OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES Nº 56/96: Reglamento para la verificación de las Buenas Prácticas de Fabricación y Control (BPF y C) para industrias de Productos Domisanitarios.


VISTO

El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Resolución Nº 91/93del Grupo Mercado Común y la Recomendación Nº 24/96 del SGT Nº 3."Reglamentos Técnicos".

CONSIDERANDO

Que es necesario contar con una reglamentación para la Verificación de las Buenas Prácticas de Fabricación y Control de Establecimientos de Productos Domisanitarios;

Que es necesario definir la clasificación y los criterios de evaluación para la Verificación de las Buenas Prácticas de Fabricación y Control;

Que el nuevo documento permitirá dar mejor cumplimiento a los objetivos propuestos en cuanto a los requisitos que deberán cumplir las empresas elaboradoras de productos domisanitarios;

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

ARTICULO 1. Aprobar el documento "Reglamento para la verificación de las Buenas Prácticas de Fabricación y Control (BPF y C) para industrias de Productos Domisanitarios." que corresponde a "Criterios de clasificación, evaluación y sanciones" que consta como Anexo I y "Verificación de Cumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación y Control" que consta como Anexo II y forman parte de la presente Resolución.

ARTICULO 2. Los Estados Partes pondrán en vigencia las disposiciones legislativas reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resolución a través de los siguientes organismos:

Argentina
ANMAT (Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica)

Brasil
Secretaría de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de la Salud

Paraguay
Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social

Uruguay
Ministerio de Salud Pública

ARTICULO 3. El período de adecuación para la implementación de lo dispuesto en esta Resolución será el establecido por Res Nº 97/94 GMC.

ARTICULO 4. La presente Resolución entrará en vigor en el Mercosur a partir del 1º de julio de 1997.