OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 38/95: Pautas Negociadoras de los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc


VISTO: El Tratado de Asunci�n y el Protocolo de Ouro Preto, la Decisi�n N� 4/91 del Consejo del Mercado Com�n, la Resoluci�n N� 20/95 del Grupo Mercado Com�n.

CONSIDERANDO:

Que la Resoluci�n N� 20/95 GMC instruye a los Subgrupos de Trabajo y Reuniones Especializadas para elaborar propuestas de pautas negociadoras indicando las tareas prioritarias definidas a la luz de las necesidades de la presente etapa del proceso de integraci�n, el plazo razonable para su ejecuci�n y los medios necesarios para su realizaci�n.

Que deben continuarse los trabajos que profundicen los esquemas de integraci�n del Mercosur y el perfeccionamiento de la Uni�n Aduanera y la conclusi�n de los objetivos del Tratado de Asunci�n.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE :

Art�culo 1 - Aprobar las Pautas Negociadoras de los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc que constan como Anexos y forman parte de la presente Resoluci�n.

Art�culo 2 - En el desarrollo de dichas pautas los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc tendr�n en consideraci�n las instrucciones generales y espec�ficas que constan en los Anexos a la presente Resoluci�n, adem�s de las instrucciones ya impartidas por el GMC.

ANEXO A LA RES. N� 38/95

INSTRUCCIONES DE CARACTER GENERAL A LOS SUBGRUPOS DE TRABAJO, REUNIONES ESPECIALIZADAS Y GRUPOS AD-HOC

Sin perjuicio de las instrucciones impartidas con anterioridad, el GMC instruye lo siguiente:

1. Participaci�n del Sector Privado.

En lo que se refiere a la participaci�n del Sector Privado, los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc, deber�n ajustarse a lo dispuesto en el Cap�tulo VII de la Dec. N� 4/91 CMC.

2. N�mero y permanencia de Comisiones.

Al definir su estructura organizativa, los Subgrupos de Trabajo y las Reuniones Especializadas mantendr�n en un m�nimo el n�mero de Comisiones Permanentes. Podr�n convocar Comisiones Ad-Hoc seg�n resulte necesario, para la consideraci�n de temas espec�ficos a las competencias del �rgano respectivo, que hagan al mejor funcionamiento de la Uni�n Aduanera.

3. Relaciones Externas.

Las iniciativas de las distintas instancias negociadoras vinculadas a las relaciones externas del MERCOSUR con terceros pa�ses, grupos de pa�ses u organizaciones internacionales, deben ser sometidas a la aprobaci�n previa del GMC, que decidir� la manera m�s adecuada para instrumentar dichas iniciativas.

4. Cooperaci�n T�cnica.

Los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas, Grupos Ad-Hoc, la Comisi�n de Comercio del MERCOSUR y sus Comit�s T�cnicos someter�n a consideraci�n del GMC todas las demandas y ofertas de Cooperaci�n T�cnica, las que deber�n ser debidamente justificadas.

La gesti�n y seguimiento de las mismas es competencia del Comit� de Cooperaci�n T�cnica.

5. Restricciones y Medidas No Arancelarias.

Los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas, Grupos Ad-Hoc y la Comisi�n de Comercio del MERCOSUR incorporar�n como una de sus actividades prioritarias la eliminaci�n o armonizaci�n de las restricciones y medidas no arancelarias distribuidas por la Res. N� 32/95 GMC. Asimismo, las nuevas restricciones y medidas no arancelarias que pudieran ser identificadas en el futuro, deber�n ser objeto de tratamiento prioritario.

6. Interacci�n con otros Subgrupos, Grupos Ad-Hoc, Comit�s T�cnicos y Reuniones Especializadas.

Los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas, Grupos Ad-Hoc y Comit�s T�cnicos, podr�n solicitar informes t�cnicos entre s�, manteniendo informado de ello al GMC.

7. Reglamentos T�cnicos

En la elaboraci�n de Reglamentos T�cnicos, los Subgrupos de Trabajo y Reuniones Especializadas observar�n cuando corresponda, las directrices que sobre la materia elabore el SGT N� 3 y apruebe el GMC.

ANEXO A LA RES. N� 38/95

INSTRUCCIONES DE CARACTER ESPECIFICO A LOS SUBGRUPOS DE TRABAJO, REUNIONES ESPECIALIZADAS Y GRUPOS AD-HOC

SGT N� 1

Que indique los objetivos que pretende alcanzar, en el plazo de 24 meses, con relaci�n a las siguientes tareas de pautas negociadoras:

- radiodifusi�n sonora digital;

- televisi�n de alta definici�n (TVAD);

- armonizaci�n del uso del espectro radioel�ctrico;

- radiodifusi�n por sat�lite incluido DTH;

- futuro servicios m�viles terrestres (IMT 2000);

- sistemas satelitales; y

- compatibilidad electromagn�tica.

Que se manifieste previamente sobre la viabilidad y necesidad de ejecuci�n de las siguientes tareas, a la luz de la presente etapa del proceso de integraci�n:

- compatibilizaci�n de las legislaciones vigentes en materia postal ("unificaci�n de las normas que rigen en las actividades postales en la regi�n");

- pol�ticas tarifarias de correos ("adopci�n de pol�tica tarifaria armonizada para correos"); y

- sello postal del MERCOSUR (creaci�n de un sello postal del MERCOSUR).

Coordinar con el SGT N� 5 (Transporte e Infraestructura) la ejecuci�n de la tarea "Reconocimiento de licencia para transportistas" que figura en su propuesta de pauta negociadora.

Coordinar con el CT N� 2 (Asuntos Aduaneros) la ejecuci�n de la tarea "Asuntos Aduaneros" que figura en su propuesta de pauta negociadora.

Que aclare si lo que pretende armonizar son reglamentos t�cnicos obligatorios o normas t�cnicas voluntarias en la tarea interconexi�n de redes de telecomunicaciones.

SGT N� 2

Que al realizar el estudio comparativo de las legislaciones nacionales, se atenga estrictamente a los aspectos atinentes a su sector.

SGT N� 3

Se recuerda que, entre las tareas que le fueron encomendadas en el Acta N� 3/95 GMC, debe otorgar urgente tratamiento a las que se mencionan a continuaci�n:

- padrones de identidad y calidad de manzanas y peras consulta N� 52/95 CCM;

- embalaje de manzanas y otras frutas consulta N� 90/95 CCM;

- padrones de identidad y calidad y arroz consulta N� 92/95 CCM; y

- emisi�n de contaminantes en veh�culos automotores.

Que elabore un Reglamento T�cnico destinado a diferenciar a los fines comerciales el agua mineral natural y el agua artificialmente mineralizada.

SGT N� 4

Considerar en coordinaci�n con el SGT N� 5 el tema de seguro sobre Transporte Multimodal.

Que sin perjuicio del inicio de sus trabajos formule su propuesta de pauta negociadora adoptando el formato definido por la Res. N� 20/95 GMC (Justificaci�n y medios necesarios).

SGT N� 5

Coordinar con el Comit� T�cnico N� 2 (Asuntos Aduaneros) de la CCM la ejecuci�n de las tareas "Facilitaci�n Fronteriza" e "Facilitaci�n: Acuerdo sobre los Procesos Aduaneros y Administrativos".

Coordinar con el SGT N� 1 (Comunicaciones) y el CT N� 2 (Asuntos Aduaneros) la ejecuci�n de la tarea "Acuerdo sobre Transporte de Encomiendas y Correspondencia en �mnibus de L�neas Regulares".

Coordinar con el CT N� 7 (Defensa del Consumidor) y N� 8 (Restricciones y Medidas No Arancelarias) de la CCM cuando el tratamiento de los �tems referentes a la defensa de usuario y barreras no arancelarias en la ejecuci�n de tareas "Transporte Fluvial y Mar�timo: Acuerdo Multilateral de Transporte de Carga".

Manifestar preliminarmente sobre la viabilidad y la necesidad de "Homogeneizar las condiciones laborales a bordo", uno de los �tems que compone la tarea "Registro de Embarcaciones en el MERCOSUR" propuesta en el Subgrupo.

Aclarar el objetivo de la tarea "Tratamiento de las Asimetr�as Econ�mico-Tributarias"

SGT N� 6

Deber� buscar instancias de coordinaci�n con el SGT N� 3 y SGT N� 8 para la consideraci�n de la tem�tica ambiental en la elaboraci�n de reglamentos t�cnicos y reglamentos sanitarios y fitosanitarios.

SGT N� 7

Que aclare el alcance y los objetivos de la tarea relativa al "Programa de compras gubernamentales", incluidas en el punto b) del �tem 3.2. de su propuesta de pauta negociadora y que tenga en cuenta los trabajos que viene realizando el CT N� 4 sobre este tema.

SGT N� 8

Que en su primera reuni�n trate los temas priorizados en el punto seis (6) del Acta N� 3/95 del GMC que se mencionan a continuaci�n:

  1. Armonizaci�n de normas sanitarias, en particular las de aquellos temas que fueron objeto de consultas en la CCM.

  2. An�lisis y resoluci�n de las restricciones y medidas no arancelarias listadas en la Res. N� 32/95 GMC.

SGT N� 1

Que sin perjuicio del inicio de sus trabajos formule su propuesta de pauta negociadora adoptando el formato definido por la Res. N� 20/95 GMC (Justificaci�n y medios necesarios).

Esclarecer los objetivos de la tarea "Normas sobre relaciones laborales" e indicar con precisi�n las medidas necesarias para su ejecuci�n.

REUNION ESPECIALIZADA DE TURISMO

Coordinar con el SGT N� 6 "Medio Ambiente" la ejecuci�n de la tarea "Ecoturismo".

Aclarar los objetivos de la tarea "Parques Tem�ticos" as� como indicar con precisi�n las medidas de naturaleza arancelaria y tributaria, necesarias para su ejecuci�n.

El informe que presente sobre el tema ser� evaluado posteriormente por el GMC con el fin de identificar los niveles de coordinaci�n necesarios para la implementaci�n de la tarea.

Remitir al CT N� 2 "Asuntos Aduaneros" a los efectos de su an�lisis la propuesta de tarea "Polo Tur�stico Internacional de Iguaz�" a fin de que dicho comit� analice la propuesta mencionada.

Coordinar con el CT N� 2 "Asuntos Aduaneros" las siguientes tareas:

- circulaci�n de veh�culos de propiedad de empresas de alquiler de autom�viles;

- gu�a informativa para turistas;

- transporte terrestre tur�stico.

REUNION DE COORDINACION INFORMATICA SAM-SECAD

Definir la instrumentaci�n del Sistema de interconexi�n inform�tico, elevando al GMC una propuesta sobre los Aspectos documentales y de equipamiento. Dicha tarea deber� presentarse al GMC en su pr�xima Reuni�n.