DECISIÓN 591
Estrategia Andina para la
Prevención y Atención de Desastres
EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES,
VISTOS: Los Artículos 3, segundo literal d),
16, 17 y
128
del Acuerdo de Cartagena, codificado mediante Decisión 563, el Artículo 6,
literales f), i) y o) del Reglamento del Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores, codificado mediante Decisión 407; y,
CONSIDERANDO: Que el Acuerdo de Cartagena establece que para
promover el desarrollo equilibrado y armónico de los Países Miembros en
condiciones de equidad, mediante la integración y la cooperación económica y
social, así como para procurar un mejoramiento persistente en el nivel de vida
de los habitantes de la Subregión, se emplearán, entre otras, acciones para la
conservación y aprovechamiento de los recursos naturales y del medio ambiente;
Que la Subregión Andina, como espacio territorial con
condiciones físico geográficas similares, presenta características de alto
riesgo frente a fenómenos como inundaciones, sequías, deslizamientos,
terremotos, tsunamis, actividades volcánicas, incendios, epidemias, tormentas
tropicales y eventos tecnológicos y antrópicos adversos;
Que en la Subregión estos desastres tienen graves efectos
sobre la población y causan deterioro de las condiciones de salud, tienen
impacto directo en la infraestructura física de los sectores educación,
vivienda, asentamientos humanos, vialidad, producción agropecuaria y servicios
públicos, aspectos que demandan un lugar privilegiado en la agenda comunitaria;
Que la prevención y atención de desastres constituye un
factor importante para mejorar la competitividad en la medida en que permite
ofrecer mayor seguridad a las inversiones y al funcionamiento de la
infraestructura básica para la producción y comercialización de bienes y
servicios, frente a eventuales desastres que pueden prevenirse;
Que los desastres son un creciente problema mundial que ha
motivado la movilización de la comunidad internacional en la adopción de
políticas para promover su prevención y atención como un desafío global. En ese
contexto, en el marco de la Asamblea General de las Naciones Unidas en el año
2000, se adoptó la Estrategia Internacional para la Reducción de Desastres;
Que los mismos se han visto acentuados por factores internos,
como el deterioro ambiental, que pueden verse agravados por la modificación
global del clima; factores que han sido abordados como un reto mundial, tanto
por la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, como por
la Cumbre Mundial del Medio Ambiente de Johannesburgo;
Que para sistematizar la cooperación y la acción conjunta de
los Países Miembros de la Comunidad Andina en procura de prevenir y atender los
efectos generados por desastres de origen natural y antrópicos, se creó el
Comité Andino para la Prevención y Atención de Desastres (CAPRADE), mediante la
Decisión 529;
Que el CAPRADE recomendó al Consejo Andino de Ministros de
Relaciones Exteriores adoptar una Estrategia Andina para la Prevención y
Atención de Desastres;
Que la presente Estrategia es el resultado del trabajo
intenso en la Subregión donde han participado 280 entidades y más de 450
técnicos nacionales en reuniones de trabajo y discusión especializada, en un
proceso que ha sido conducido en cada País Miembro por las entidades encargadas
de la prevención de desastres, planeación, defensas civiles y los Ministerios
de Relaciones Exteriores;
Que el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el
Desarrollo (PNUD) ha sido significativo en el proceso de consulta y elaboración
de la Estrategia en cada uno de los Países Miembros a través de la Estrategia
Regional de Reducción de Desastres. De la misma manera otros organismos
internacionales han acompañado dicho proceso, presentando sus desarrollos sobre
el tema en las reuniones del CAPRADE;
Que asimismo para el logro de la Estrategia ha sido de gran
importancia la participación de la Corporación Andina de Fomento a través del
Programa Andino para la Prevención y Mitigación de Riesgos, PREANDINO;
Que se reconoce en la cooperación subregional un gran
potencial de superación de los riesgos, por lo cual se debe modernizar y
fortalecer las instituciones y políticas nacionales de prevención y atención de
desastres;
Que los Países Miembros ven en la adopción de políticas
externas comunes un mecanismo decisivo de influencia en los organismos y foros
de decisión internacional para lograr incorporar en sus agendas los intereses
de la Subregión en la temática de la prevención;
Que la Secretaría General presentó la Propuesta 132/Rev. 1,
a consideración del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores;
DECIDE:
Artículo 1.- Aprobar la Estrategia Andina para la
Prevención y Atención de Desastres contenida en el documento anexo a la
presente Decisión.
Artículo 2.- El Comité Andino para la Prevención y
Atención de Desastres, CAPRADE, trabajará en la ejecución de la Estrategia
Andina para la Prevención y Atención de Desastres, en todas aquellas áreas que
han sido definidas en el documento anexo y que requieran de desarrollo
conceptual, metodológico o técnico, así como la incorporación de otros aspectos
que se consideren primordiales para alcanzar los objetivos propuestos.
Artículo 3.- Encomendar al CAPRADE la elaboración del
Plan de Acción y de la Cartera de Proyectos derivados de los programas y
subprogramas identificados, que aseguren la ejecución de la Estrategia Andina
para la Prevención y Atención de Desastres.
Artículo 4.- Instruir al CAPRADE que informe anualmente
al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, a través de la
Secretaría General de la Comunidad Andina, sobre los avances en la ejecución de
la Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres y el desarrollo
del Plan de Acción y de los Programas y subprogramas. El primer informe anual
se rendirá en la reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones
Exteriores previa a la XVI Reunión Ordinaria del Consejo Presidencial Andino.
Dada en la ciudad de Quito, República del Ecuador, a los
diez días del mes de julio del año dos mil cuatro.
ANEXO
ESTRATEGIA ANDINA PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE DESASTRES
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