Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES Nº 13/97: Modificación a la RES No. 47/93 GMC.
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de
Ouro Preto, las Resoluciones No. 47/93 y 91/93 del Grupo Mercado
Común y la Recomendación Nº 11/97 del SGT Nº 3
"Reglamentos Técnicos".
CONSIDERANDO: Que los Estados Partes acordaron subsanar los
errores detectados en la citada Resolución.
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
Art .1. Modificar la Res No 47/93 GMC
"Determinación de Monómero de Cloruro de Vinilo" en los siguientes
item :
Item 5.4.4.
Donde dice:
a= n xy - (x) (y) nx2 - (x2)
b= (y) (x2) - (x) (xy) nx2- (x2)
Debe decir:
a= n S xy-
(S x) (S y) n S x2- (S x)2
b= (S y )
(S x2) - (S x) (S xy) n S x2 - (Sx2)
Item 5.8.2.
Donde dice:
contenido de cloruro de vinilo (mg/g)=
Debe decir:
contenido de cloruro de vinilo
(mg/g)=
Art. 2. Los Estados Partes pondrán en vigencia
las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias
para dar cumplimiento a la presente Resolución a
través de los siguientes organismos:
Argentina:
- Ministerio de Economía y Obras y
Servicios Públicos.
- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
- Servicio Nacional de Sanidad y
Calidad Agroalimentaria .
- Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV)
-
Ministerio de Salud y Acción Social
- Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología
Médica.
- Instituto
Nacional de Alimentos.
Brasil:
- Ministério da Saúde
Paraguay:
- Ministerio de Industria y Comercio
-
Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN)
- Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
- Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición
Uruguay:
- Ministerio de Salud Pública (MSP)
Art.3. La presente Resolución entrará en
vigencia el 14/XII/97.
XXVI GMC - Asunción, 17/VI/97
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