Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
ESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES Nº 10/97: Ajuste
de la Nomenclatura Común del MERCOSUR y su correspondiente AEC.
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de
Ouro Preto, la Decisión Nº 22/94 del Consejo del Mercado Común, las
Resoluciones Nº 35/95 y 36/95 del Grupo
Mercado Común, la Directiva Nº 8/96 y la Propuesta Nº 4/97 de la Comisión de
Comercio del MERCOSUR.
CONSIDERANDO:Que es necesario ajustar la Nomenclatura Común
del MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, instrumento esencial de
la Unión Aduanera.
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
Art. 1 Ajustar la Nomenclatura Común del
MERCOSUR y su correspondiente Arancel Externo Común, conforme al Anexo XII del Acta Nº 1/97
del Comité Técnico Nº 1
"Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías", que
contempla las Recomendaciones emanadas de la OMA relativas a
la inserción de aperturas para sustancias estupefacientes y sicotropos, y
para sustancias controladas por la Convención
de Armas Químicas.
Art. 2 La presente Resolución entrará en
vigencia el 1 /IX/97.
XXVI GMC - Asunción, 17/VI/97
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