DECISIÓN 575
Autorización de prórroga para el diferimiento del Arancel Externo
Común de productos de la cadena siderúrgica
LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA,
VISTOS: El Capítulo VIII sobre el Arancel Externo Común del Acuerdo de
Cartagena; la Decisión 370 de la Comisión; la Decisión 533 de la Comisión
y las Resoluciones 60, 214, 603, 611, 625 y 634 de la Secretaría General;
CONSIDERANDO: Que el artículo 5 de la Decisión 370 sobre Arancel Externo
Común establece que “los Países Miembros podrán diferir la aplicación del
Arancel Externo Común (…) para atender situaciones de emergencia nacional
calificadas previamente por la Secretaría General”;
Que, mediante Resolución 603 de marzo de 2002, se autorizó al Gobierno de
Venezuela a diferir el Arancel Externo Común, aumentándolo en 10 puntos
porcentuales para productos clasificados en 104 subpartidas NANDINA, por
razones de emergencia nacional. Dichas razones se fundamentan en el hecho
que existe una crisis mundial del acero debido a una sobreoferta en la
cadena siderúrgica que derivó en la toma de medidas comerciales
restrictivas por parte de un gran número de países productores de acero;
Que, a solicitud del Gobierno de Venezuela y mediante Resolución 625 de
junio de 2002, se prorrogó por tres meses adicionales la vigencia de la
Resolución 603, resultando septiembre de 2002 como el mes en que expiraría
la medida;
Que la Resolución 60 sobre criterios y procedimientos sobre diferimientos
por emergencia nacional establece que la Secretaría General puede
prorrogar la autorización concedida para un diferimiento arancelario hasta
por tres meses adicionales. Sin embargo, de subsistir la situación que dio
origen a la emergencia nacional, la Resolución 60 dispone que la
Secretaría General puede proponer a la Comisión las medidas que considere
más apropiadas para resolverla;
Que, en el Período Ochenta y Dos Ordinario de Sesiones de la Comisión,
celebrado en Lima en junio de 2002, la Delegación de Venezuela expuso las
causas y posibles consecuencias de la situación de emergencia que se está
viviendo en ese país, producto de la crisis mundial del acero, encontrando
que el período de 6 meses, permitido como máximo por la normativa
comunitaria sobre emergencia nacional, es insuficiente para neutralizar
los efectos que, sobre la producción local de la cadena siderúrgica, están
teniendo las medidas restrictivas adoptadas por países productores del
acero. Por ello, solicitó, al amparo del artículo 9 de la Resolución 60,
la autorización para diferir el arancel de los productos de la cadena
siderúrgica por un año;
Que, la Comisión aprobó la Decisión 533 que autoriza al gobierno de
Venezuela el diferimiento de los productos de la cadena sidero-metalúrgica
por espacio de un año;
Que el Artículo 85 del Acuerdo de Cartagena dispone que la Secretaría
General podrá proponer a la Comisión las medidas que considere
indispensables para procurar condiciones normales de abastecimiento
subregional;
Que, el Gobierno de Venezuela solicitó a la Secretaría General un estudio
con la finalidad de evaluar la pertinencia de prorrogar la medida
solicitada por un espacio de un año;
Que del estudio realizado por la Secretaría General se evidencia que la
situación de sobre oferta mundial de acero y por ende de precios
deprimidos tiende a continuar;
Que los principales mercados continúan cerrados a pesar de la decisión del
Gobierno de los Estados Unidos de levantar la medida impuesta;
Que se evidencia una situación de crisis en el mercado internacional del
acero que no presenta signos claros de mejoramiento en el mediano plazo y
que comprometen la producción nacional venezolana de acero;
Que se considera necesario conceder un espacio de tiempo para propiciar el
desarrollo del sector y su adecuación a los cambios que se están
suscitando en el mercado mundial del acero;
DECIDE:
Artículo 1.- Autorizar al Gobierno de Venezuela prorrogar el defirmiento
del Arancel Externo Común, autorizado mediante el artículo 2 de la Decisión 533, para los productos de la cadena siderúrgica que figuran en
el Anexo, hasta los niveles arancelarios que allí se indican.
Artículo 2.- El Gobierno de Venezuela notificará a la Secretaría General
las normas nacionales mediante las cuales aplicarán el diferimiento
autorizado en la presente Decisión. Asimismo, deberán notificar
mensualmente a la Secretaría General la información relativa al mercado
sidero-metalúrgico que permita evaluar la pertinencia de la medida
otorgada.
Artículo 3.- El diferimiento entrará en vigencia desde su publicación en
la Gaceta Oficial y hasta por un período de un año.
Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los doce días del mes de diciembre del
año dos mil tres.
ANEXO
NANDINA |
Descripción de la NANDINA |
Nivel |
72071100 |
Productos intermedios de
hierro o acero sin alear, con un contenido de carbono,
inferior a 0,25%, de sección transversal cuadrada o
rectangular y de anchura inferior al doble del espesor |
20 |
72071200 |
Productos intermedios de
hierro o acero sin alear, con un contenido de carbono,
inferior a 0,25%, de sección transversal rectangular,
excepto de anchura inferior al doble del espesor |
20 |
72072000 |
Productos intermedios de
hierro o acero sin alear, con un contenido de carbono
superior o igual al 0,25% en peso |
20 |
72081010 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o
igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en
relieve, de espesor superior a 10 mm |
25 |
72081020 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente,
sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de
espesor superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual
a 10 mm |
25 |
72081030 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente,
sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de
espesor superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm |
25 |
72081040 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en caliente,
sin chapar ni revestir, con motivos en relieve, de
espesor inferior a 3 mm |
25 |
72082510 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior
o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de espesor
superior a 10 mm |
25 |
72082520 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior
o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de espesor
superior o igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm |
25 |
72082600 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior
o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de espesor
superior o igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm |
25 |
72082700 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior
o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, decapados, de espesor
inferior a 3 mm |
25 |
72083600 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior
o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior a
10 mm |
25 |
72083700 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior
o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior o
igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm |
25 |
72083800 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior
o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior o
igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm |
25 |
72083900 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior
o igual a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, de espesor inferior a
3 mm |
25 |
72084010 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en
relieve, de espesor superior a 10 mm |
25 |
72084020 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en
relieve, de espesor superior o igual a 4,75 mm pero
inferior o igual a 10 mm |
25 |
72084030 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en
relieve, de espesor superior o igual a 3 mm pero
inferior a 4,75 mm |
25 |
72084040 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, con motivos en
relieve, de espesor inferior a 3 mm |
25 |
72085120 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior
o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior a
10 mm pero inferior o igual a 12,5 mm |
25 |
72085200 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior
o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior o
igual a 4,75 mm pero inferior o igual a 10 mm |
25 |
72085300 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior
o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, de espesor superior o
igual a 3 mm pero inferior a 4,75 mm |
25 |
72085400 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior
o igual a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en
caliente, sin chapar ni revestir, de espesor inferior a
3 mm |
25 |
72089000 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior
o igual a 600 mm, sin chapar ni revestir |
20 |
72091600 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en frío, sin
chapar ni revestir, de espesor superior a 1 mm pero
inferior a 3 mm |
25 |
72091700 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en frío, sin
chapar ni revestir, de espesor superior o igual a 0,5 mm
pero inferior o igual a 1 mm |
25 |
72091810 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en frío, sin
chapar ni revestir, de espesor inferior a 0,5 mm pero
superior o igual a 0,25 mm |
25 |
72091820 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, enrollados, simplemente laminados en frío, sin
chapar ni revestir, de espesor inferior a 0,25 mm |
20 |
72092600 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en frío,
sin chapar ni revestir, de espesor superior a 1 mm pero
inferior a 3 mm |
25 |
72092700 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en frío,
sin chapar ni revestir, de espesor superior o igual a
0,5 mm pero inferior o igual a 1 mm |
25 |
72092800 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, sin enrollar, simplemente laminados en frío,
sin chapar ni revestir, de espesor inferior a 0,5 mm |
25 |
72103000 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, cincados electrolíticamente |
20 |
72104100 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, galvanizados, ondulados, excepto
electrolíticamente |
25 |
72104900 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, galvanizados, sin ondular, excepto
electrolíticamente |
25 |
72106100 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, revestidos de aleaciones de aluminio y cinc |
20 |
72106900 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior
o igual a 600 mm, revestidos de aluminio |
20 |
72107010 |
Productos laminados planos
de hierro o de acero sin alear, de anchura superior o
igual a 600 mm, revestidos de aleaciones de
aluminio-cinc |
20 |
72107090 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior
o igual a 600 mm, pintados, barnizados o revestidos de
plástico, excepto revestidos de aleaciones de
aluminio-cinc |
20 |
72109000 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual
a 600 mm, chapados o revestidos de otro modo |
20 |
72111300 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, simplemente laminados en
caliente, en las cuatro caras o en acanaladuras
cerradas, de anchura superior a 150 mm pero inferior a
600 mm y espesor superior o igual a 4 mm, sin enrollar y
sin motivos en relieve |
30 |
72111400 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, simplemente
laminados en caliente, de anchura inferior a 600 mm, de
espesor superior o igual a 4,75 mm, sin chapar ni
revestir |
30 |
72111900 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior
a 600 mm, sin chapar ni revestir, simplemente laminados
en caliente |
30 |
72112300 |
Productos laminados planos
de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600
mm, simplemente laminados en frío, con un contenido de
carbono inferior al 0,25% en peso, sin chapar ni
revestir |
20 |
72112900 |
Demás productos laminados
planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior
a 600 mm, sin chapar ni revestir, simplemente laminados
en frío |
20 |
72119000 |
Demás productos planos de
hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 mm,
sin chapar o revestir |
30 |
72131000 |
Alambrón de hierro o acero
sin alear, con muescas, cordones, surcos o relieves,
producidos en el laminado |
30 |
7213910010 |
Alambrón de hierro o acero
sin alear, de sección circular con diámetro inferior a
14 mm |
20 |
7213910090 |
Alambrón de hierro o acero
sin alear, de sección circular con diámetro inferior a
14 mm |
25 |
72142000 |
Barras de hierro o acero sin
alear, con muescas, cordones, surcos o relieves,
producidos en el laminado o sometidas a torsión después
del laminado, en caliente |
30 |
72149100 |
Barras de hierro o acero sin
alear, laminadas o extrudidas en caliente, así como las
sometidas a torsión después del laminado, de sección
transversal rectangular |
30 |
72149900 |
Demás barras de hierro o
acero sin alear, laminadas o extrudidas en caliente, así
como las sometidas a torsión después del laminado |
30 |
72161000 |
Perfiles de hierro o acero
sin alear, en “U”, en “I” o en “H”, simplemente
laminados o extrudidos en caliente, de altura inferior a
80 mm |
25 |
72162100 |
Perfiles de hierro o de
acero sin alear, en “L”, simplemente laminados o
extrudidos en caliente, de altura inferior a 80 mm |
25 |
72163100 |
Perfiles de hierro o de
acero sin alear, en “U”, simplemente laminados o
extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80
mm |
25 |
72163200 |
Perfiles de hierro o acero
sin alear, en “I”, simplemente laminados o extrudidos en
caliente, de altura superior o igual a 80 mm |
25 |
72163300 |
Perfiles de hierro o acero
sin alear, en “H”, simplemente laminados o extrudidos en
caliente, de altura superior o igual a 80 mm |
25 |
72164000 |
Perfiles de hierro o acero
sin alear, en “L” o en “T”, simplemente laminados o
extrudidos en caliente, de altura superior o igual a 80
mm |
30 |
72171000 |
Alambre de hierro o acero
sin alear, sin revestir, incluso pulido |
30 |
72172000 |
Alambre de hierro o acero
sin alear, cincado |
30 |
72173000 |
Alambre de hierro o acero
sin alear, revestido de otro metal común |
30 |
72179000 |
Demás alambres de hierro o
acero sin alear |
30 |
72283000 |
Demás barras de los demás
aceros aleados, simplemente laminadas o extrudidas en
caliente |
20 |
73012000 |
Perfiles obtenidos por
soldadura de hierro o acero |
30 |
73041000 |
Tubos del tipo de los
utilizados en oleoductos o gasoductos, sin soldadura, de
hierro o acero |
30 |
73042900 |
Tubos de entubación
(“casing”) o de producción (“tubing”), del tipo de los
utilizados para la extracción de petróleo o gas, sin
soldadura (sin costura), de hierro o acero |
30 |
73043100 |
Tubos y perfiles huecos, sin
soldadura, de hierro o acero sin alear, estirados o
laminados en frío, de sección circular |
30 |
73043900 |
Tubos y perfiles huecos, sin
soldadura, de hierro o acero sin alear, de sección
circular, excepto los estirados o laminados en frío |
30 |
73045100 |
Tubos y perfiles huecos, sin
soldadura, de sección circular, estirados o laminados al
frío, de los demás aceros aleados |
30 |
73045900 |
Tubos y perfiles huecos, sin
soldadura, de sección circular, estirados o laminados al
frío, de los demás aceros aleados, excepto los estirados
y laminados al frío |
30 |
73049000 |
Demás tubos y perfiles
huecos, sin soldadura, de hierro o acero |
30 |
73051100 |
Tubos del tipo de los
utilizados en oleoductos o gasoductos, soldados
longitudinalmente con arco sumergido, de sección
interior y exterior circular, de diámetro exterior
superior a 406,4 mm, de hierro o acero |
30 |
73051200 |
Tubos del tipo de los
utilizados en oleoductos o gasoductos, soldados
longitudinalmente excepto con arco sumergido, de sección
interior y exterior circular, de diámetro exterior
superior a 406,4 mm, de hierro o acero |
30 |
73051900 |
Tubos del tipo de los
utilizados en oleoductos o gasoductos, excepto los
soldados longitudinalmente, de sección interior y
exterior circular, de diámetro exterior superior a 406,4
mm, de hierro o acero |
30 |
73052000 |
Tubos de entubado del tipo
de los utilizados para la extracción de petróleo o de
gas, de sección interior y exterior circular, de
diámetro exterior superior a 406,4 mm, de hierro o acero |
30 |
73053100 |
Demás tubos de sección
circular con diámetro exterior superior a 406,4 mm, de
hierro o acero, soldados longitudinalmente |
30 |
73053900 |
Demás tubos excepto soldados
longitudinalmente, de sección interior y exterior
circular, de diámetro exterior superior a 406,4 mm, de
hierro o acero |
30 |
73059000 |
Demás tubos soldados, de
sección circular con diámetro exterior superior a 406,4
mm, de hierro o acero |
30 |
73061000 |
Demás tubos del tipo de los
utilizados en oleoductos y gasoductos, de hierro o acero |
30 |
73062000 |
Demás tubos de entubado o de
producción del tipo de los utilizados para la extracción
de petróleo o de gas, de hierro o acero |
30 |
73063000 |
Demás tubos soldados, de
sección circular, de hierro o acero sin alear |
30 |
73066000 |
Demás tubos y perfiles
huecos, soldados, excepto los de sección circular, de
hierro o acero |
30 |
73069000 |
Demás tubos y perfiles
huecos (p. ej.: soldados, remachados, grapados o con los
bordes simplemente aproximados), de hierro o acero |
30 |
73072200 |
Codos, curvas y manguitos,
roscados, de acero inoxidable |
30 |
73079200 |
Codos, curvas y manguitos,
roscados, excepto los moldeados y los de acero
inoxidable |
30 |
73081000 |
Puentes y sus partes, de
fundición, hierro o acero |
30 |
73082000 |
Torres y castilletes, de
fundición, hierro o acero |
30 |
73083000 |
Puertas, ventanas y sus
marcos, bastidores y umbrales, de fundición, hierro o
acero |
30 |
73084000 |
Material de andamiaje,
encofrado, apuntalado o de apeo |
30 |
73089010 |
Chapas, barras, perfiles,
tubos y similares, preparados para la construcción, de
fundición, hierro o acero |
30 |
73089090 |
Demás construcciones o
partes de construcciones, de fundición, hierro o acero,
excepto las construcciones prefabricadas de la partida
94.06 |
30 |
73090000 |
Depósitos, cisternas, cubas
y recipientes similares para cualquier materia (con
excepción de los de gases comprimidos o licuados), de
fundición, hierro o acero, de capacidad superior a 300
l, sin dispositivos mecánicos ni térmicos, incluso con
revestimiento interior o calorífugo |
30 |
73101000 |
Depósitos, barriles,
tambores, cajas y recipientes similares, para cualquier
materia (excepto de los gases comprimidos o licuados),
de capacidad superior o igual a 50 l, de fundición,
hierro o acero |
30 |
73102100 |
Cajas para cerrar por
cerradura o rebordeado, de capacidad inferior a 50 l, de
fundición, hierro o acero |
30 |
73110090 |
Demás recipientes para gases
comprimidos o licuados, de fundición, hierro o acero |
30 |
73121090 |
Demás cables, de hierro o
acero, sin aislar para electricidad |
30 |
73129000 |
Trenzas, eslingas y
artículos similares, de hierro o acero, sin aislar para
electricidad |
30 |
73130010 |
Alambre de púas, de hierro o
acero |
30 |
73130090 |
Alambre o fleje, torcidos,
incluso con púas, del tipo de los utilizados para
cercar, de hierro o acero |
30 |
73143100 |
Demás redes y rejas, de
hierro o acero, soldadas en los puntos de cruce,
cincadas |
30 |
73143900 |
Demás redes y rejas, de
hierro o acero, soldadas en los puntos de cruce |
30 |
73144100 |
Demás enrejados,
galvanizados, de alambre de hierro o acero |
30 |
73144200 |
Demás enrejados, revestidos
de plástico, de hierro o acero |
30 |
73144900 |
Demás enrejados, excepto los
galvanizados y revestidos de plástico, de hierro o acero |
30 |
73145000 |
Chapas y bandas extendidas,
de hierro o acero |
30 |
73170000 |
Puntas, clavos, chinchetas,
grapas apuntadas, grapas onduladas o biseladas y
artículos similares, de fundición, hierro o acero,
incluso con cabeza de otras materias, excepto de cabeza
de cobre |
30 |
|