OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES Nº 12/92: Representación del sector privado en el SGT No. 11.


VISTO

El Tratado de Asunción del 26 de marzo de 1991 y la Recomendación Nro. 2 del S.G.T. Nro. 11 -Asuntos Laborales- ,

CONSIDERANDO

Que dada la materia específica a cargo de este S.G.T. no resulta conveniente utilizar los criterios generales sobre representación del sector privado previsto en el Reglamento de este Grupo Mercado Común

Por ello,

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE

Artículo 1. Establecer que la representación del sector privado en el S.G.T. 11 sea el de los trabajadores y empleadores imperante en cada Estado Parte para la constitución de sus Delegaciones a la Conferencia Internacional del Trabajo.