OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COM�N

MERCOSUR/GMC/RES N� 4/98 - Pauta Negociadora del Subgrupo de Trabajo (SGT)  N� 11


PAUTA NEGOCIADORA DEL SGT N� 11

 

VISTO:

El Tratado de Asunci�n, el Protocolo de Ouro Preto, las Resoluciones N� 20/95 y 151/96 del Grupo Mercado Com�n, y la Recomendaci�n N� 1/97 del Subgrupo de Trabajo N� 11 "Salud".

CONSIDERANDO:

Que los Estados Partes tienen el compromiso de armonizar sus legislaciones sectoriales con el objetivo de profundizar el proceso de integraci�n regional.

Que la Resoluci�n GMC N� 20/95 instruye a los Subgrupos de Trabajo y Reuniones Especializadas a elaborar propuestas de pautas negociadoras indicando las tareas prioritarias definidas a la luz de las necesidades de la presente etapa del proceso de integraci�n, el plazo razonable para su ejecuci�n y los medios necesarios para su realizaci�n.

Que la Resoluci�n GMC N� 151/96 establece que el SGT N� 11 "Salud" debe elaborar la propuesta de sus Pautas Negociadoras.

EL GRUPO MERCADO COM�N RESUELVE:

Art. 1 - Aprobar la "Pauta Negociadora del Subgrupo de Trabajo N� 11 "Salud", que consta como Anexo y forma parte de la presente Resoluci�n.

 

ANEXO

 

PAUTA NEGOCIADORA - TAREAS PRIORITARIAS Y PLAZOS SGT 11 - SALUD

 

TAREA GENERAL

Armonizar los par�metros de calidad de los bienes, servicios y factores productivos del �rea de salud y los mecanismos de control sanitario de los Estados Partes a los fines de eliminar los obst�culos t�cnicos al comercio y lograr el fortalecimiento del proceso de integraci�n regional.

PAUTAS DE ACCI�N

  • Armonizar/compatibilizar las legislaciones en el �rea de la salud identificadas como necesarias al proceso de integraci�n y aquellas que se identifiquen como obst�culos a los flujos de comercio Intra-MERCOSUR.
  • Compatibilizar los sistemas de Control Sanitario de los Estados Partes, de forma de asegurar el reconocimiento mutuo en el �mbito del MERCOSUR.
  • Definir el relacionamiento [sic.] del SGT N�11 "Salud" con las dem�s instancias del MERCOSUR, buscando la integraci�n y complementaci�n [sic.] de acciones.
  • Proponer procedimientos de organizaci�n de informaci�n referente al �rea de la Salud entre los Estados Partes.

TAREAS DE LOS COORDINADORES NACIONALES

1. Organizar las actividades del Subgrupo de Trabajo, definiendo prioridades y metodolog�as de trabajo.

2. Acompa�ar y evaluar los resultados de las negociaciones en las distintas �reas de trabajo.

3. Mantener el relacionamiento [sic.] con los otros Subgrupos de Trabajo, Grupos Ad-Hoc, Comit� de Cooperaci�n T�cnica, Reuniones Especializadas y Comit�s T�cnicos.

4. Organizar un sistema de informaci�n y notificaci�n.

5. Proponer y ejecutar proyectos de cooperaci�n t�cnica internacional en su �rea de competencia.

AREAS DE TRABAJO

1. Productos para la Salud.

2. Vigilancia Epidemiol�gica y Control Sanitario de Puertos, Aeropuertos, Terminales y Pasos Fronterizos.

3. Prestaci�n de Servicios de Salud.

Las �reas de trabajo estar�n bajo la coordinaci�n de un responsable de �rea e integradas por unidades de trabajo. Las �reas y unidades no tendr�n, en general, car�cter permanente y se disolver�n una vez concluido el an�lisis de los temas.

1. PRODUCTOS PARA LA SALUD

  • Plazo estimado 24 meses.

Se decidi� adoptar la misma estructura y las mismas pautas negociadoras ya aprobadas por Resoluci�n GMC N� 38/95 y sus posteriores modificaciones de la Comisi�n de Productos para la Salud del Subgrupo de Trabajo N� 3 "Reglamentos T�cnicos".

2. VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA Y CONTROL SANITARIO DE PUERTOS, AEROPUERTOS, TERMINALES Y PASOS FRONTERIZOS.

  • Plazo estimado 24 meses

2.1. VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA:

a) An�lisis y armonizaci�n del Listado de Enfermedades de Notificaci�n Obligatoria para el MERCOSUR.

b) Sistema de Informaci�n Epidemiol�gica.

c) Armonizaci�n de programas de control de enfermedades prioritarias. Revisi�n de normas (manejo de casos y diagn�stico). Evaluaci�n epidemiol�gica previa. An�lisis de prioridades. Armonizaci�n de esquemas terap�uticos.

d) Toxicolog�a.

2.2. CONTROL SANITARIO DE PUERTOS, AEROPUERTOS, TERMINALES Y PASOS FRONTERIZOS:

a) Revisi�n de las normas correspondientes

b) Armonizaci�n de los procedimientos de control

c) Sistema de informaci�n

El control sanitario en Puertos, Aeropuertos, Terminales y Pasos Fronterizos, basado en el Reglamento Sanitario Internacional, comprende un conjunto de acciones que tienen por finalidad identificar exclusivamente los factores de riesgo sanitario ocasionados por el transito de viajeros, productos, medios de transporte, terminales y cargas.

Las Autoridades Sanitarias de los pa�ses deben tener en cuenta las informaciones y los par�metros epidemiol�gicos, a fin de dirigir sus acciones de control en forma uniforme en los puntos de entrada de los Estados Partes del Mercosur.

3. PRESTACI�N DE LOS SERVICIOS DE SALUD

  • Plazo estimado 24 meses

3.1. PRESTACION DE SERVICIO DE SALUD:

a) Habilitaci�n de establecimientos e instituciones de salud. Procedimiento y requisitos.

b) Armonizaci�n de normas de atenci�n en �reas prioritarias.

c) Niveles de atenci�n y complejidad de los servicios.

d) Coordinaci�n de actividades de promoci�n y prevenci�n.

3.2. EJERCICIO PROFESIONAL:

a) Requisitos de habilitaci�n profesional para el nivel superior, t�cnico y auxiliar.

b) Sistema de control del ejercicio profesional.

c) Reconocimiento de especialidades.

d) Programas conjuntos de adiestramiento en servicio y fortalecimiento de entidades de salud formadoras de Recursos Humanos.

3.3. TECNOLOGIA EN SALUD:

a) An�lisis de la tecnolog�a y definici�n de tecnolog�a apropiada.

b) Calidad de la tecnolog�a.

c) Uso de la tecnolog�a.

d) Incorporaci�n de tecnolog�a.