OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 18/92: Tipificación de contenidos en alimentos envasados.


VISTO

El Tratado de Asunci�n suscrito el 26 de marzo de 1991, y la Recomendaci�n Nro. 8 del Subgrupo de Trabajo Nro.3 -Normas T�cnicas-, y

CONSIDERANDO:

Que en los distintos Estados Partes las condiciones de presentaci�n de venta de los productos alimentarios en envases previos y cerrados difieren entre s�, obstaculizando a trav�s de las diversas disposiciones vigentes los intercambios de los productos y que es necesario proceder a la aproximaci�n de dichas disposiciones;

Que para tal fin, los Estados Partes han acordado adecuar sus legislaciones, de modo de posibilitar el libre intercambio de productos envasados;

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Artículo 1. Los Estados Partes no podr�n prohibir ni restringir la comercializaci�n de los productos alimentarios envasados que cumplan con lo establecido en el Anexo I de la presente Resoluci�n, por motivos referentes a contenidos netos.

Artículo 2. Los Estados Partes pondr�n en vigencia las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la presente resoluci�n y comunicar�n el texto de las mismas al Grupo Mercado Com�n.

Artículo 3. Lo establecido en el Art�culo 1ro. de la presente Resoluci�n, no se aplicar� obligatoriamente a los alimentos envasados destinados a la exportaci�n a terceros pa�ses.

Artículo 4. La presente Resoluci�n comenzar� a regir a partir del 1ro. de enero de 1993.