OEA



Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

DECISIONES DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN

MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 09/92: INSTRUCCIÓN A LOS ORGANISMOS COMPETENTES EN FRONTERA PARA SU CORDINACIÓN INTERNA


             VISTO:  El Tratado de Asunción, la Res. GMC. N° 1/92 y lo recomendado por el Grupo Mercado Común, y

CONSIDERANDO:

Que debe instrumentarse la integración fronteriza al más breve plazo;

Que la participación de diversos organismos de diferentes jurisdicciones dificulta la coordinación interna y la coordinación bilateral;

EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:

ARTICULO 1ro. - Instruir a los organismos competentes en frontera de los Estados Partes que adopten las medidas necesarias para la coordinación interna a efectos de lograr el objetivo de instrumentar los controles integrados en los plazos previstos en la Res. GMC Nº 1/92.