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DECISIÓN 531
Modificación del artículo 2 de la Decisión 530
EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES
EXTERIORES, EN REUNION AMPLIADA,
VISTOS: Los Artículos 20, literal b), y
32 del Acuerdo de Cartagena, los
artículos 5 y 6 del Reglamento de la Secretaría General de la Comunidad Andina
contenido en las Decisiones 409 y 426 del Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores, y la Decisión 530 del Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores; y,
CONSIDERANDO: Que mediante el artículo 1 de la Decisión 530 del 7 de julio de 2002 el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, en
reunión ampliada, decidió elegir al Señor Guillermo Fernández de Soto como
Secretario General de la Comunidad Andina;
Que el artículo 2 de la Decisión 530 señala que el Secretario General electo
asumirá su cargo a más tardar el día 16 de setiembre de 2002; y,
Que, por motivos de índole particular es necesario modificar el
artículo 2 de la Decisión 530;
DECIDE:
Artículo único.- Modificar el
artículo 2 de la Decisión 530 de la
siguiente manera:
“Artículo 2.- El Secretario General electo asumirá su cargo a más tardar el día
19 de setiembre de 2002.”
Dada en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de Norteamérica, a los catorce
días del mes de setiembre del año dos mil dos.
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