OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR) RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES Nº 38/96: Identidad y calidad del queso Pategrás Sandwich


VISTO:

El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones Nº 91/93 del Grupo Mercado Común, y la Recomendación Nº 14/96 del SGT Nº 3 "Reglamentos Técnicos".

CONSIDERANDO:

Que debe garantizarse el cumplimiento de las buenas prácticas de fabricación y control en establecimientos de productos paradiagnóstico "in vitro".

Que a tales efectos es necesario establecer un mecanismo de verificación de tal cumplimiento.

Que se han armonizado los criterios a aplicar al respecto.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Artículo  1.  Aprobar el Reglamento Técnico sobre "Verificación del Cumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación y Control en Establecimientos de Productos para Diagnóstico uso in vitro".

Artículo  2. Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes organismos:

Argentina:
ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica)

Brasil:
Secretaria de Vigilancia Sanitária do Ministério da Saúde

Paraguay:
Dirección de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social

Uruguay:
Ministerio de Salud Pública.

Artículo  3. La presente Resolución entrará en vigor en el Mercosur en un plazo máximo de 90 (noventa) días a partir de la fecha de su aprobación.

XXII GMC - Buenos Aires, 21/VI/1996