OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 22/94: Indicaci�n sobre n�mero de hojas en cuadernos.


VISTO el  Art�culo 13 del Tratado de Asunci�n, el  Art�culo 10 de la Decisi�n N� 4/91 del Consejo del Mercado Com�n, la Resoluci�n N� 91/93 del Grupo Mercado Com�n y la Recomendaci�n N� 2/94 AR del Subgrupo de Trabajo N� 3 "Normas T�cnicas".

CONSIDERANDO:


Que los Estados Partes acordaron armonizar los requerimientos a que debe ajustarse la comercializaci�n de los cuadernos.

Que resulta necesario compatibilizar criterios para lograr tal finalidad.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:


Art�culo 1. Los Estados Partes acordaron dejar libre el n�mero de hojas en los cuadernos y que la indicaci�n del n�mero de hojas deber� rotularse en cualquier fase externa.

Art�culo 2.  Los Estados Partes pondr�n en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resoluci�n a trav�s de los siguientes organismos.

Argentina:

- Ministerio de Econom�a

- Secretar�a de Comercio e Inversiones

Brasil:

- Instituto Nacional de Metrologia, Normaliza�ão e Qualidade Industrial (INMETRO)

Paraguay:

- Ministerio de Industria y Comercio

- Instituto Nacional de Tecnolog�a y Normalizaci�n

Uruguay:

- Ministerio de Industria Energ�a y Miner�a, DINAMEL

Art�culo 3.  La presente Resoluci�n entrar� en vigor el 1° de enero de 1995.