OEA


Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COM�N

MERCOSUR/GMC/RES N� 16/04: PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD DE APOYO T�CNICO A LA SECRETAR�A DEL MERCOSUR
 


VISTO: El Tratado de Asunci�n, el Protocolo de Ouro Preto y la Decisi�n N� 30/02 del Consejo del Mercado Com�n.

CONSIDERANDO:

Que el art�culo 1 de la Decisi�n CMC N� 30/02 estableci�, en el marco de la transformaci�n de la Secretar�a Administrativa del MERCOSUR (SAM) en Secretar�a T�cnica, un Sector de Asesor�a T�cnica (SAT) que tiene entre sus atribuciones, la tarea de prestar apoyo t�cnico a los �rganos del MERCOSUR.

Que resulta conveniente reglamentar el env�o de solicitudes de apoyo t�cnico a la SM a los efectos de optimizar su din�mica de trabajo y de ordenar las tareas que se le solicitan.

EL GRUPO MERCADO COM�N
RESUELVE:

Art. 1 - Las solicitudes de apoyo t�cnico a que se refiere el Anexo I punto 2. a) de la Decisi�n CMC N� 30/02, deber�n ser encaminadas al Director de la SM, a trav�s de los �rganos decisorios del MERCOSUR o de la CRPM.

Art. 2 - Los �rganos que dependen del Consejo del Mercado Com�n encaminar�n sus solicitudes a trav�s del Coordinador Nacional del Grupo Mercado Com�n del Estado que ejerce la Presidencia Pro Tempore con copia a las dem�s Coordinaciones.

Art. 3 - Las solicitudes deber�n contener una clara descripci�n de la tarea que se solicita y una justificaci�n de su necesidad y su importancia para el MERCOSUR o para el desarrollo de una negociaci�n particular.

Art. 4 - Los t�rminos de las solicitudes deben ser consensuados en el �mbito del �rgano del que emanan y no involucrar�n cuestiones que sean objeto de controversias entre los Estados Partes.

Art. 5 - Esta Resoluci�n no necesita ser incorporada al ordenamiento jur�dico de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organizaci�n o del funcionamiento del MERCOSUR.
 

LIV GMC - Buenos Aires, 25/VI/04