Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES Nº 14/93: Aprueba la Lista General Armonizada de Colorantes
VISTO
El Artículo 13 del Tratado de Asunción, el Artículo 10 de la Decisión No. 4/91 del
Consejo del Mercado Común y la Recomendación No. 13/93 del Subgrupo de Trabajo No.3 «Normas Técnicas», y
CONSIDERANDO
Que los Estados Partes acordaron la Lista General Armonizada de
Colorantes MERCOSUR;
Que tal acuerdo resulta conveniente a los efectos de facilitar el
comercio;
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
ARTICULO 1. Apruébase la Lista General Armonizada de Colorantes
MERCOSUR, que se establece en el Anexo A, la que complementa la Lista General de Aditivos
MERCOSUR.
ARTICULO 2. Lo establecido en el Artículo 1 no se aplicará
obligatoriamente a los productos alimenticios destinados a las exportaciones a
terceros países.
ARTICULO 3. Los organismos competentes de los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes a efectos de dar
cumplimiento a lo dispuesto precedentemente.
ANEXO
Lista General Armonizada de Colorantes MERCOSUR
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