OEA

Mercado Comum del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COM�N

MERCOSUR/GMC/RES N� 02/00 - Derogaci�n de la Res. GMC N� 43/96 y Derogaci�n del Estandar 2.2 de la Res. N� 59/94


VISTO:   el Tratado de Asunci�n, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones N� 59/94, 43/96 y 74/99 del Grupo Mercado Com�n y la Recomendaci�n N� 2/00 del SGT N� 8 "Agricultura".

CONSIDERANDO:

Que la nueva Convenci�n Internacional de Protecci�n Fitosanitaria (CIPF) en su Art�culo VI incorpora el concepto de Plagas NoCuarentenarias Reglamentadas (PNCR).

Que el concepto de PNCR reemplaza al de Plagas de Calidad(Nocivas) que hab�a sido adoptado por MERCOSUR.

Que la Resoluci�n GMC N� 74/99 aprob� el Est�ndar "Lineamientos para la Identificaci�n de Plagas No Cuarentenarias Reglamentadas (PNCR) y Establecimiento de sus Requisitos Fitosanitarios", la cual fija el marco conceptual para establecer los requisitos paraeste tipo de plagas.

Que, en consecuencia, es necesario derogar la Resoluci�n GMC N� 43/96 que aprob� el "Est�ndar 2.3 - Criterios para la Caracterizaci�n de las Plagas de Calidad (Nocivas)" y el Est�ndar 2.2 - "Principios para la Reglamentaci�n de las Plagas de Calidad (Nocivas)", aprobado por la Res. GMC N� 59/94.


EL GRUPO MERCADO COM�N RESUELVE:

Art. 1- Der�gase la Resoluci�n GMC N� 43/96 "Est�ndar 2.3 Criterios para la Caracterizaci�n de las Plagas de Calidad (Nocivas)".

Art. 2- Der�gase parcialmente la Resoluci�n GMC N� 59/94, en lo referido al "Est�ndar 2.2 - Principios para la Reglamentaci�n delas Plagas de Calidad (Nocivas)".

Art. 3- Los Estados Partes pondr�n en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente Resoluci�n a trav�s de los siguientes organismos:

Argentina:  

  • Secretar�a de Agricultura, Ganader�a, Pesca y Alimentaci�n.- SAGPyA 
  • Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria - SENASA 
  • Instituto Nacional de Semillas - INASE

Brasil:  

  • Minist�rio da Agricultura e do Abastecimento - MA
  • Secretaria da Defesa Agropecu�ria- SDA
  • Secretaria de Apoio Rural e Cooperativismo - SARC

Paraguay:  

  • Ministerio de Agricultura y Ganader�a - MAG 
  • Direcci�n de Defensa Vegetal - DDV 
  • Direcci�n de Semillas - DISE

Uruguay:  

  • Ministerio de Ganader�a, Agricultura y Pesca MGAyP 
  • Direcci�n General de Servicios Agr�colas DGSA 
  • Instituto Nacional de Semillas - INASE

Art. 4- Los Estados Partes del MERCOSUR deber�n incorporar la presente Resoluci�n a sus ordenamientos jur�dicos nacionales antes del d�a 5/VII/00.


XXXVII GMC - Buenos Aires, 5/IV/00