OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES Nº 32/93: Cooperación Mercosur - CEE


VISTO

El Artículo 13 del Tratado de Asunción, suscrito el 26 de marzo de 1991, y el Artículo 10 de la Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común que aprueba el Reglamento Interno del Grupo Mercado Común, y

CONSIDERANDO

El informe presentado por el Comité de Cooperación Técnica,

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Artículo 1.Con relación a la Cooperación MERCOSUR - CEE aprobar los nuevos proyectos de actividades programadas, a ser financiados con los Fondos Especiales que son:

- Seminarios o Talleres sobre precios o impuestos en el Sector Hidrocarburos; y Tarifas e impuestos en el Sub-sector Energía Eléctrica.

- Curso intensivo de Técnicas y Organización Administrativa.

- Taller de Trabajo sobre Demandas Puntuales de Cooperación Técnica.