Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COM�N
MERCOSUR/GMC/RES N� 4/98 - Pauta Negociadora del Subgrupo de Trabajo
(SGT) N� 11
PAUTA NEGOCIADORA DEL SGT N� 11
VISTO:
El Tratado de Asunci�n, el
Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones N� 20/95 y 151/96 del Grupo Mercado
Com�n, y la Recomendaci�n N� 1/97 del Subgrupo de Trabajo N� 11 "Salud".
CONSIDERANDO:
Que los Estados Partes
tienen el compromiso de armonizar sus legislaciones sectoriales con el objetivo
de profundizar el proceso de integraci�n regional.
Que la Resoluci�n GMC
N� 20/95 instruye a los Subgrupos de Trabajo y Reuniones Especializadas a
elaborar propuestas de pautas negociadoras indicando las tareas prioritarias
definidas a la luz de las necesidades de la presente etapa del proceso de
integraci�n, el plazo razonable para su ejecuci�n y los medios necesarios para
su realizaci�n.
Que la Resoluci�n GMC
N� 151/96 establece que el SGT N� 11 "Salud" debe elaborar la
propuesta de sus Pautas Negociadoras.
EL GRUPO MERCADO COM�N RESUELVE:
Art. 1 - Aprobar la
"Pauta Negociadora del Subgrupo de Trabajo N� 11 "Salud", que
consta como Anexo y forma parte de la presente Resoluci�n.
ANEXO
PAUTA NEGOCIADORA - TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS
SGT 11 - SALUD
TAREA GENERAL
Armonizar los
par�metros de calidad de los bienes, servicios y factores productivos del �rea
de salud y los mecanismos de control sanitario de los Estados Partes a los
fines de eliminar los obst�culos t�cnicos al comercio y lograr el
fortalecimiento del proceso de integraci�n regional.
PAUTAS DE ACCI�N
-
Armonizar/compatibilizar las legislaciones en el �rea de la salud identificadas
como necesarias al proceso de integraci�n y aquellas que se identifiquen como
obst�culos a los flujos de comercio Intra-MERCOSUR.
- Compatibilizar los
sistemas de Control Sanitario de los Estados Partes, de forma de asegurar el
reconocimiento mutuo en el �mbito del MERCOSUR.
- Definir el
relacionamiento [sic.] del SGT N�11 "Salud" con las dem�s instancias
del MERCOSUR, buscando la integraci�n y complementaci�n [sic.] de acciones.
- Proponer
procedimientos de organizaci�n de informaci�n referente al �rea de la Salud
entre los Estados Partes.
TAREAS DE LOS
COORDINADORES NACIONALES
1. Organizar las
actividades del Subgrupo de Trabajo, definiendo prioridades y metodolog�as de
trabajo.
2. Acompa�ar y evaluar
los resultados de las negociaciones en las distintas �reas de trabajo.
3. Mantener el
relacionamiento [sic.] con los otros Subgrupos de Trabajo, Grupos Ad-Hoc,
Comit� de Cooperaci�n T�cnica, Reuniones Especializadas y Comit�s T�cnicos.
4. Organizar un sistema
de informaci�n y notificaci�n.
5. Proponer y ejecutar
proyectos de cooperaci�n t�cnica internacional en su �rea de competencia.
AREAS DE TRABAJO
1. Productos para la
Salud.
2. Vigilancia
Epidemiol�gica y Control Sanitario de Puertos, Aeropuertos, Terminales y Pasos
Fronterizos.
3. Prestaci�n de
Servicios de Salud.
Las �reas de trabajo
estar�n bajo la coordinaci�n de un responsable de �rea e integradas por
unidades de trabajo. Las �reas y unidades no tendr�n, en general, car�cter
permanente y se disolver�n una vez concluido el an�lisis de los temas.
1. PRODUCTOS PARA LA
SALUD
Se decidi� adoptar la
misma estructura y las mismas pautas negociadoras ya aprobadas por Resoluci�n
GMC N� 38/95 y sus posteriores modificaciones de la Comisi�n de Productos para
la Salud del Subgrupo de Trabajo N� 3 "Reglamentos T�cnicos".
2. VIGILANCIA
EPIDEMIOLOGICA Y CONTROL SANITARIO DE PUERTOS, AEROPUERTOS, TERMINALES Y PASOS
FRONTERIZOS.
2.1. VIGILANCIA
EPIDEMIOLOGICA:
a) An�lisis y
armonizaci�n del Listado de Enfermedades de Notificaci�n Obligatoria para el
MERCOSUR.
b) Sistema de
Informaci�n Epidemiol�gica.
c) Armonizaci�n de
programas de control de enfermedades prioritarias. Revisi�n de normas (manejo
de casos y diagn�stico). Evaluaci�n epidemiol�gica previa. An�lisis de
prioridades. Armonizaci�n de esquemas terap�uticos.
d) Toxicolog�a.
2.2. CONTROL SANITARIO
DE PUERTOS, AEROPUERTOS, TERMINALES Y PASOS FRONTERIZOS:
a) Revisi�n de las
normas correspondientes
b) Armonizaci�n de los
procedimientos de control
c) Sistema de
informaci�n
El control sanitario en
Puertos, Aeropuertos, Terminales y Pasos Fronterizos, basado en el Reglamento
Sanitario Internacional, comprende un conjunto de acciones que tienen por
finalidad identificar exclusivamente los factores de riesgo sanitario
ocasionados por el transito de viajeros, productos, medios de transporte,
terminales y cargas.
Las Autoridades
Sanitarias de los pa�ses deben tener en cuenta
las informaciones y los
par�metros epidemiol�gicos, a fin de dirigir sus acciones de control en forma
uniforme en los puntos de entrada de los Estados Partes del Mercosur.
3. PRESTACI�N DE LOS
SERVICIOS DE SALUD
3.1.
PRESTACION DE
SERVICIO DE SALUD:
a) Habilitaci�n de
establecimientos e instituciones de salud. Procedimiento y requisitos.
b) Armonizaci�n de
normas de atenci�n en �reas prioritarias.
c) Niveles de atenci�n
y complejidad de los servicios.
d) Coordinaci�n de
actividades de promoci�n y prevenci�n.
3.2.
EJERCICIO
PROFESIONAL:
a) Requisitos de
habilitaci�n profesional para el nivel superior, t�cnico y auxiliar.
b) Sistema de control
del ejercicio profesional.
c) Reconocimiento de
especialidades.
d) Programas conjuntos
de adiestramiento en servicio y fortalecimiento de entidades de salud
formadoras de Recursos Humanos.
3.3. TECNOLOGIA EN
SALUD:
a) An�lisis de la
tecnolog�a y definici�n de tecnolog�a apropiada.
b) Calidad de la
tecnolog�a.
c) Uso de la
tecnolog�a.
d) Incorporaci�n de
tecnolog�a.
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