OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COM�N

MERCOSUR/GMC/RES N� 18/97: Documentos Mercosur


VISTO:

El Tratado de Asunci�n, el Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones N�4/91 y 13/91 del Consejo del Mercado Com�n.

CONSIDERANDO:

Que es necesario definir una pol�tica de acceso a la informaci�n generada en el proceso de integraci�n del MERCOSUR;

Que la transparencia debe ser el criterio general de esa pol�tica;

Que los distintos foros del MERCOSUR deben establecer, cuando fuera necesario, excepciones a esa regla, en funci�n de la naturaleza de los temas abordados o de su estado de negociaci�n;

Que esos criterios orientar�n el trabajo a ser desarrollado por la Secretar�a Administrativa del MERCOSUR en sus funciones de archivo, sistematizaci�n y difusi�n de estos documentos.


EL GRUPO MERCADO COM�N RESUELVE:

Art. 1 - Tendr�n car�cter p�blico las Decisiones del CMC, las Resoluciones del GMC, las Directivas de la CCM, los Laudos Arbitrales (parte resolutiva) y los Comunicados Conjuntos de los Presidentes.

Art. 2 - Las actas y documentos de trabajo, as� como sus anexos, emanadas de los �rganos de la estructura institucional y dem�s foros del MERCOSUR ser�n p�blicas.

Art. 3 - Sin perjuicio de lo expuesto en el art�culo anterior, los �rganos de la estructura institucional y los dem�s foros del MERCOSUR podr�n decidir, en forma expresa, el car�cter reservado de los documentos o sus anexos cuando as� se requiriera, en virtud de la naturaleza de los temas abordados o por encontrarse en proceso de negociaci�n.

Art. 4 - Los documentos reservados ser�n de acceso exclusivo de los delegados oficiales de los Estados Partes del MERCOSUR, signatarios del Tratado de Asunci�n.



XXVI GMC - Asunci�n, 17/VI/97