OEA

DECISIÓN 474
Revisión de la Lista de Productos Sujetos a la Aplicación de los artículos 102 y 103 del Acuerdo de Cartagena en el Marco de la profundización del Proceso de Integración

LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, 

VISTOS: Los Artículos 102, 103, 104 y 129 del Acuerdo de Cartagena, las Decisiones 16, 66, 70, 80 y 371 de la Comisión y la Propuesta 36 de la Secretaría General; y,

CONSIDERANDO: Que, durante la primera reunión del Comité Andino Agropecuario celebrada los días 20 y 21 de septiembre de 1999 en la ciudad de Lima, las delegaciones acordaron recomendar la exclusión inmediata, de la Lista de Productos Agropecuarios para los efectos de la aplicación de los Artículos 102 y 103 del Acuerdo de Cartagena, de los productos relacionados en la siguiente lista:

NANDINA

Descripción

02031200

Jamones, paletas y sus trozos sin deshuesar, frescos o refrigerados.

02032100

Carne de porcino en canales o medias canales, congelada.

02032200

Jamones, paletas y sus trozos sin deshuesar, congelados.

02072400

Carne de pavo (gallipavo), sin trocear, frescos o refrigerados.

02072600

Trozos y despojos comestibles, de pavo (gallipavo), frescos o refrigerados.

02073200

Carne de pato, ganso o pintada, sin trocear, frescos o refrigerados.

02073300

Carne de pato, ganso o pintada, sin trocear, congelados.

02073400

Hígados grasos, de pato, ganso o pintada, frescos o refrigerados.

02073500

Trozos y despojos comestibles, de pato, ganso o pintada, frescos o refrigerados, excepto hígados grasos.

02073600

Trozos y despojos comestibles, de pato, ganso o pintada, congelados.

02101200

Tocino entreverado y sus trozos, salado o en salmuera, seco o ahumado.

02101900

Demás carnes de porcino, salados o en salmuera, secos o ahumados.

04022191

Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior al 1,5% pero inferior al 26% en peso, sobre producto seco, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg.

04022919

Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior o igual al 26% en peso, sobre producto seco, con adición de azúcar u otro edulcorante, en envases de contenido neto superior a 2,5 kg.

04022991

Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un contenido de materias grasas superior al 1,5% pero inferior al 26% en peso, sobre producto seco, con adición de azúcar u otro edulcorante, en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg.

04029190

Demás leche y nata (crema) sin azucarar ni edulcorar de otro modo.

04049000

Productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.

04051000

Mantequilla (manteca).

04052000

Pastas lácteas para untar.

04059010

Mantequilla (manteca) deshidratada.

04059090

Demás materias grasas de la leche.

10011090

Demás trigo duro, excepto para siembra.

10019030

Morcajo (tranquillón).

10030090

Cebada, excepto para siembra.

11071000

Malta, sin tostar.

11081100

Almidón de trigo.

12021090

Demás maníes (cacahuates, cacahuetes), sin tostar ni cocer de otro modo, con cáscara, excepto para siembra.

12050090

Demás semillas de nabo o de colza, incluso quebrantadas, excepto para siembra.

12060090

Demás semilla de girasol, incluso quebrantada, excepto para siembra.

12079990

Demás semillas y frutos oleaginosos, incluso quebrantadas, excepto para siembra.

15010010

Grasa de cerdo (incluida la manteca de cerdo), excepto la de las partidas nos 02.09 ó 15.03.

15010030

Grasa de ave, excepto la de las partidas nos 02.09 ó 15.03.

15020011

Sebo en rama y demás grasas, en bruto, desnaturalizados.

15020019

Demás sebo en rama y demás grasas, en bruto, excepto desnaturalizados.

15020090

Demás grasas de animales de las especies bovina, ovina o caprina, fundidas, incluso prensadas o extraídas con disolventes, excepto sebo en rama y demás grasas en bruto.

15030000

Estearina solar, aceite de manteca de cerdo, oleoestearina, oleomargarina y aceite de cebo, sin emulsionar, mezclar ni preparar de otro modo.

15060010

Aceite de pie de buey.

15060090

Demás grasas y aceites animales, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente.

15081000

Aceite de maní (cacahuate, cacahuete), en bruto.

15122100

Aceite de algodón, en bruto, incluso sin el gosipol.

15122900

Aceite de algodón y sus fracciones, refinado, pero sin modificar químicamente.

15131100

Aceite de coco (copra), en bruto.

15131900

Aceite de coco (copra) y sus fracciones, refinados, sin modificar químicamente.

15132910

Aceite de palmiste y sus fracciones, refinados, sin modificar químicamente.

15141000

Aceite de nabina (nabo), de colza o de mostaza, en bruto.

15149000

Aceite de nabina (nabo), de colza o de mostaza, y sus fracciones, refinados, pero sin modificar químicamente.

15152900

Aceite de maíz, y sus fracciones, refinados, pero sin modificar químicamente.

15155000

Aceite de sésamo (ajonjolí) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente.

15180010

Linoxina.

17011200

Azúcar de remolacha, en bruto sin aromatizar ni colorear, en estado sólido.

17021100

Lactosa y jarabe de lactosa.

17021910

Lactosa.

17023090

Las demás glucosas, sin o con un contenido de fructosa, en peso, en estado seco, inferior al 20%.

17024020

Jarabe de glucosa, con un contenido de fructosa, en peso, sobre producto seco, superior o igual al 20% pero inferior al 50%.

17026000

Demás fructosas y jarabe de fructosa, con un contenido de fructosa, en estado seco, superior al 50% en peso.

17029040

Demás jarabes.

17039000

Melazas de la extracción o del refinado del azúcar, excepto de caña.

23067000

Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites del germen de maíz, incluso molidos o en "pellets".

23099010

Preparaciones forrajeras con adición de melazas o de azúcar.

35052000

Colas a base de almidón, de fécula, de dextrina, o de otros almidones o féculas modificados.

38231200

Acido oleico.

38231300

Acidos grasos del "tall oil"; y,


Que, la Lista de Productos Agropecuarios, para los efectos de la aplicación de los Artículos 102 y 103 del Acuerdo de Cartagena, ha sido modificada sucesivamente, por adiciones y cambios en la nomenclatura arancelaria, a través de las Decisiones 16, 66, 70, 80 y 371 de la Comisión, por lo que se hace necesario consolidar en un texto único la mencionada lista para su óptimo manejo y control;

DECIDE:

Artículo 1.- Aprobar la Lista de Productos Agropecuarios para los efectos de la aplicación de las medidas previstas en los Artículos 102 y 103 del Acuerdo de Cartagena, la cual consta en el Anexo de la presente Decisión.

Artículo 2.- Derogar las Decisiones 16, 66 y 80 de la Comisión, el artículo 36 de la Decisión 70 de la Comisión y el artículo 18 de la Decisión 371 de la Comisión.

 Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los tres días del mes de febrero del dos mil.



ANEXO


Lista de productos agropecuarios para los efectos de la aplicación de los Artículos 102 y 103 del Acuerdo de Cartagena
 

NANDINA

Descripción

0203.11.00

Carne de animales de la especie porcina, en canales o medias canales, fresca o refrigerada

0203.19.00

Las demás carnes de animales de la especie porcina, fresca o refrigerada

0203.29.00

Las demás carnes de animales de la especie porcina, congeladas

0207.11.00

Carne de gallo o gallina, sin trocear, fresca o refrigerada

0207.12.00

Carne de gallo o gallina, sin trocear, congelada

0207.13.00

Trozos y despojos comestibles, de gallo o gallina, frescos o refrigerados

0207.14.00

Trozos y despojos comestibles, de gallo o gallina, congelados

0207.25.00

Carne de pavo (gallipavo), sin trocear, congelada

0207.27.00

Trozos y despojos comestibles, de pavo (gallipavo), congelados

0401.10.00

Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, con un contenido de materias grasas inferior o igual al 1% en peso

0401.20.00

Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, con un contenido de materias grasas superior al 1% pero inferior o igual al 6% en peso

0401.30.00

Leche y nata (crema), sin concentrar, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, con un contenido de materias grasas superior al 6% en peso

0402.10.10

Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un conte-nido de materias grasas inferior o igual al 1,5% en peso, con adición de azúcar u otro edulcorante, en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg

0402.10.90

Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un conte-nido de materias grasas inferior o igual al 1,5% en peso, con adición de azúcar u otro edulcorante, en envases inmediatos de contenido neto superior a 2,5 kg

0402.21.11

Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un conte-nido de materias grasas superior o igual al 26% en peso, sobre producto seco, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg

0402.21.19

Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un conte-nido de materias grasas superior o igual al 26% en peso, sobre producto seco, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, en envases inmediatos de contenido neto superior a 2,5 kg

0402.21.99

Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un conte-nido de materias grasas superior al 1,5% pero inferior al 26% en peso, sobre producto seco, sin adición de azúcar ni otro edulcorante, en envases inmediatos de contenido neto superior a 2,5 kg

0402.29.11

Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un conte-nido de materias grasas superior o igual al 26% en peso, sobre producto seco, con adición de azúcar u otro edulcorante, en envases inmediatos de contenido neto inferior o igual a 2,5 kg

0402.29.99

Leche y nata (crema), en polvo, gránulos o demás formas sólidas, con un conte-nido de materias grasas superior al 1,5% pero inferior al 26% en peso, sobre producto seco, con adición de azúcar u otro edulcorante, en envases inmediatos de contenido neto superior a 2,5 kg

0402.91.10

Leche evaporada, sin adición de azúcar ni otro edulcorante

0402.99.90

Las demás leches y natas (cremas), con adición de azúcar u otro edulcorante

0404.10.90

Lactosuero, incluso concentrado o con adición de azúcar u otro edulcorante, excepto el lactosuero parcial o totalmente desmineralizado

0406.30.00

Queso fundido, excepto el rallado o en polvo

0406.90.10

Los demás quesos, con un contenido de humedad inferior al 36% en peso

0406.90.20

Los demás quesos, con un contenido de humedad superior o igual al 36% pero inferior al 46%, en peso

0406.90.30

Los demás quesos, con un contenido de humedad superior o igual al 46% pero inferior al 55%, en peso

0406.90.90

Los demás quesos

1001.90.20

Los demás trigos, excepto para siembra

1005.90.11

Maíz duro (Zea mays convar. vulgaris o Zea mays var. indurata), amarillo, excepto para siembra

1005.90.12

Maíz duro (Zea mays convar. vulgaris o Zea mays var. indurata), blanco, excepto para siembra

1005.90.90

Los demás maíces, excepto maíz duro y maíz reventón, excepto para siembra

1006.10.90

Arroz con cáscara (arroz "paddy"), excepto para siembra

1006.20.00

Arroz descascarillado (arroz cargo o arroz pardo)

1006.30.00

Arroz semiblanqueado o blanqueado, incluso pulido o glaseado

1006.40.00

Arroz partido

1007.00.90

Sorgo de grano (granífero), excepto para siembra

1101.00.00

Harina de trigo o de morcajo (tranquillón)

1102.20.00

Harina de maíz

1103.11.00

Grañones y sémola de trigo

1107.20.00

Malta (de cebada u otros cereales), tostada

1108.12.00

Almidón de maíz

1108.19.00

Los demás almidones y féculas, excepto almidón de trigo y féculas de papa (patata) o yuca (mandioca)

1201.00.90

Habas (porotos, frijoles, fréjoles) de soja (soya), incluso quebrantadas, excepto para siembra

1202.20.00

Maníes (cacahuetes, cacahuates) sin tostar ni cocer de otro modo, sin cáscara, incluso quebrantados

1207.40.90

Semilla de sésamo (ajonjolí), incluso quebrantada, excepto para siembra

1208.10.00

Harina de habas (porotos, frijoles, fréjoles) de soja (soya)

1208.90.00

Las demás harinas de semillas o de frutos oleaginosos, excepto la harina de mostaza

1507.10.00

Aceite de soja (soya), en bruto, incluso desgomado

1507.90.00

Aceite de soja (soya) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente, excepto en bruto

1508.90.00

Aceite de maní (cacahuete, cacahuate) y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente, excepto en bruto

1511.10.00

Aceite de palma, en bruto

1511.90.00

Aceite de palma y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente, excepto en bruto

1512.11.00

Aceite de girasol o cártamo, en bruto

1512.19.00

Aceite de girasol o cártamo, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente, excepto en bruto

1513.21.10

Aceite de almendra de palma, en bruto

1515.21.00

Aceite de maíz, en bruto

1515.30.00

Aceite de ricino y sus fracciones, incluso refinado, pero sin modificar químicamente

1515.90.00

Las demás grasas y aceites vegetales fijos, y sus fracciones, incluso refinados, pero sin modificar químicamente

1516.20.00

Grasas y aceites, vegetales, y sus fracciones, parcial o totalmente hidrogenados, interesterificados, reesterificados o elaidinizados, incluso refinados, pero sin preparar de otro modo

1517.10.00

Margarina, excepto la margarina líquida

1517.90.00

Mezclas o preparaciones alimenticias de grasas o aceites, animales o vegetales, o de fracciones de diferentes grasas o aceites, de este Capítulo, excepto las grasas y aceites alimenticios y sus fracciones, de la partida nº 15.16

1518.00.90

Grasas y aceites, animales o vegetales, y sus fracciones, cocidos, oxidados, deshidratados, sulfurados, soplados, polimerizados por calor en vacío o atmósfera inerte ("estandolizados"), o modificados químicamente de otra forma, excepto los de la partida nº 15.16; mezclas o preparaciones no alimenticias de grasas o de aceites, animales o vegetales o de fracciones de diferentes grasas o aceites de este Capítulo, no expresadas ni comprendidas en otra parte, excepto linoxina

1701.11.90

Azúcar de caña en bruto sin adición de aromatizante ni colorante, en estado sólido

1701.91.00

Azúcar de caña o de remolacha refinados y sacarosa químicamente pura, en estado sólido, con adición de aromatizante o colorante

1701.99.00

Azúcar de caña o de remolacha refinados y sacarosa químicamente pura, en estado sólido, sin adición de aromatizante ni colorante

1702.30.20

Jarabe de glucosa, sin fructosa o con un contenido de fructosa, calculado sobre producto seco, inferior al 20% en peso

1702.40.10

Glucosa, con un contenido de fructosa, calculado sobre producto seco, superior o igual al 20% pero inferior al 50%, en peso

1702.90.20

Azúcar y melaza caramelizados

1702.90.30

Azúcares con adición de aromatizante o colorante

1702.90.90

Maltosa y demás azúcares, en estado sólido, incluido el azúcar invertido

1703.10.00

Melaza de caña

2301.20.10

Harina, polvo y "pellets", de pescado, impropios para la alimentación humana

2302.10.00

Salvados, moyuelos y demás residuos del cernido, de la molienda o de otros tratamientos del maíz, incluso en "pellets"

2302.30.00

Salvados, moyuelos y demás residuos del cernido, de la molienda o de otros tratamientos del trigo, incluso en "pellets"

2302.40.00

Salvados, moyuelos y demás residuos del cernido, de la molienda o de otros tratamientos de los demás cereales, incluso en "pellets"

2304.00.00

Tortas y demás residuos sólidos de la extracción del aceite de soja (soya), incluso molidos o en "pellets"

2306.10.00

Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites de algodón, incluso molidos o en "pellets", excepto los de las partidas nos 23.04 ó 23.05

2306.30.00

Tortas y demás residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites de girasol, incluso molidos o en "pellets", excepto los de las partidas nos 23.04 ó 23.05

2306.90.00

Las demás tortas y residuos sólidos de la extracción de grasas o aceites vegetales, incluso molidos o en "pellets", excepto los de las partidas nos 23.04 ó 23.05

2308.90.00

Materias vegetales y desperdicios vegetales, residuos y subproductos vegetales, incluso en "pellets", del tipo de los utilizados para la alimentación de los animales, no expresados ni comprendidos en otra parte, excepto bellotas y castañas de Indias

2309.10.00

Alimentos para perros o gatos, acondicionados para la venta al por menor

2309.90.90

Las demás preparaciones del tipo de las utilizadas para la alimentación de los animales

3505.10.00

Dextrina y demás almidones y féculas modificados (por ejemplo: almidones y féculas pregelatinizados o esterificados)

3823.11.00

Acido esteárico

3823.19.00

Los demás ácidos grasos monocarboxílicos industriales; aceites ácidos del refinado