OEA

Mercado Común del Sur (MERCOSUR) RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES Nº 06/93: Dejar sin efecto la Resolución No. 66/92


VISTO

El Artículo 13 del Tratado de Asunción , el Artículo 10 de la Decisión Nº 4/91 y las Resoluciones del Grupo Mercado Común

CONSIDERANDO

Que las Resoluciones Nº 59/92 y Nº 66/92 comprendidas en el Acta de la VIII Reunión del Grupo Mercado Común son idénticas

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Artículo 1. Dejar sin efecto la Resolución Nº 66/92.