Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES Nro. 02/92: Creaci�n del Comit� Mercosur de Normalizaci�n y Comit�s Sectoriales Mercosur de Normalizaci�n
VISTO El Tratado de Asunci�n suscrito el 26 de marzo de 1991, lo establecido en
el Anexo III del Acta de la III Reuni�n del Grupo Mercado Com�n y la Recomendaci�n N�
1 del Subgrupo de Trabajo N� 3 Normas T�cnicas, y
CONSIDERANDO Que la armonizaci�n de las normas t�cnicas voluntarias propender� a
la aceptaci�n de los productos industriales eliminando los obst�culos que generan las
diferencias en las normas t�cnicas nacionales;
Que estas normas armonizadas proporcionan
a los fabricantes los requerimientos t�cnicos que atienden las expectativas b�sicas de
los consumidores;
Que todos los Estados Partes del MERCOSUR cuentan con institutos de
normalizaci�n con amplia experiencia al respecto que realizan tareas de armonizaci�n en
el marco de COPANT --Comisi�n Panamericana de Normas T�cnica-- y participan en la
normalizaci�n internacional de la ISO --Organizaci�n Internacional de Normalizaci�n-- y la
IEC --Comisi�n Electrot�cnica Internacional--;
Que s�lo una estructura �gil e id�nea
puede atender el importante volumen de normas t�cnicas que es necesario armonizar para
lograr la integraci�n en los plazos establecidos;
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
Art�culo 1: Cr�ase el COMITE MERCOSUR DE NORMALIZACION, con los fines, objetivos
e intergraci�n que se indican en el Anexo I y el organigrama que se indica en el Anexo
II.
Art�culo 2: Cr�ase los COMITES SECTORIALES MERCOSUR DE NORMALIZACION, con los
fines, objetivos e integraci�n que se indican en el Anexo III y el organigrama que se
indica en el Anexo IV.
Art�culo 3: En un plazo de 60 d�as las secciones Nacionales del Grupo Mercado
Com�n de cada Estado Parte notificar�n a la Secretaria Administrativa los datos del
organismo gubernamental y del instituto de normalizaci�n que representar�n a cada pa�s
en el COMITE MERCOSUR DE NORMALIZACION.
ANEXO: Comit� Mercosur de Normalizaci�n
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