OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 19/92: Utilización en el Mercosur de los sistemas de certificación propuestos por la Organización Internacional de Normalización (ISO)


VISTO El Tratado de Asunci�n suscrito el 26 de marzo de 1991 y la Recomendaci�n Nro. 9 del Subgrupo de Trabajo Nro. 3 - Normas T�cnicas-,

CONSIDERANDO:

Que est� ampliamente difundida y experimentada en el mundo la aplicaci�n de los sistemas de certificaci�n de escritos en el Manual sobre Principios y Pr�cticas de la Certificaci�n, de la Organizaci�n Internacional de Normalizaci�n (ISO);

Que los sistemas de certificaci�n propuestos por la ISO son un instrumento necesario para las relaciones comerciales con terceros pa�ses y para los reconocimientos rec�procos requeridos en dichas relaciones;

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

ARTICULO 1. Recomendar a los Subgrupos de Trabajo y a las Comisiones del MERCOSUR que correspondan, la utilizaci�n de los sistemas de certificaci�n propuestos por la Organizaci�n Internacional de Normalizaci�n (ISO) en el Manual sobre Principios y Pr�cticas de Certificaci�n, para el tratamiento y propuesta de resoluciones sobre las actividades y requerimientos de certificaci�n espec�ficos de sus �reas de trabajo. La descripci�n de dichos sistemas se anexa a la presente.

ARTICULO 2. Es responsabilidad de la Comisi�n de Calidad del Subgrupo de Trabajo Nro. 3: -Normas T�cnicas-, la difusi�n de los sistemas indicados en el Art�culo 1, as� como de las actualizaciones que realice la ISO, en los Subgrupos de Trabajo del MERCOSUR.

ARTICULO 3. Con el objeto de adecuar el tratamiento de la certificaci�n en el �mbito del MERCOSUR a las modalidades internacionales, antes de elevar propuestas sobre certificaci�n de productos y/o procesos y/o servicios y/o sistemas de calidad, las Comisiones y Subgrupos de Trabajo del MERCOSUR deber�n consultar a la Comisi�n de Calidad del Subgrupo de Trabajo Nro. 3: - Normas T�cnicas -.