Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES Nº 05/92: Fomento y utilización de normas relativas a organismos de certificación, de inspección y de laboratorios.
VISTO
El Artículo 13 del Tratado de Asunción suscrito el 26 de marzo de 1991, y la Recomendación Nro.6 del Subgrupo de
Trabajo No 3- Normas Técnicas, y
CONSIDERANDO
Que es preciso adoptar las medidas necesarias para garantizar la libre circulación de bienes y servicios, eliminando, para ello,
todo tipo de barrera no arancelaria al comercio,
Que para la eliminación de las barreras no arancelarias originadas en requerimientos vinculados con la calidad de productos y
servicios es necesario armonizar las normas y procedimientos correspondientes,
Que se está generalizando en todo el mundo el proceso de adopción de la normativa internacional referida a sistemas de
calidad, certificación y ensayos, en especial por parte de aquellos países que están constituyendo espacios económicos
unificados,
Que las normas internacionales referidas son un instrumento necesario para las relaciones comerciales con terceros países y
para los reconocimientos recíprocos requeridos para dichas relaciones,
Que los Estados Partes del MERCOSUR han adoptado las normas de la serie ISO 9000 sobre sistemas y aseguramiento de
la calidad,
Por ello,
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE
Artículo 1.
Recomendar a los organismos competentes de los Estados Partes del MERCOSUR el fomento y la utilización
generalizada de las normas de la serie ISO 9000 y las Guías ISO/IEC relativas a los organismos de certificación, de
inspección, laboratorios y certificación de sistemas de calidad por organismos de certificación de terceras partes.
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