OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 18/96: Acciones puntuales en el �mbito arancelario


VISTO:

El Tratado de Asunci�n, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N� 7/94 y 22/94 del Consejo del Mercado Com�n y la Resoluci�n N� 7/95 del Grupo Mercado Com�n.

CONSIDERANDO:

Que los planes de estabilidad econ�mica adoptados en los pa�ses dle Mercosur pueden requerir acciones puntuales de corto plazo en el �mbito arancelario, con vigencia por tiempo limitado y car�cter excepcional,

Que el Grupo Mercado Com�n ha examinado medidas conyuntuarles espec�ficas de esta naturaleza solicitadas por el Gobierno brasile�o

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE :

Art�culo 1. Autorizar a la Rep�blica Federativa del Brasil a aplicar, por un per�odo de tres meses, las al�cuotas arancelarias para los productos que constan en el Anexo a la presente Resoluci�n.

Art�culo 2. Los dem�s Estados Partes, durante el per�odo establecido en el art�culo anterior, podr�n aplicar las mismas al�cuotas arancelarias que constan en el Anexo a la presente Resoluci�n.

Art�culo 3. La presente Resoluci�n entrar� en vigencia a partir del d�a 29 de abril de 1996.

C�DIGO

DESCRI��O T E C (%) PROPOSTA

BRASIL

2207.10.00 �lcool et�lico n�o desnaturado, com teor alco�lico em volume igual ou superior a 80 % vol. 20 0

2207.20.10 �lcool et�lico 20 0

2926.90.91 Adiponitrila (1,4-Dicianobutano) 12 2

3306.10.00 Dentifr�cios 18 2

3306.90.00 Outros 18 2

3401.19.00 Outros 18 2

3401.20.90 Outros 18 2

5402.49.10 Elastom�ricos 16 6

7612.90.19 Outros 16 2

8309.90.00 Outros 16 2