OEA

Canadá - Importación, distribución y venta de determinadas bebidas alcohólicas por organismos provinciales de comercialización

(Continuación)


B. Prácticas de inclusión en las listas y exclusión de ellas

4.3 Los Estados Unidos recordaron que el Grupo Especial de 1988 había constatado que las prácticas de inclusión en las listas y exclusión de ellas que discriminaban a las importaciones, eran restricciones aplicadas por medio de transacciones procedentes del comercio de Estado, contrarias al párrafo 1 del artículo XI del Acuerdo General. Los Estados Unidos afirmaron que en las diez provincias seguía estando sometida la cerveza importada a condiciones y formalidades con respecto a la inclusión en las listas y exclusión de ellas que eran más gravosas que las aplicadas a la cerveza nacional. Lo mismo se podía decir de la forma en que se aplicaban esos criterios.

4.4 El Canadá rechazó la afirmación de los Estados Unidos de que la cerveza procedente de ese país seguía estando sometida a prácticas discriminatorias de inclusión/exclusión en lista en las diez provincias. En opinión del Canadá, la cuestión se limitaba a las prácticas de los organismos provinciales de comercialización de bebidas alcohólicas y el Canadá había cumplido plenamente sus obligaciones al respecto mediante el Acuerdo establecido con la CEE en 1988. En su comunicación, la CEE había reconocido este hecho. El Acuerdo de 1988 con la CEE establecía que la inclusión de cervezas en las listas y su exclusión de ellas se haga de forma no discriminatoria, sobre la base de consideraciones comerciales normales, de manera transparente y que no cree obstáculos al comercio, y que se publique y ponga a disposición de las personas que tengan interés en el comercio y en la inclusión en lista o en las decisiones de excluir de las listas ciertos productos. Todas las prácticas de inclusión/exclusión en las listas de los organismos de comercialización de bebidas alcohólicas se ajustaban a esos criterios. El Acuerdo de 1988 con la CEE obligaba a que se otorgara el trato nacional a los productos de la CEE y dicho Acuerdo se estaba aplicando sobre una base n.m.f. Por consiguiente, las prácticas de inclusión/exclusión en las listas estaban en conformidad con las disposiciones del artículo III del Acuerdo General. En Columbia Británica, Isla del Príncipe Eduardo, Manitoba, Nueva Escocia, Nuevo Brunswick, Ontario, Saskatchewan y Terranova, la cerveza tenía que ser incluida en lista, con independencia del lugar de venta, utilizándose para ello los mismos criterios. En algunos casos, el trato otorgado a la cerveza importada con respecto a la inclusión y exclusión en las listas era actualmente mejor que el otorgado a la cerveza nacional procedente de otras provincias: en algunas provincias, por ejemplo Manitoba, los requisitos de ventas mínimas eran considerablemente inferiores cuando se trataba de productos importados que cuando se trataba de productos nacionales; en Ontario, los fabricantes nacionales sólo tenían derecho a inscribir una marca en lista por cada establecimiento de venta al por menor del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas, mientras que la inclusión en lista de abastecedores extranjeros no estaba limitada por una restricción semejante. El Canadá afirmó también que en el último año se habían excluido de la lista de Manitoba nueve cervezas nacionales por no cumplir el requisito de ventas mínimas; en Ontario, desde 1987 se habían excluido de la lista 62 cervezas nacionales. En ese mismo período, no se había excluido de las listas de Manitoba o de Ontario ninguna cerveza estadounidense.

4.5 Los Estados Unidos declararon que las restricciones existentes en Ontario para incluir en lista cervezas nacionales, que habían sido citadas por el Canadá, sólo se aplicaban a los establecimientos del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas en caso de que hubiera en la vecindad establecimientos privados de venta al por menor.

4.6 El Canadá declaró que, en Ontario, en algunos establecimientos del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas se permitía a los fabricantes nacionales que vendieran toda la gama de cervezas incluidas en la lista, pero se trataba de una medida especial destinada en concreto a las pequeñas comunidades rurales y del norte. Estos establecimientos generaban menos del 4 por ciento de las ventas totales de cerveza y estaban situados en zonas escasamente pobladas.

4.7 Los Estados Unidos sostuvieron que las prácticas concretas que a continuación se enumeran discriminaban a la cerveza importada, mientras que el Canadá sostuvo que en todos y cada uno de los casos la práctica o bien era plenamente compatible con el Acuerdo General y estaba basada en los intereses comerciales del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas o bien actuaba de hecho en favor de los productos importados.

Alberta:

Los Estados Unidos sostuvieron que el organismo de comercialización de bebidas alcohólicas había indicado que mientras no se resolviera la diferencia actual, no se concedería la inclusión en lista de la cerveza estadounidense en barril. El Canadá afirmó que no existían prohibiciones que afectaran a la inclusión en lista de la cerveza importada en barril. Hacía tres años que los Estados Unidos no habían hecho una solicitud de inscripción. Si se presentara una solicitud de una fábrica estadounidense de cervezas de que se incluyera en lista una cerveza en barril, esta solicitud sería tratada del mismo modo que cualquier otra solicitud de inclusión en lista de cerveza, nacional o importada en barril. Actualmente estaban incluidas en lista nueve cervezas importadas en barril. El Grupo Especial señaló que las Partes no pudieron ponerse de acuerdo sobre los hechos concernientes a la práctica de inclusión en lista en Alberta.

Isla del Príncipe Eduardo:

Los Estados Unidos sostuvieron que, a pesar de los criterios de inclusión/exclusión en lista declarados, no se había accedido a la inclusión en la lista de ninguna cerveza estadounidense. El Canadá declaró que sólo se habían presentado dos solicitudes de inclusión de productos estadounidenses; esas solicitudes habían sido rechazadas porque no cumplían el requisito de que el producto se vendiera en botellas, requisito que debían cumplir todas las solicitudes.

Manitoba:

Los Estados Unidos sostuvieron que se aplicaban directrices distintas para la inclusión/exclusión en la lista según se tratara de cerveza importada o de cerveza nacional y que esas directrices parecían discriminar a las importaciones. Por ejemplo, los productores nacionales aparentemente recibían un aviso de la exclusión de una cerveza de la lista y disponían de un plazo para apelar esa decisión, a diferencia de los abastecedores extranjeros. El Canadá señaló que efectivamente las políticas aplicadas a la cerveza importada y a la cerveza nacional se materializaban en directrices distintas. No obstante, en lo que respecta a la inclusión en lista, Manitoba otorgaba un trato no discriminatorio a las cervezas importadas y a las nacionales y la única diferencia era que los requisitos de ventas mínimas eran superiores si se trataba de cerveza nacional que si se trataba de cerveza importada. En cuanto a la exclusión de la lista, aunque la formulación no fuera idéntica, la práctica de advertir de antemano de la exclusión de la lista era idéntica: todos los fabricantes de cerveza, nacionales y extranjeros, se responsabilizaban del control de ventas de sus productos y todos recibían notificaciones de la exclusión de la lista antes del 31 de enero, con un plazo de 30 días para apelar. El Canadá indicó también que el organismo de comercialización de bebidas alcohólicas de Manitoba había señalado que, en caso de una campaña importante de lanzamiento de un producto importado que supusiera una actividad intensa de promoción, examinaría la posibilidad de eximir de las restricciones aplicadas a las solicitudes de inclusión en el listado general, como efectivamente haría en caso de una campaña importante de lanzamiento de un producto nacional. Además, desde 1988 la política seguida por Manitoba para la inclusión de cerveza en la lista había sufrido dos cambios importantes: antes de febrero de 1990 se garantizó un mínimo de 22 inclusiones en lista a los fabricantes provinciales de cerveza; y desde 1989 toda la cerveza importada ha quedado sujeta al mismo requisito de ventas mínimas, cuando anteriormente la cerveza de los Estados Unidos tenía que cumplir un requisito de ventas mínimas superior al aplicado a otras cervezas importadas.

Nueva Escocia:

Los Estados Unidos sostuvieron que, a pesar de que se había afirmado que los procedimientos de inclusión/exclusión en lista eran no discriminatorios, sólo se habían concedido tres inclusiones en lista a cervezas importadas de los Estados Unidos. El Canadá afirmó que no existía una política que limitara el número de inclusiones en lista de productos estadounidenses. El organismo de comercialización de bebidas alcohólicas había invitado a otro fabricante estadounidense de cerveza a que solicitara la inclusión en la lista, pero esa empresa había rechazado la invitación. Nunca se había excluido de la lista a una cerveza estadounidense. Toda la cerveza vendida en las tiendas del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas estaba sujeta a las prescripciones sobre inclusión en las listas y exclusión de ellas, siendo mayor el requisito de ventas mínimas en el caso de productos locales que en el de cerveza importada.

Nuevo Brunswick:

Los Estados Unidos sostuvieron que, aunque se había afirmado que los procedimientos de inclusión/exclusión en lista no eran discriminatorios, aparentemente la cerveza importada de los Estados Unidos estaba sometida a un límite de tres inscripciones en lista. El Canadá afirmó que no existía un límite de tres inscripciones en lista para la cerveza de los Estados Unidos; las inscripciones en lista actuales eran todas las que habían sido solicitadas por los abastecedores estadounidenses. Además, el número de inclusiones en lista de productos de fábricas locales de cerveza estaba limitado al actual, mientras que no se aplicaba una limitación semejante a los productos importados ni a los productos nacionales de otro tipo.

Ontario:

Los Estados Unidos sostuvieron que la cerveza importada estaba sometida al límite de que no podía ser incluida en lista más que en paquetes de seis envases, mientras que se permitía la inclusión en lista de cerveza nacional presentada en paquetes de distintos tamaños. Eso permitía a los fabricantes nacionales de cerveza ofrecer descuentos por volumen de compras. En los 473 establecimientos de la Brewers' Retail, que no pueden vender cerveza importada, puede ofrecerse a la venta cerveza nacional en paquetes de distinto tamaño. El Canadá sostuvo que, a resultas del informe del Grupo Especial de 1988, Ontario había adoptado una nueva política de inclusión/exclusión en lista que otorgaba a las importaciones un trato igual, o mejor, que el otorgado a los productos nacionales. La cerveza de producción local tenía que cumplir unos criterios de control provincial de similar rigor para su inclusión/exclusión en lista a efectos de su incorporación al sistema privado de distribución. El requisito de presentación de la cerveza en paquetes de seis envases se aplicaba en los establecimientos del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas a causa de limitaciones operativas y era aplicado de acuerdo con el principio de trato nacional tanto a los abastecedores nacionales como a los extranjeros en conformidad con las disposiciones del párrafo 4 del artículo III del Acuerdo General. El Canadá afirmó que no se permitía a los fabricantes nacionales de cerveza incluir en lista paquetes de tamaños mayores (es decir, de 24 envases) más que como excepción limitada a la norma general y únicamente en un número limitado de establecimientos del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas que atendían a pequeñas comunidades rurales y del norte. No se permitía a ningún abastecedor del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas que ofreciera descuentos por volumen. Se exigía una inclusión en lista por separado para cada tamaño de paquetes de envases y todas las cervezas inscritas en lista tenían que cumplir los requisitos de ventas mínimas. En los establecimientos ordinarios del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas, que generaban la gran mayoría de las ventas del organismo, la cerveza nacional estaba sometida a restricciones más gravosas que las aplicadas a los productos importados. Inicialmente los establecimientos ordinarios del organismo de comercialización no tenían en existencia cerveza nacional. Debido a las reclamaciones de los fabricantes de cerveza de Ontario, que sostenían que sus productos recibían un trato menos favorable que el otorgado a los importados, esta práctica se modificó en el decenio de 1970 a fin de permitir a los fabricantes nacionales de cerveza que distribuyeran una marca, en paquetes de seis envases, por establecimiento del organismo. Este requisito discriminaba todavía a los productos de los fabricantes nacionales frente a los importados. A excepción de Ontario, ningún organismo de comercialización de bebidas alcohólicas tenía una política respecto de los tipos de paquetes de envases.

Quebec:

Los Estados Unidos sostuvieron que la cerveza de producción local no estaba sometida a las reglamentaciones que regían la comercialización de cerveza importada y de cerveza nacional procedente de otras provincias, por ejemplo, las prescripciones sobre ventas mínimas. El Canadá afirmó que no existía discriminación alguna que afectara a las cervezas de que se ocupaba el organismo de comercialización de bebidas alcohólicas. Dicho organismo no se hacía cargo de cerveza provincial ni de cerveza nacional de otras provincias. El principio de ventas mínimas era una práctica comercial común y generalizada que seguían todos los vendedores al por mayor, tanto privados como públicos; esa práctica ayudaba a reducir costos. El requisito de ventas mínimas anuales establecido por Quebec se basaba en consideraciones de carácter comercial y no era gravoso; representaba ventas medias de ocho unidades del producto por establecimiento.

Saskatchewan:

Los Estados Unidos sostuvieron que el organismo de comercialización de bebidas alcohólicas había limitado arbitrariamente a cuatro el número de inscripciones en lista de productos estadounidenses y se negaba categóricamente a examinar de momento nuevas inscripciones en lista, haciendo caso omiso de los criterios establecidos. El Canadá afirmó que el organismo de comercialización de bebidas alcohólicas no había negado categóricamente otras inscripciones en lista, aparte de las cuatro actuales, y que dicho organismo había señalado a los solicitantes rechazados que estaba dispuesto a examinar una nueva solicitud para el siguiente plazo de inscripción en lista. Cuando la cerveza estadounidense entró en el mercado de Saskatchewan, el organismo de comercialización de bebidas alcohólicas decidió empezar por cuatro inscripciones en lista; esa decisión tenía carácter transitorio y ya no estaba en vigor. El organismo de comercialización no había fijado un número determinado de inclusiones en lista de cervezas importadas.

C. Restricciones al acceso a los puntos de venta

4.8 Los Estados Unidos recordaron que el Grupo Especial de 1988 constató que las prácticas en materia de disponibilidad de puntos de venta que eran discriminatorias para las bebidas alcohólicas importadas constituían restricciones aplicadas por medio de transacciones procedentes del comercio de Estado, contrarias al párrafo 1 del artículo XI del Acuerdo General. Los Estados Unidos dijeron que, salvo en el caso de la Isla del Príncipe Eduardo y Nuevo Brunswick, la cerveza de fabricación local o nacional se beneficiaba de una mayor disponibilidad de puntos de venta que la cerveza importada. En algunos casos (por ejemplo, el de las tiendas de cerveza fría de Manitoba), se prohibía a determinados establecimientos la venta de cerveza importada, mientras que en otros (por ejemplo, en Columbia Británica) la discriminación contra la cerveza importada en lo que respecta a la disponibilidad de los puntos de venta se debía al hecho de que el organismo de comercialización de bebidas alcohólicas no distribuía cerveza importada a ciertos tipos de establecimientos. Algunos de esos establecimientos en los que sólo se podía vender cerveza nacional, por ejemplo las tiendas de cerveza fría, eran establecimientos que los consumidores preferían claramente, y realizaban una parte importante de las ventas totales de cerveza. Los Estados Unidos alegaron que el Canadá no había eliminado sus prácticas generalizadas de discriminación en cuanto a puntos de venta desde la adopción del informe del Grupo Especial de 1988.

4.9 El Canadá indicó que la cuestión de los puntos de venta era compleja y que las prácticas variaban de una provincia a otra. El Canadá dijo que, en primer lugar, era necesario hacer una distinción entre la existencia de monopolios de importación, aceptados en el marco del GATT, y la existencia de empresas privadas que distribuían cerveza en varias provincias del Canadá. Un monopolio de importación tenía ciertos derechos, por ejemplo, que el producto importado sólo se vendiera por intermedio de ese monopolio. Ello era compatible con las disposiciones del Acuerdo General. Todas las provincias contaban con locales oficiales de venta de bebidas alcohólicas en todo su territorio, y el hecho de que se lograra la inclusión de un producto en una lista le daba acceso a esos locales. El trato favorable concedido a la cerveza importada en esos locales oficiales de venta había supuesto para esa cerveza un acceso al consumidor privado nacional sin parangón en el mundo. En lo que respecta a las empresas privadas, el sistema consistente en permitir la venta de cerveza local en los establecimientos privados autorizados era resultado de una larga tradición y no se estableció con el fin de discriminar a la cerveza de importación. Los sistemas locales de distribución privada, establecidos en los decenios de 1920 y 1930, eran anteriores a las obligaciones contraídas por el Canadá en el GATT y reflejaban la capacidad de las autoridades locales para regular la producción local, prestando al mismo tiempo un servicio a su población. En Alberta, la Isla del Príncipe Eduardo, Nueva Escocia, Nuevo Brunswick y Saskatchewan la cerveza importada y nacional podía venderse en los mismos establecimientos oficiales de venta al por menor, agencias, concesionarios o establecimientos privados (en Alberta, todos los puntos de venta privados podían tener en existencia y vender cualquier tipo de cerveza importada o nacional, estuviese o no inscrita en la lista). En las provincias restantes (Columbia Británica, Manitoba, Ontario, Quebec y Terranova), se habían establecido distintos tipos de sistemas de distribución privada; estaban limitados a las fábricas de cerveza provinciales sometidas al control reglamentario de la autoridad provincial. En estas provincias, la cerveza importada se vendía en las tiendas del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas o en agencias o establecimientos de venta autorizados por el mismo. Sin embargo, no se podía generalizar sobre los sistemas de distribución privada; la cerveza local podía venderse por intermedio de una serie de combinaciones de tiendas del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas o agencias y establecimientos privados con licencia (en Quebec exclusivamente en establecimientos privados con licencia). Los sistemas de distribución privada estaban regulados por las autoridades provinciales, pero el Estado no intervenía en absoluto en su estructura de capital ni de gestión. Eran establecimientos comercialmente independientes y distintos de los organismos provinciales de control. No formaban parte de la administración pública ni eran agentes de los organismos provinciales de control, y carecían de capacidad para intervenir en las actividades de importación. Los sistemas de Ontario y Quebec, aunque eran diferentes, existían desde el decenio de 1920, reflejaban la capacidad de las autoridades locales para regular la producción local y habían evolucionado en función de los objetivos sociales específicos de cada provincia. Los fabricantes de cerveza de Ontario establecieron la empresa "Brewers' Retail Inc." (BRI) en 1927 con arreglo a la legislación provincial. En virtud de esa legislación, el organismo de comercialización de bebidas alcohólicas sólo podía autorizar la venta de cerveza en la provincia por los fabricantes canadienses. Aunque estaba reglamentada por el organismo de comercialización de bebidas alcohólicas, la BRI siguió siendo una empresa perteneciente exclusivamente al sector privado. Suministraba cerveza en toda la provincia a precios uniformes y en forma compatible con las distintas prácticas de control de la provincia, y manejaba un sistema global de devolución de envases. Ninguna ley, reglamentación o restricción impuesta por el Gobierno impedía que la BRI vendiera cerveza importada; no obstante, hubiera tenido que comprarla al organismo de comercialización de bebidas alcohólicas y que lo hiciera o no era una cuestión que se dejaba a su libre arbitrio. En Quebec, la única excepción del monopolio del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas era que la cerveza fabricada en Quebec se vendía en las tiendas de comestibles y no por intermedio del organismo de comercialización. Este sistema independiente fue establecido por ley en 1921, cuando se creó el organismo de comercialización. Para vender cerveza los fabricantes locales tenían que obtener un permiso de la autoridad provincial. En Manitoba, el sistema consistente en permitir la venta de cerveza local en establecimientos privados autorizados estaba en vigor desde 1934 y se había establecido por una enmienda de la Ley de Control de las Bebidas Alcohólicas (Liquor Control Act) destinada a mejorar los servicios prestados a los consumidores. Del mismo modo, en Columbia Británica y Terranova, el sistema consistente en permitir la venta de cerveza local en establecimientos privados autorizados estaba en vigor desde que se levantó la prohibición.

4.10 Los Estados Unidos rechazaron el argumento del Canadá de que las restricciones impuestas por el sistema de los organismos de comercialización de bebidas alcohólicas respondían a un objetivo de política social. Controlar únicamente la cerveza producida en el extranjero no podía servir para aplicar una política social sino sólo para proteger la producción nacional. Los Estados Unidos señalaron asimismo que nada de lo dicho por el Canadá en su descripción de la legislación anterior al Acuerdo General indicaba que los organismos de comercialización de bebidas alcohólicas de que se trataba no pudieran, desde un punto de vista jurídico, permitir la venta de cerveza importada en establecimientos cuyo número y nivel de servicios fuese equivalente al de los que vendían cerveza nacional. Los Estados Unidos dijeron además que, al parecer, el Canadá sostenía que los puntos de venta concedían un trato distinto pero igual a la cerveza importada y a la nacional y que, por lo tanto, no actuaban de manera incompatible con la obligación de trato nacional prevista en el párrafo 4 del artículo III del Acuerdo General. Sin embargo, el hecho de que no se permitiera a los productos importados el acceso a las tiendas de cerveza fría demostraba ampliamente, de por sí, que se otorgaba un trato menos favorable a la cerveza importada que a la cerveza nacional; los establecimientos privados también respondían mejor a la demanda del consumidor que los organismos de comercialización de bebidas alcohólicas, que, como había indicado el Canadá en el caso de Ontario, estaban sometidos a limitaciones operativas. Los Estados Unidos sostuvieron que el Grupo Especial de 1988 había constatado que esas prácticas eran incompatibles con lo dispuesto en el párrafo 4 del artículo III del Acuerdo General.

4.11 El Canadá recordó que lo que había dicho era que los establecimientos del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas de Ontario, al igual que todos los establecimientos de venta al por menor, estaban sujetos a ciertas limitaciones operativas que simplemente les impedían manejar y vender envases de gran tamaño en cantidades ilimitadas y tener en existencia cerveza sin tomar en cuenta los niveles de venta. El Canadá consideraba asimismo que el Grupo Especial de 1988 no había abordado la cuestión de las restricciones al acceso a los puntos de venta al por menor privados en forma lo bastante concreta para que el Canadá pudiese determinar la manera de cumplir sus obligaciones dimanantes del Acuerdo General. El hecho de que en algunas provincias existieran sistemas diferentes para determinar los lugares en que el consumidor podía comprar cerveza importada y cerveza nacional, no significaba en sí que hubiera una infracción del párrafo 4 del artículo III del Acuerdo General. La norma de trato nacional no significaba que debiera concederse un trato igual; se podía conceder un trato diferente siempre que las importaciones no recibieran un trato menos favorable que el producto nacional.

4.12 Los Estados Unidos sostuvieron asimismo que, dado que se permitía la venta de cerveza nacional en puntos de venta que no dependían directamente de los organismos de comercialización de bebidas alcohólicas y que, por ende, no estaban sujetos a todas o algunas de las cargas por servicios, las cargas por costo de los servicios discriminaban a las cervezas importadas. Del mismo modo, dado que la cerveza producida en el país se distribuía en gran medida fuera del sistema administrado por la provincia y, por lo tanto, eludía los rigurosos criterios de inclusión/exclusión en las listas aplicados a los productos importados, las prácticas en materia de inclusión en las listas o exclusión de ellas utilizadas por los organismos de comercialización de bebidas alcohólicas seguían siendo discriminatorias, aun cuando estuviesen en conformidad con los rigurosos criterios de trato nacional. En resumen:

Manitoba:

Los Estados Unidos alegaron que las prescripciones de ventas mínimas y otras prescripciones relativas a la inclusión/exclusión en la lista que se aplicaban expresamente a la cerveza nacional no eran pertinentes porque más del 90 por ciento de la cerveza nacional se vendía en las "tiendas de cerveza fría" no sujetas a las limitaciones de venta (espacio disponible) de las tiendas del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas. El Canadá dijo que las prescripciones sí eran pertinentes en el caso de la cerveza nacional. Durante el último ejercicio económico, habían sido excluidas de la lista nueve cervezas nacionales por no cumplir las prescripciones de ventas mínimas y de otro tipo. Durante ese período no se había excluido de la lista ninguna cerveza importada.

Ontario:

Los Estados Unidos sostuvieron que, por el hecho de que la cerveza importada sólo pudiera venderse por intermedio del sistema del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas, el requisito de ventas mínimas constituía una verdadera limitación. El Canadá dijo que las prescripciones del organismo de comercialización en materia de ventas mínimas eran idénticas para los productos importados y para los productos nacionales y que no discriminaban a las cervezas importadas. La cerveza que se vendía por intermedio del sistema privado no se tomaba en consideración para determinar si un producto cumplía los requisitos del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas.

Terranova:

Los Estados Unidos alegaron que, por el hecho de que la cerveza importada sólo pudiera venderse por intermedio del sistema del organismo de comercialización de bebidas alcohólicas, el requisito de ventas mínimas constituía una verdadera limitación. El Canadá dijo que ese requisito se basaba en consideraciones de carácter comercial. Sólo se requería un promedio de ventas anuales de 48 cajas de 12 envases por establecimiento. En los tres últimos años solamente se había excluido de la lista un producto estadounidense por incumplimiento de este requisito.

Los Estados Unidos recordaron que el Grupo Especial de las medidas aplicadas por la CEE a las frutas, legumbres y hortalizas había constatado que dos medidas que actuaban como un sistema (un precio mínimo junto con un depósito) constituían una restricción aparte de los derechos de aduana, impuestos u otras cargas en el sentido del párrafo 1 del artículo XI.

4.13 El Canadá sostuvo que, habida cuenta de la larga historia que tenían las prácticas provinciales anteriores al Acuerdo General, era razonable prever que la industria canadiense necesitaría tiempo para adaptarse y para introducir las modificaciones que se requirieran aún para lograr una liberalización de las normas de distribución. Con el fin de asegurarse de que la industria canadiense lograra sobrevivir después de la liberalización, la medida necesaria era la apertura del mercado canadiense a los productores de este país, y ello se estaba haciendo. El gobierno federal y los gobiernos provinciales estaban tratando los puntos de venta como asunto prioritario en el Acuerdo Intergubernamental sobre Prácticas de Comercialización de la Cerveza, que serviría de base para permitir al Canadá cumplir sus obligaciones internacionales. (Véase también la sección 4.I infra.)

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