OEA

Mercado Comum del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMÚN

MERCOSUR/GMC/RES N° 35/00 - Mecanismo de Recepción de Prestaciones de Organizaciones Cuatripartitas del Mercosur


VISTO: el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y el Reglamento Interno del Foro Consultivo Económico y Social. 

CONSIDERANDO: 

La importancia de la actuación de los diversos sectores de la sociedad civil en la construcción del proceso de integración del MERCOSUR. 

Que el MERCOSUR es un agente catalizador de la creación de grupos y entidades de alcance regional. 

Que es conveniente establecer un mecanismo de recepción y diligenciamiento de las iniciativas de estas entidades ante la estructura institucional del MERCOSUR. 

EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE: 

Art. 1 - El mecanismo establecido en los artículos siguientes está abierto a las organizaciones, grupos o entidades, gubernamentales o no gubernamentales, integradas por participantes de todos losEstados Partes del MERCOSUR. 

Art. 2 - Las propuestas o manifestaciones de las organizaciones cuatripartitas serán dirigidas a la Secretaría Administrativa del MERCOSUR (SAM). 

Art. 3 - Cuando tales comunicaciones procedan de entidades no gubernamentales, la SAM las remitirá al Foro Consultivo Económico y Social (FCES), por intermedio de la Presidencia Pro Tempore de ese órgano. 

Art. 4 - El Grupo Mercado Común solicita al FCES que analice las comunicaciones recibidas de las entidades y efectúe, si fuera el caso, las recomendaciones que considere pertinentes. 

Art. 5 - La SAM enviará a las Coordinaciones Nacionales del Grupo Mercado Común, periódicamente, una lista con el contenido resumido de las comunicaciones recibidas de las entidades no gubernamentales. 

Art. 6 - Cuando las comunicaciones procedan de entidades gubernamentales, la SAM las enviará a los Coordinadores Nacionales del Grupo Mercado Común. Los Coordinadores remitirán a la Presidencia Pro Tempore, respecto de aquellas presentaciones que consideren de su interés, las sugerencias para el tratamiento del tema a fin de que, bajo la coordinación de esa Presidencia, se sugiera al Grupo Mercado Común el curso de acción que correspondiere. 


XXXVIII GMC - Buenos Aires, 28/VI/00