MERCOSUR/XLVII GMC/RES. N° 55/02: ARANCEL EXTERNO COMÚN
VISTO: El Tratado
de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y las Decisiones Nº 7/94, 22/94
e 68/00 del Consejo del Mercado Común;
CONSIDERANDO:
Que la Decisión CMC Nº 68/00 permite en su art. 8 que el GMC autorice
las modificaciones de las listas de excepción de 100 item NCM que sean
necesarias en adición a las alteraciones semestrales ;
EL GRUPO MERCADO COMUN
RESUELVE:
Art. 1 – Autorizar, con
caracter extraordinario, a la República Federativa del Brasil a incluir
en su lista de excepciones de 100 item NCM establecida por la Decisión
CMC Nº 68/00 el producto NCM 1005.90.10 “Maíz en grano” con una alícuota
de 2% para una cantidad de 600.000 toneladas hasta el 28 de febrero de
2003.
XLVIII GMC, Brasília, 28/XI/02