Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMÚN
MERCOSUR/GMC/RES. N° 03/03: ARANCEL EXTERNO COMÚN
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo
de Ouro Preto y las Decisiones Nº 7/94, 22/94, 68/00 y 21/02 del Consejo
del Mercado Común;
CONSIDERANDO:
Que la Decisión CMC Nº 68/00, prorrogada por la
Decisión CMC Nº 21/02, permite en su Art. 8 que el GMC autorice
modificaciones de las listas de excepción de 100 item NCM que sean
necesarias en adición a las alteraciones semestrales ;
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 - Autorizar, con carácter
extraordinario, a la República Federativa del Brasil a incluir en su
lista de excepciones de 100 item NCM, establecida por las Decisiones CMC
Nº 68/00 y 21/02, la NCM 9508.90.00, con una alícuota de 2%,
exclusivamente para “montaña rusa con trayecto superior o igual a 300
metros”.
Art. 2 - Esta Resolución necesita ser
incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de Brasil. Esta
incorporación deberá ser realizada antes de 04/05/2003.
XLIX GMC - Asunción, 04/IV/03
|