
Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMÚN
MERCOSUR/GMC/RES Nº 11/05: AUTORIZACIÓN DE PAGO DE GASTOS COMUNES DEL EJERCICIO 2004
VISTO:
El
Tratado de Asunción, el
Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº 04/96 y 22/98 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones Nº 48/03 y 50/03 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que por Decisión Nº 22/98 del Consejo del Mercado Común, corresponde a
la SM los “gastos derivados de servicios comunes del inmueble” en
proporción a la superficie ocupada. La SM asignará del presupuesto
aprobado los recursos necesarios para el pago de los gastos establecidos
en la mencionada Decisión.
Que en el Reglamento Interno de Uso del Edificio
MERCOSUR, aprobado por Resolución del Ministerio de Relaciones
Exteriores del Uruguay Nº 252/2004, se crea una “Comisión” integrada por
las dependencias instaladas en el mismo.
La comunicación del Ministerio de Relaciones
Exteriores de la República Oriental del Uruguay, enviada por nota de
fecha 22 de noviembre de 2004, informando el pago realizado por dicho
Ministerio.
Que por Res. GMC Nº 50/03, la SM debe solicitar
autorización al GMC para utilizar partidas presupuestarias no ejecutadas
de ejercicios anteriores.
Que existen excedentes presupuestarios en el
Presupuesto de la Secretaría del MERCOSUR, aprobado por la Res.GMC Nº
48/03.
Que el Grupo de Asuntos Presupuestarios consideró
necesario elevar al GMC, un Proyecto de Resolución a estos efectos.
Que es necesario que el Grupo Mercado Común apruebe
la ejecución del rubro “Gastos Comunes” del Presupuesto aprobado para el
ejercicio 2004 y la transposición de los restantes rubros no ejecutados,
hasta alcanzar el monto comunicado por el Ministerio de Relaciones
Exteriores del Uruguay.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 –
Autorizar a la SM al reembolso de los gastos realizados por el
Ministerio de Relaciones Exteriores, de $ 642.000 (pesos uruguayos
seiscientos cuarenta y dos mil), con cargo al rubro no ejecutado “Gastos
comunes” del Presupuesto aprobado para el ejercicio 2004, así como la
transposición de los restantes rubros no ejecutados de dicho ejercicio,
hasta alcanzar el monto, por concepto de gastos de funcionamiento,
conservación y mejoras del Edificio, de acuerdo a la proporción del área
que ocupa la Secretaría del MERCOSUR en el mismo.
Art. 2 – Esta Resolución no necesita ser incorporada
al ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos
de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR.
LVII GMC – Asunción, 15/IV/05
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