Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES N� 74/93: Identidad y calidad de la cebolla.
VISTO
El Artículo .13 del Tratado de Asunci�n, el Artículo .10
de la Decisi�n N� 4/91 del Consejo del Mercado Com�n, la
Resoluci�n N� 18/92 del Grupo Mercado Com�n, la
Recomendaci�n N� 47/93 del Subgrupo de Trabajo N� 3 "Normas
T�cnicas".
CONSIDERANDO :
Que es necesario fijar la Identidad y Calidad de la
Cebolla destinada para el consumo humano.
Que la armonizaci�n de los reglamentos t�cnicos
propender� a eliminar los obst�culos que generan las
diferencias entre los reglamentos t�cnicos nacionales,
dando cumplimiento a lo establecido en el Tratado de
Asunci�n.
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Artículo 1.Aprobar el Reglamento T�cnico MERCOSUR para la
fijaci�n de la Identidad y Calidad de la Cebolla, que
figura como Anexo a la presente Resoluci�n.
Artículo 2. Los Estados Partes no podr�n prohibir, ni restringir
por razones de Identidad y Calidad la comercializaci�n
de Cebolla que cumpla con lo establecido en la presente
Resoluci�n.
Artículo 3. Los Estados Partes pondr�n en vigencia las
disposiciones legislativas reglamentarias y
administrativas necesarias para dar cumplimiento a la
presente Resoluci�n y comunicar�n el texto de las
mismas al Grupo Mercado Com�n, a trav�s de la
Secretaria Administrativa.
Artículo 4. La presente Resoluci�n entrar� en vigor el 31 de
marzo de 1994.
REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR PARA LA FIJACION DE IDENTIDAD Y
CALIDAD DE CEBOLLA
1.- ALCANCE
La presente norma tiene por objeto definir las caracter�sticas
de identidad, calidad, acondicionamiento, empaque y
presentaci�n de la cebolla con fines de comercializaci�n, en
el �mbito del MERCOSUR.
2.- DEFINICION
Enti�ndese por cebolla el bulbo de la especie Allium cepa L.,
que se presenta con las caracter�sticas del cultivar bien
definidas, fisiol�gicamente desarrollado y entero; con destino
al consumo, con exclusi�n de las cebollas con hoja enteras
(verdes o de verdeo).
3.- REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS SOBRE TECNICAS ANALITICAS
4.- COMPOSICION Y CALIDAD
4.1.- La cebolla deber� presentar las caracter�sticas t�picas
del cultivar, en cuanto a forma y color. No se
admitir�n mezclas de cultivares, formas o colores.
4.2.- Clasificaci�n: la cebolla ser� clasificada en:
4.2.1.- Clases o Calibres: De acuerdo con el mayor di�metro
transversal del bulbo se admiten cuatro (4):
CLASE Mayor di�metro transversal (mm)
2 35 -50
3 mayor de 50 hasta 70
4 mayor de 70 hasta 90
S mayor de 90 Tolerancias: Se permite la mezcla dentro de un mismo
envase del 10% de unidades que no excedan en m�s de
15 mm los l�mites de la clase.
4.3.- Tipos o grados de selecci�n: Se consideraran los
siguientes defectos:
- Defectos graves:
Tallo grueso (talo qrosso) o tallo floral: Defecto
por el que la uni�n superior de las cat�filas en el
cuello, presenta una abertura mayor que la normal,
debido a la elongaci�n del tallo por el interior del
bulbo.
Brotado: cuando la emisi�n del v�stago es visible por
encima del largo del cuello.
Podredumbre: Da�os patol�gicos y/o fisiol�gicos que
impliquen cualquier grado de descomposici�n,
desintegraci�n o fermentaci�n de los tejidos.
Mancha negra: Area ennegrecida como consecuencia del
ataque de hongos en las cat�filas externas o en el
cuello del bulbo, detectadas visualmente.
Mofado o con Moho: Desarrollo de hongos en las
cat�filas externas.
Defectos generales:
Mal cierre del cuello: visible cierre incompleto del
cuello del bulbo.
Deformado: la que presenta formatos diferentes del
t�pico del cultivar, incluyendo crecimientos
secundarios, o sea bulbos unidos por el tallo
(mellizos) presentando exteriormente una cat�fila
envolvente
Falta de cat�filas (pel�culas): El bulbo que presenta
m�s del 30% de su superficie carente de cat�filas
envolventes.
Falta de turgencia o flacidez: No presenta la rigidez
normal del bulbo.
Decoloraciones: Desviaciones parciales o totales del
color t�pico del cultivar, incluyendo verdeado (bulbo
que presenta las t�nicas externas con color verde).
Da�os mec�nicos: Lesiones de origen mec�nico que
se observan en las cat�filas o bulbos.
Quedan exceptuados de la presente clasificaci�n los
defectos: tallo grueso y falta de cat�filas para las
cebollas tempranas de ciclo corto.
LIMITES MAXIMOS DE DEFECTOS POR TIPO EXPRESADO
EN PORCENTAJE DE UNIDADES
TIPO DEFECTOS DEFECTOS
GRAVES GENERALES
--------------------------------------------------------------
Tallo Brotado Podredumbre Mancha Mofado T.Def. T.Def.
grueso Negra Graves Gral.
--------------------------------------------------------------
Extra 2 2 2 5 Especial
o
Selec-
cionado 3 ,5 3 3 5 10 Comer-
cial 5 3 1 5 5 10 15 ---------------------------------------------------------------
4.4.- Requisitos generales: Los bulbos deber�n ser sanos,
secos, limpios y presentarse con las ra�ces cortadas
contra la base, no admiti�ndose presencia de rebrotes
de ra�z.
No tendr�n olor o sabor extra�os. El tallo debe estar
retorcido o presentar un corte neto no superando los 2
cm de longitud. 4.5.- Requisitos f�sicos, qu�micos y microbiol�qicos:
No ser� permitida la comercializaci�n de cebollas que
presenten residuos u otros elementos nocivos a la salud
por encima de los limites admitidos en el �mbito del
MERCOSUR.
4.6.- Otros: La partida que no cumpla los requisitos
previstos en esta norma ser� descalificada. Pudiendo
ser la misma reacondicionada o adecuada a las presentes
especificaciones.
5.- CONDICIONES DE EMPAQUE, ALMACENAMIENTO Y TRANSPORTE
Las cebollas que se comercialicen entre los Estados Partes
deber�n empacarse en locales o lugares cubierto, secos,
limpios, ventilados, con dimensiones acordes a los vol�menes a
acondicionar y de f�cil higienizaci�n; a fin de evitar efectos
perjudiciales para la calidad Y conservaci�n de las mismas.
6.- TOMA DE MUESTRAS
La toma de muestras en el lote se har� de acuerdo a la
siguiente tabla:
N�mero de Unidades que M�nimo de Unidades
componen el lotes a muestrear
001 - 010 1 unidad
011 - 100 2 unidades
101 - 300 4 unidades
301 - 500 5 unidades
501 - 10.000 1% del lote
M�s de 10.000 ra�z cuadrada del
n�mero de UNIDADES
del lote. 6.1.- Conformaci�n de la muestra conjunta y an�lisis:
6.1.1.- En caso de obtenerse un n�mero de unidades de
muestreo entre 1 y 4, se homogeinizar� el contenido
de las bolsas y/o cajas extray�ndose 100 bulbos
elegidos al azar, que conformar�n la muestra a
analizar y otros 100 bulbos para formar una
contramuestra. 6.1.2.- Para 5 o m�s unidades, se retirar� como m�nimo 30
bulbos de cada unidad, se homogenizar� y se formar�n
dos muestras de 100 bulbos cada una para an�lisis y
contramuestra, respectivamente.
6.1.3.- Los restantes bulbos ser�n devueltos al interesado,
incluy�ndose la muestra de an�lisis en caso de ser
solicitada.
6.1.4.- La contramuestra deber� ser mantenida en poder del
organismo oficial hasta el vencimiento del plazo de
validez de la solicitud de reconsideraci�n, que ser�
de 24 horas contadas a partir de la hora de emisi�n
del dictamen.
7.- ENVASES Y ROTULADO.
7.1.- ENVASES: Las cebollas ser�n empacadas, en envases
nuevos, limpios y secos que no transmitan olor o sabor
extra�os a la mercader�a, en bolsas de malla abierta o
caja, conteniendo hasta 25 kgs. Neto.
7.2.- ROTULADO: Los envases deben ser rotulados o etiquetados
en un lugar de f�cil visualizaci�n y de dif�cil
remoci�n, conteniendo como m�nimo las siguientes
informaciones:
Nombre del producto
Nombre del cultivar
Clase......................................................*
Tipo
Peso Neto
Nombre y Domicilio del Importador..........................*
Pa�s de Origen
Zona de producci�n
AFIDI (Acreditaci�n Fitosanitaria de Importaci�n)..........*
Fecha de empaque...........................................*
Nota:( * ) se admitir� el sellado o uso de etiquetas
autoadhesivas para lndicar estas informaciones. Tolerancia en peso neto: Se admitir� hasta un 8%.-
|