OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

DECISIONES DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN

MERCOSUR/CMC/DEC. Nº 21/99:
CONTRATACIÓN DEL VÍNCULO DE COMUNICACIONES PARA EL SISTEMA DE INTERCAMBIO DE INFORMACIONES DE SEGURIDAD DEL MERCOSUR


VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 7/96, 14/96 y 12/97del Consejo del Mercado Común, y los Acuerdos Nº 1/98, Nº 8/98, Nº 11/99, Nº 13/99 y 15/99 de la Reunión de Ministros del Interior del MERCOSUR.

EL CONSEJO DEL MERCADO COMUN
 DECIDE:

Art. 1º Aprobar el Acuerdo NC 15/99 "Contratación del Vínculo de Comunicaciones para el Sistema de Intercambio de Informaciones de Seguridad del MERCOSUR, suscrito por los Ministros del Interior del MERCOSUR, que figura como Anexo, en sus versiones en español y portugués, y forma parte de la presente Decisión.

XVII CMC - Montevideo, 7/XII/99 


MERCOSUR/RMI/ACUERDO/Nº 15/99

ACUERDO SOBRE CONTRATACION DEL VINCULO DE COMUNICACIONES PARA EL SISTEMA DE INTERCAMBIO DE INFORMACION DE SEGURIDADDEL MERCOSUR, BOLIVIA Y CHILE


El Ministro del Interior de la República Oriental del Uruguay, el Ministro del Interior de la República Argentina, el Vice-Ministro del Interior de la República del Paraguay y el Jefe de la Delegación de la República Federativa del Brasil, Estados Parte del Mercado Común del Sur (MERCOSUR),

TENIENDO PRESENTE que mediante normativa MERCOSUR / RMI / ACUERDO Nº 1/98 - RMI - Buenos Aires, 27/III/98 - fueron aprobadas las Normas Generales para la Implementación del Sistema de Intercambio de Información de Seguridad del MERCOSUR, Bolivia y Chile,

CONSIDERANDO que mediante normativa MERCOSUR / RMI / ACUERDO Nº 8/98 - IV RMI - Brasilia, 20/XI/98 - se aprobó el documento denominado Definición y Configuración del Sistema,

Que posteriormente mediante normativa MERCOSUR / RMI / ACUERDO Nº 11/99 - V RMI - Asunción, 11/VI/99 - se aprobó el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Sistema,

Que en la fecha, mediante normativa MERCOSUR/ RMI / ACUERDO Nº 13/99 - Anexo III - fue aprobado el Reglamento Interno de la Comisión Administradora del Sistema, y

RESULTANDO NECESARIO avanzar en la ejecución de las acciones y etapas previstas para la puesta en servicio a pleno del Sistema, en atención a lo obrado por el Grupo de Trabajo Especializado "Informática y Comunicaciones", encargado de la implementación del Sistema en oportunidad de la reunión de fecha 21 de julio del corriente año - MERCOSUR/RMI/SSC/INF Nº 3/99 - celebrada en la ciudad de Montevideo, previa intervención de la Subcomisión de Seguimiento y Control y a propuesta de la Comisión Técnica,

ACUERDAN:

Art. 1º Los Estados signatarios llevarán a cabo, conforme con los procedimientos legales y administrativos internos vigentes en cada país, la contratación del prestador del vinculo de comunicaciones que actuará dentro de su territorio, para la puesta en servicio a pleno del "Sistema de Intercambio de Información del Seguridad del MERCOSUR, Bolivia y Chile".

Art. 2º El plazo máximo para llevar a cabo el procedimiento contractual y la puesta en servicio a pleno del Sistema, referido en el artículo precedente, no deberá exceder el 30 de junio del año 2000.

Art. 3º Conforme a la calificación obtenida y lo recomendado en el acta - MERCOSUR/RMI/SSC/INF/Nº3/99-, la adjudicación del servicio recaerá en al empresa señalada en dicha acta, siempre que lo permita la legislación de cada Estado Parte o Asociado. La empresa adjudicataria deberá ajustarse a la exigencias técnicas establecidas en el Acuerdo MERCOSUR/RMI/Nº8/98, por el cual se aprobó el documento "Definición y Configuración del SISME" y a las condiciones generales de contratación, de acuerdo a la normativa legal vigente en cada país.

Firmado en Montevideo, a los diecisiete días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y nueve, en SEIS (6) ejemplares, CUATRO (4) en español y DOS (2) en portugués, todos de un mismo tenor e igualmente válidos.

Por la República Oriental del Uruguay

        

Esc. Guillermo STIRLING, Ministro del Interior

Por la República Argentina

Dr. Carlos Vladimiro CORACH, Ministro del Interior

Por la República de Paraguay

Dr. Gabriel CHASE ACOSTA, Vice-Ministro del Interior

Por la República Federativa del Brasil

Sr. Manoel GOMES PEREIRA, Jefe de la Asesoría Internacional del Ministerio de Justicia