OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES Nº 10/92:Nomenclatura armonizada del Mercosur.


VISTO

El Tratado de Asunción, suscrito el 26 de marzo de 1991 y la Recomendación No. 1 del SGT No 10 Coordinación de Políticas Macroeconómicas, y

CONSIDERANDO

Que el establecimiento de un arancel externo común requiere la adopción de una nomenclatura arancelaria uniforme para el Mercado Común del Sur

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE

Artículo 1. El Subgrupo de Trabajo No. 1 Asuntos Comerciales deberá elaborar la nomenclatura armonizada del MERCOSUR, y finalizar toda tarea antes del 30 de noviembre de 1993.