Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES Nº 38/95: Pautas Negociadoras de los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc
VISTO: El Tratado de Asunción y el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión Nº 4/91 del Consejo del Mercado Común, la
Resolución Nº 20/95 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 20/95 GMC instruye a los Subgrupos de Trabajo y Reuniones Especializadas para elaborar propuestas
de pautas negociadoras indicando las tareas prioritarias definidas a la luz de las necesidades de la presente etapa del proceso
de integración, el plazo razonable para su ejecución y los medios necesarios para su realización.
Que deben continuarse los trabajos que profundicen los esquemas de integración del Mercosur y el perfeccionamiento de la
Unión Aduanera y la conclusión de los objetivos del Tratado de Asunción.
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE :
Artículo 1 - Aprobar las Pautas Negociadoras de los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc que
constan como Anexos y forman parte de la presente Resolución.
Artículo 2 - En el desarrollo de dichas pautas los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos Ad-Hoc tendrán en
consideración las instrucciones generales y específicas que constan en los Anexos a la presente Resolución, además de las
instrucciones ya impartidas por el GMC.
ANEXO A LA RES. Nº 38/95
INSTRUCCIONES DE CARACTER GENERAL A LOS SUBGRUPOS DE TRABAJO, REUNIONES
ESPECIALIZADAS Y GRUPOS AD-HOC
Sin perjuicio de las instrucciones impartidas con anterioridad, el GMC instruye lo siguiente:
1. Participación del Sector Privado.
En lo que se refiere a la participación del Sector Privado, los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas y Grupos
Ad-Hoc, deberán ajustarse a lo dispuesto en el Capítulo VII de la Dec. Nº 4/91 CMC.
2. Número y permanencia de Comisiones.
Al definir su estructura organizativa, los Subgrupos de Trabajo y las Reuniones Especializadas mantendrán en un mínimo el
número de Comisiones Permanentes. Podrán convocar Comisiones Ad-Hoc según resulte necesario, para la consideración de
temas específicos a las competencias del órgano respectivo, que hagan al mejor funcionamiento de la Unión Aduanera.
3. Relaciones Externas.
Las iniciativas de las distintas instancias negociadoras vinculadas a las relaciones externas del MERCOSUR con terceros
países, grupos de países u organizaciones internacionales, deben ser sometidas a la aprobación previa del GMC, que decidirá
la manera más adecuada para instrumentar dichas iniciativas.
4. Cooperación Técnica.
Los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas, Grupos Ad-Hoc, la Comisión de Comercio del MERCOSUR y sus
Comités Técnicos someterán a consideración del GMC todas las demandas y ofertas de Cooperación Técnica, las que
deberán ser debidamente justificadas.
La gestión y seguimiento de las mismas es competencia del Comité de Cooperación Técnica.
5. Restricciones y Medidas No Arancelarias.
Los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas, Grupos Ad-Hoc y la Comisión de Comercio del MERCOSUR
incorporarán como una de sus actividades prioritarias la eliminación o armonización de las restricciones y medidas no
arancelarias distribuidas por la Res. Nº 32/95 GMC. Asimismo, las nuevas restricciones y medidas no arancelarias que
pudieran ser identificadas en el futuro, deberán ser objeto de tratamiento prioritario.
6. Interacción con otros Subgrupos, Grupos Ad-Hoc, Comités Técnicos y Reuniones Especializadas.
Los Subgrupos de Trabajo, Reuniones Especializadas, Grupos Ad-Hoc y Comités Técnicos, podrán solicitar informes técnicos
entre sí, manteniendo informado de ello al GMC.
7. Reglamentos Técnicos
En la elaboración de Reglamentos Técnicos, los Subgrupos de Trabajo y Reuniones Especializadas observarán cuando
corresponda, las directrices que sobre la materia elabore el SGT Nº 3 y apruebe el GMC.
ANEXO A LA RES. Nº 38/95
INSTRUCCIONES DE CARACTER ESPECIFICO A LOS SUBGRUPOS DE TRABAJO, REUNIONES
ESPECIALIZADAS Y GRUPOS AD-HOC
SGT Nº 1
Que indique los objetivos que pretende alcanzar, en el plazo de 24 meses, con relación a las siguientes tareas de pautas
negociadoras:
- radiodifusión sonora digital;
- televisión de alta definición (TVAD);
- armonización del uso del espectro radioeléctrico;
- radiodifusión por satélite incluido DTH;
- futuro servicios móviles terrestres (IMT 2000);
- sistemas satelitales; y
- compatibilidad electromagnética.
Que se manifieste previamente sobre la viabilidad y necesidad de ejecución de las siguientes tareas, a la luz de la presente
etapa del proceso de integración:
- compatibilización de las legislaciones vigentes en materia postal ("unificación de las normas que rigen en las actividades
postales en la región");
- políticas tarifarias de correos ("adopción de política tarifaria armonizada para correos"); y
- sello postal del MERCOSUR (creación de un sello postal del MERCOSUR).
Coordinar con el SGT Nº 5 (Transporte e Infraestructura) la ejecución de la tarea "Reconocimiento de licencia para
transportistas" que figura en su propuesta de pauta negociadora.
Coordinar con el CT Nº 2 (Asuntos Aduaneros) la ejecución de la tarea "Asuntos Aduaneros" que figura en su propuesta de
pauta negociadora.
Que aclare si lo que pretende armonizar son reglamentos técnicos obligatorios o normas técnicas voluntarias en la tarea
interconexión de redes de telecomunicaciones.
SGT Nº 2
Que al realizar el estudio comparativo de las legislaciones nacionales, se atenga estrictamente a los aspectos atinentes a su
sector.
SGT Nº 3
Se recuerda que, entre las tareas que le fueron encomendadas en el Acta Nº 3/95 GMC, debe otorgar urgente tratamiento a
las que se mencionan a continuación:
- padrones de identidad y calidad de manzanas y peras consulta Nº 52/95 CCM;
- embalaje de manzanas y otras frutas consulta Nº 90/95 CCM;
- padrones de identidad y calidad y arroz consulta Nº 92/95 CCM; y
- emisión de contaminantes en vehículos automotores.
Que elabore un Reglamento Técnico destinado a diferenciar a los fines comerciales el agua mineral natural y el agua
artificialmente mineralizada.
SGT Nº 4
Considerar en coordinación con el SGT Nº 5 el tema de seguro sobre Transporte Multimodal.
Que sin perjuicio del inicio de sus trabajos formule su propuesta de pauta negociadora adoptando el formato definido por la
Res. Nº 20/95 GMC (Justificación y medios necesarios).
SGT Nº 5
Coordinar con el Comité Técnico Nº 2 (Asuntos Aduaneros) de la CCM la ejecución de las tareas "Facilitación Fronteriza" e
"Facilitación: Acuerdo sobre los Procesos Aduaneros y Administrativos".
Coordinar con el SGT Nº 1 (Comunicaciones) y el CT Nº 2 (Asuntos Aduaneros) la ejecución de la tarea "Acuerdo sobre
Transporte de Encomiendas y Correspondencia en ómnibus de Líneas Regulares".
Coordinar con el CT Nº 7 (Defensa del Consumidor) y Nº 8 (Restricciones y Medidas No Arancelarias) de la CCM cuando
el tratamiento de los ítems referentes a la defensa de usuario y barreras no arancelarias en la ejecución de tareas "Transporte
Fluvial y Marítimo: Acuerdo Multilateral de Transporte de Carga".
Manifestar preliminarmente sobre la viabilidad y la necesidad de "Homogeneizar las condiciones laborales a bordo", uno de los
ítems que compone la tarea "Registro de Embarcaciones en el MERCOSUR" propuesta en el Subgrupo.
Aclarar el objetivo de la tarea "Tratamiento de las Asimetrías Económico-Tributarias"
SGT Nº 6
Deberá buscar instancias de coordinación con el SGT Nº 3 y SGT Nº 8 para la consideración de la temática ambiental en la
elaboración de reglamentos técnicos y reglamentos sanitarios y fitosanitarios.
SGT Nº 7
Que aclare el alcance y los objetivos de la tarea relativa al "Programa de compras gubernamentales", incluidas en el punto b)
del ítem 3.2. de su propuesta de pauta negociadora y que tenga en cuenta los trabajos que viene realizando el CT Nº 4 sobre
este tema.
SGT Nº 8
Que en su primera reunión trate los temas priorizados en el punto seis (6) del Acta Nº 3/95 del GMC que se mencionan a
continuación:
- Armonización de normas sanitarias, en particular las de aquellos temas que fueron objeto de consultas en la CCM.
- Análisis y resolución de las restricciones y medidas no arancelarias listadas en la Res. Nº 32/95 GMC.
SGT Nº 1
Que sin perjuicio del inicio de sus trabajos formule su propuesta de pauta negociadora adoptando el formato definido por la
Res. Nº 20/95 GMC (Justificación y medios necesarios).
Esclarecer los objetivos de la tarea "Normas sobre relaciones laborales" e indicar con precisión las medidas necesarias para su
ejecución.
REUNION ESPECIALIZADA DE TURISMO
Coordinar con el SGT Nº 6 "Medio Ambiente" la ejecución de la tarea "Ecoturismo".
Aclarar los objetivos de la tarea "Parques Temáticos" así como indicar con precisión las medidas de naturaleza arancelaria y
tributaria, necesarias para su ejecución.
El informe que presente sobre el tema será evaluado posteriormente por el GMC con el fin de identificar los niveles de
coordinación necesarios para la implementación de la tarea.
Remitir al CT Nº 2 "Asuntos Aduaneros" a los efectos de su análisis la propuesta de tarea "Polo Turístico Internacional de
Iguazú" a fin de que dicho comité analice la propuesta mencionada.
Coordinar con el CT Nº 2 "Asuntos Aduaneros" las siguientes tareas:
- circulación de vehículos de propiedad de empresas de alquiler de automóviles;
- guía informativa para turistas;
- transporte terrestre turístico.
REUNION DE COORDINACION INFORMATICA SAM-SECAD
Definir la instrumentación del Sistema de interconexión informático, elevando al GMC una propuesta sobre los Aspectos
documentales y de equipamiento. Dicha tarea deberá presentarse al GMC en su próxima Reunión.
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