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OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR) RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 65/93: Logotipo Mercosur


VISTO el Art�culo 13 del Tratado de Asunci�n, y el Art�culo 10 de la Decisi�n N� 4/91 del Consejo del Mercado Com�n.

CONSIDERANDO:

1) La importancia del Logotipo como identificaci�n y representaci�n del MERCADO COMUN DEL SUR.

2) Lo acordado oportunamente por el GMC con relaci�n a este tema en el Acta de su X Reuni�n.

3) La conveniencia de que la emblem�tica del MERCOSUR sea adoptada en consonancia con los avances en el proceso de institucionalizaci�n del mismo.

4) Que ya existe selecci�n de proyectos a nivel nacional.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art�culo 1. La selecci�n definitiva del Logotipo MERCOSUR ser�realizada por la Reuni�n Extraordinaria sobre la Estructura Definitiva del MERCOSUR, que tendr� lugar en 1994.

Art�culo 2. Los proyectos ya seleccionados por los Estados Partes ser�n depositados en la Secretar�a Administrativa para su consideraci�n por parte de la Reuni�n mencionada en el Art. 1�.