontal para el intercambio de experiencias y la
asistencia técnica entre los Países Miembros, especialmente entre las
comunidades beneficiarias del desarrollo alternativo.
c) Disponer de un sistema comunitario y sus
correspondientes sistemas nacionales de información, evaluación,
seguimiento y monitoreo, como herramientas de transparencia y apoyo a
los procesos de toma de decisiones.
2 En el ámbito social
a) Fortalecer organizaciones sociales, que dinamicen
la generación y consolidación de comunidades de base y generen capital
social, para darle atención a problemáticas sociales de las comunidades
y mejorar su participación en el desarrollo local.
b) Coadyuvar con las estrategias nacionales de
desarrollo y en particular con las políticas de lucha contra la pobreza
rural.
c) Sensibilizar a la sociedad civil, especialmente
aquella localizada en las áreas de intervención en los Países Miembros,
sobre los efectos nocivos de los cultivos y drogas ilícitos, y la
importancia del desarrollo alternativo como respuesta a las causas
estructurales de este fenómeno.
d) Asegurar que las acciones y proyectos de
desarrollo alternativo que se desarrollen en la Comunidad Andina cuenten
con un enfoque de género y contribuyan al reconocimiento y valoración de
la diversidad social.
3 En el ámbito económico
a) Disminuir la incidencia de la economía ilícita,
mediante la reducción y prevención del incremento de los cultivos
ilícitos y el control de su migración a nuevas áreas, entre y al
interior de los Países Miembros (efecto globo).
b) Promover y orientar la participación activa y en
coordinación con los gobiernos nacionales, de organismos y agencias de
desarrollo multilaterales, regionales y nacionales, en proyectos e
iniciativas de desarrollo alternativo, en el marco de la Estrategia,
especialmente en lo relacionado con la gestión de recursos.
c) Asegurar la construcción y mantenimiento de
infraestructura básica en las áreas de intervención del desarrollo
alternativo, que facilite los procesos de producción y comercialización
de los productos agrícolas y agroindustriales, así como de los servicios
que se promuevan, en las áreas de intervención de los Países Miembros.
d) Apoyar la mayor vinculación de centros de
investigación, universidades y demás instituciones pertinentes, de tal
manera que mejoren el acceso a la ciencia y tecnología de los
beneficiarios de desarrollo alternativo en la Comunidad Andina.
e) Promover el acceso legal a la propiedad de la
tierra de los beneficiarios, mediante la compra y legalización de
títulos de tenencia de tierras.
f) Promover formas asociativas, de colaboración y
cooperación, a nivel de productores, sector privado, instituciones y
agencias nacionales de promoción de exportaciones, y organismos
financieros, entre otros, que propendan por el logro de un acceso real a
los mercados nacionales e internacionales de los productos derivados del
desarrollo alternativo, en estricta sujeción a las normas y compromisos
comunitarios y nacionales correspondientes.
g) Contribuir al financiamiento sostenido del
desarrollo alternativo en la Comunidad Andina, mediante el uso de
instrumentos innovadores, acordes a las realidades socioeconómicas de
las poblaciones beneficiarias, que contemplen tanto el acceso a sistemas
de banca de inversión y mercado de capitales, como alianzas estratégicas
con el sector privado, y el uso de instrumentos tales como el canje de
deuda y el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL), entre otros.
4 En el ámbito ambiental
a) Apoyar la conservación, recuperación y
aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, especialmente
aquellos localizados en ecosistemas estratégicos, zonas de amortiguación
y áreas de parques naturales.
b) Apoyar la implementación de mejores prácticas
ambientales, tecnologías limpias, sistemas de producción orgánica y
modelos agroforestales y de labranza mínima, entre otros, que aseguren
un adecuado aprovechamiento de los recursos naturales y mejoren el
acceso a mercados de comercio justo.
IV
MECANISMOS
Artículo 6.- El Comité Andino para el Desarrollo
Alternativo (CADA) efectuará el seguimiento del Plan de Acción que aparece
en el Anexo de la presente Decisión, de forma tal que asegure la
aplicación de la Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y
Sostenible y promueva su profundización y perfeccionamiento.
El CADA, en coordinación con el Comité Ejecutivo del
Plan de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas y Delitos
Conexos y a través de la Secretaría General de la Comunidad Andina,
recomendará al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores y a la
Comisión de la Comunidad Andina, la adopción de la normativa comunitaria
necesaria para la instrumentación del Plan de Acción de la Estrategia
Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible en las áreas de sus
respectivas competencias.
Artículo 7.- El CADA, con conocimiento del Comité
Ejecutivo del Plan de Cooperación para la Lucha contra las Drogas
Ilícitas y Delitos Conexos, informará anualmente al Consejo Andino de
Ministros de Relaciones Exteriores, a través de la Secretaría General de
la Comunidad Andina, sobre los avances en la instrumentación de la
Estrategia Andina de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible.
Artículo 8.- El CADA, en coordinación con el Comité
Ejecutivo del Plan de Cooperación para la Lucha contra las Drogas Ilícitas
y Delitos Conexos y a través de la Secretaría General de la Comunidad
Andina, en un plazo de cinco años contados a partir de la entrada en
vigencia de la presente Decisión, propondrá al Consejo Andino de Ministros
de Relaciones Exteriores su actualización.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los quince días del mes de julio del
año dos mil cinco.
ANEXO I
MARCO GENERAL DE LA ESTRATEGIA ANDINA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y
SOSTENIBLE
ANEXO II
PLAN DE ACCION DE LA ESTRATEGIA ANDINA DE DESARROLLO
ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE
disponibles en
formato PDF
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