Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES Nº 29/96: Reglamento técnico Mercosur de identidad y calidad del queso DANBO.
VISTO:
El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Resolución Nº 91/93 del Grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 2/96 del SGT Nº 3 “Reglamentos Técnicos”.
CONSIDERANDO:
Que los Estados Partes acordaron fijar la Identidad y Calidad del Queso DANBO.
Que la armonización de los reglamentos técnicos propenderá a eliminar los obstáculos que generan las diferencias en los
reglamentos técnicos nacionales, dando cumplimiento a lo establecido por el Tratado de Asunción.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar el Reglamento Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad del Queso DANBO que figura en el Anexo de la
presente Resolución.
Artículo 2. Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para
dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes organismos:
Argentina:
Ministerio de Salud y Acción Social
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
Secretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación (Servicio Nacional de Sanidad Animal).
Brasil:
Ministerio de Salud Ministerio de Agricultura y de Abastecimiento
Paraguay:
Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Ministerio de Agricultura y Ganadería.
Uruguay:
Ministerio de Salud Pública.
Ministerio de Industria, Energía y Minería. (Laboratorio Tecnológico del Uruguay)
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
Art . 4 La presente Resolución entrará en vigor en el Mercosur en un plazo máximo de 90 (noventa) días a partir de su
aprobación.
XXII GMC - Buenos Aires, 21/VI/1996.-
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