Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMÚN
MERCOSUR/GMC/RES Nº 37/97: Modificación RES GMC Nº 19/93 - Lista General Armonizada de Aditivos
Mercosur
VISTO:
El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones Nº 19/93, 91/93 y 101/94 del Grupo Mercado Común
y la Recomendación Nº 17/97 del SGT Nº 3 "Reglamentos Técnicos".
CONSIDERANDO:
Que es necesario modificar la Res GMC Nº 101/94 "Lista de Aditivos Alimentarios y sus Clases Funcionales", respecto a las
funciones asignadas a los Aditivos.
Que los Aditivos INS 220 , 221, 222, 223, 224, 225, 226, 227 y 228 tienen función de MEJORADOR DE HARINA
(FLO).
Que lo acordado facilitará el comercio de alimentos en el MERCOSUR.
EL GRUPO MERCADO COMÚN RESUELVE:
Art. 1 - Incorporar la función MEJORADOR DE HARINA (FLO) a los siguientes
Aditivos:
INS |
ADITIVOS |
220 |
Azufre Dióxido |
221 |
Sodio Sulfito |
222 |
Sodio Bisulfito |
223 |
Sodio Metabisulfito |
224 |
Potasio Metabisulfito |
225 |
Potasio Sulfito |
226 |
Calcio Sulfito |
227 |
Calcio Bisulfito |
228 |
Potasio Bisulfito |
Art. 2 - Los organismos competentes de los Estados Partes, adoptarán las medidas pertinentes para dar cumplimiento a lo
dispuesto anteriormente.
Art.3 - Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para
dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes organismos:
Argentina:
-
Ministerio de Salud y Acción Social
-
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos
-
Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
-
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)
Brasil:
-
Ministério da Saúde
-
Ministério da Agricultura e Abastecimento
Paraguay:
-
Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social
-
Ministerio de Agricultura y Ganadería
Uruguay:
-
Ministerio de Salud Pública
-
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca
-
Ministerio de Industria, Energía y Minería
-
Laboratorio Tecnológico del Uruguay
Art. 4 - La presente Resolución entrará en vigor el 1º/XII/97.
XXVII GMC - Montevideo, 5/IX/97
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