OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR) RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES Nº 48/93: Reemplazo del texto de las "Disposiciones sobre envases y equipamientos metáticos en contacto con alimentos" (Res. Nº 27/93 GMC)


VISTO el Artículo 13 del Tratado de Asunción, el Artículo 10 de la Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común y las Recomendaciones Nº 4/92 y Nº 38/93 del Subgrupo de Trabajo Nº 3 "Normas Técnicas".

CONSIDERANDO:

Que habiéndose establecido la necesidad de fijar límites de migración específica de metales pesados en envases y equipamientos matálicos en contacto con alimentos

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Artículo  1. Reemplazar el texto del apartado 2.8.2 del Anexo "Disposiciones sobre envases y equipamientos metálicos en contacto con alimentos" del Reglamento Técnico aprobado por la Resolución Nº 27/93 del GMC por el texto del Anexo adjunto "Modificación del apartado 2.8.2 del Reglamento Técnico Nº 27/93," quedando en suspenso los límites de migración específica de metales hasta tanto se expida la Comisión de Alimentos del Subgrupo de Trabajo Nº 3.

Artículo 2. Los Estados Partes del MERCOSUR pondrán en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias p ara dar cumplimiento a la presente decisión y comunicarán el texto de las mismas al Grupo Mercado Común, a través de la Secretaría Administrativa.