OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR) RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 70/93: Identidad y Calidad de la Manteca


REQUISITOS MICROBIOLOGICOS PARA QUESOS

IDENTIDAD Y CALIDAD DE LA MANTECA


VISTO el Art�culo13 del Tratado de Asunci�n, el Art�culo 10 de la Decisi�n N� 4/91 del Consejo del Mercado Com�n, la Resoluci�n N� 18/92 del Grupo Mercado Com�n, la Recomendaci�n N� 43/93 del Subgrupo de Trabajo N� 3 "Normas T�cnicas".

CONSIDERANDO:

Que los Estados Partes acordaron fijar la Identidad y Calidad de la Manteca destinada al consumo humano directo.

Que la armonizaci�n de los reglamentos t�cnicos propender� a eliminar los obst�culos que generan las diferencias en los reglamentos t�cnicos nacionales, dando cumplimiento a lo establecido por el Tratado de Asunci�n.

EL GRUPO MERCOMUN RESUELVE:

Art�culo 1. Los Estados Partes no podr�n prohibir ni restringir la comercializaci�n de la manteca que cumpla con lo establecido en el Anexo de la presente Resoluci�n.

Art�culo 2. Los Estados Partes pondr�n en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resoluci�n y comunicar�n el texto de las mismas al Grupo Mercado Com�n a trav�s de la Secretar�a Administrativa.

Art�culo 3. La presente Resoluci�n entrar� en vigor el 31 de enero de 1994.

ANEXO

Reglamento t�cnico para la fijaci�n de identidad y calidad de la manteca.

1. Alcance.

    1.1 Objetivo

    Fijar la identidad y las caracter�sticas m�nimas de calidad a las que deber� obedecer la manteca.

    1.2 Ambito de amplificaci�n.

    La presente norma se refiere a la manteca destinada al consumo humano directo, a ser comercializada en el MERCOSUR.
2. Descripci�n.

    2.1 Definici�n.

    Con el nombre de manteca se entiende el producto graso obtenido exclusivamente por el batido y amasado, con o sin modificaci�n biol�gica, de la crema pasterizada derivada exclusivamente de la leche de vaca, por procesos tecnol�gicamente adecuados. La materia grasa de la manteca deber� estar compuesta exclusivamente de grasa l�ctea.

    2.2 Clasificaci�n

    2.2.1 Manteca Calidad Extra. La manteca que responda a la clase de calidad I de la clasificaci�n por evaluaci�n sensorial seg�n Norma FIL 99A:1987.

    2.2.2 Manteca Calidad Primera. La manteca que responda a la clase de calidad I- de la clasificaci�n por evaluaci�n sensorial seg�n Norma FIL 99A:1987.

    2.3 Designaci�n (denominaci�n de venta).

    "Manteca" o "manteca sin sal", "manteca salada" o "manteca con sal", seg�n corresponda a lo definido en el punto 4.1.2. Podr� denominarse "Manteca madurada", si correspondiere, seg�n lo definido en el punto 4.1.2.

    Podr� denominarse "Manteca Extra" o "Manteca Primera", seg�n corresponda a la clasificaci�n 2.2.

3. REFERENCIAS

AOAC 15th Ed. 965.33

International commission on microbiological Specification for Foods (I.C.N.S.F.)

CODEX ALIMENTARIUS, CAC/VOL A. 1985
    FIL 68; 1989

    FIL 50b; 1985

    FIL 73A; 1985

    FIL 80; 1977

    FIL 93A; 1985

    FIL 99A; 1987

    FIL 145; 1990

APHA 1992. Compendium of Methods for the Microbiological Examination of Foods. Cap. 24

4. Composici�n y requisitos.
    4.1 Composici�n.

    4.1.1 Ingredientes obligatorios.

    Crema pasterizada obtenida a partir de leche de vaca.

    4.1.2 Ingredientes opcionales.

    4.1.2.1 Cloruro de sodio hasta un m�ximo de 2g/100g de manteca (manteca salada).

    4.1.2.2 Fermentos l�cticos seleccionados (manteca madurada).

    4.2 Requisitos.

    4.2.1 Caracter�sticas sensoriales.

    4.2.1.1 Aspecto.

    Consistencia s�lida, pl�stica a temperatura de 20�C, de textura lisa y uniforme , untuosa, con distribuci�n uniforme de agua.

    4.2.1.2 Color.

    Blanco amarillento sin manchas, vetas o puntos de otra coloraci�n.

    4.2.1.3 Sabor y olor.

    De sabor suave, caracter�stico, aroma delicado, sin olor ni sabor extra�o.

    4.2.2 Caracter�sticas f�sico-qu�micas.

    4.2.2.1 Par�metros m�nimos de calidad.

    REQUISITO METODO DE ANALISIS

    Materia grasa (% m/m) M�n 82 * FIL 80: 1977

    Humedad (% m/m) M�x. 16 FIL 80: 1977

    Extracto seco no graso (% m/m) M�x. 2 FIL 80:1977

    Acidez grasa

    (milimoles / 100g

    de materia grasa) M�x 3.0 FIL 6B: 1989

    I. de Per�xido

    (meq. de per�xido/

    kg de mat. grasa) M�x. 1 AOAC 15th Ed.

    965.33

    * En el caso de manteca salada el porcentaje de materia grasa, no podr� ser menor que 80%.

    4.2.3 Acondicionamiento.

    La manteca deber� ser envasada con materiales adecuados para las condiciones previstas de almacenamiento y que confieran una protecci�n apropiada contra la contaminaci�n.
5. Aditivos y coadyuvantes de tecnolog�a / elaboraci�n.
    5.1 Aditivos.

    5.1.1 Colorantes.

    Se le permite el agregado de los siguientes colorantes naturales o sint�ticos id�nticos a los naturales en cantidades suficientes para lograr el efecto deseado:

    Bija o bixa, beta caroteno y c�rcuma o curcumina.

    5.1.2 Decolorantes.

    Se permite el uso de clorofilina o clorofilina c�prica c�prica en cantidades suficientes para lograr el efecto deseado.

    5.2 Coadyuvantes.

    Se permite la adici�n de las siguientes sales neutralizantes, en una dosis m�xima de 2000mg/kg solas o en combinaci�n, expresadas como sustancias anhidras.

    Ortofosfato s�dico

    Carbonato s�dico

    Bicarbonato s�dico

    Hidr�xido s�dico

    Hidr�xido c�lcico
6. Contaminantes.

Los contaminantes org�nicos e inorg�nicos no deben estar presentes en cantidades superiores a los l�mites establecidos por el Reglamento MERCOSUR correspondiente.

7. Higiente.
    7.1 Consideraciones generales.

    Las pr�cticas de higiene para la elaboraci�n del producto estar�n de acuerdo a lo que se establece en el C�digo Internacional Recomendado de pr�cticas, Principios generales de Higiene de los Alimentos (CAC/VOL A 1985).

    7.2 Criterios macrosc�picos y microsc�picos.

    Ausencia de cualquier tipo de impurezas o elementos extraños.

    7.3 Criterios microbiol�gicos y tolerancias.

    MICROORGANISMOS CRITERIOS DE ACEPTACION CATEGORIA METODO DE I.C.M.S. FANALISIS

    Coliformes totales /g n=5 c=2 m=10 5 FIL 73 A;1985

    M=100

    Coliformes/g n=5 c=2 m<3 5 APHA(*)1992 (a 45�C) M=10 Cap. 24

    Salmonella spp./25gn=5 c=0 m=0 10 FIL 93A:1985

    Estafilococos coag.n=5 c=1 m=10 8 pos./g M=100 FIL 145:1990

    (*) Compendium of Methods for the Microbiological Examination of Foods.


8. Pesos y medidas.
    Se aplicar� el Reglamento MERCOSUR correspondiente.

9. Rotulado.

    Se aplicar� el Reglamento MERCOSUR correspondiente.

    Se denominar� "manteca" o "manteca salada" o "manteca con sal", seg�n corresponda.

    Podr� indicarse como "manteca sin sal" en el caso de no haberse utilizado sal como ingrediente opcional.

    Podr� denominarse "manteca madurada" cuando corresponda.

    Podr� consignarse la calidad "Extra" o "Primera" seg�n corresponda de acuerdo a la clasificaci�n 2.2.


10. M�todos de an�lisis.
    Los m�todos de an�lisis correspondientes son los indicados en los puntos 4.2.2 y 7.3.

11. Muestreo.
    Se seguir�n los procedimientos recomendados en la norma FIL 50B:1985.