OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES Nº 22/93: Creación de una Comisión Ad-Hoc en el SGT Nº 1.


VISTO : El artículo 13 del Tratado de Asunción, el Art. Nº 10 de la Decisión Nº 4/91, la Decisión Nº 9/91 del Consejo del Mercado Común y la Recomendación Nº 9/93 del Subgrupo de Trabajo Nº 3 "Normas Técnicas".

CONSIDERANDO:

La necesidad de establecer criterios comunes para la renegociación de los acuerdos de ALADI, para su vigencia a partir del 01/01/95.

La conveniencia de extender los plazos establecidos en la Resolución Nº 35/92 del GMC para la definición de dichos criterios.

EL GRUPO DEL MERCADO COMUN RESUELVE:

Artículo 1 - Creáse una Comisión Ad-Hoc, en el ámbito del SGT Nº 1 con el cometido de definir criterios comunes para la renegociación de los acuerdos de los Estados Partes con otros miembros de ALADI, para su vigencia a partir del 01/01/95.

Artículo 2 - Los criterios comunes para las negociaciones del MERCOSUR con otros países de la ALADI, serán definidos antes del 30/09/93, elaborándose un informe de carácter preliminar para ser sometido a la consideración del GMC.