OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES Nro. 55/92: Envases y equipamientos de vidrio y cer�mica


VISTO El art�culo 13 del Tratado de Asunci�n, el art�culo 10 de la Decisi�n N�4/91 del Consejo Mercado Com�n y la Recomendaci�n N�4/92 del Subgrupo de Trabajo N�3 - Normas T�cnicas -, y

CONSIDERANDO

Que, habi�ndose fijado los criterios generales de envases y equipamientos en contacto con alimentos en la Resoluci�n GMC N�3/92, resulta necesario proceder a la armonizaci�n de las especificaciones t�cnicas para la clasificaci�n de materiales acordada en la Resoluci�n mencionada;

Que de acuerdo a estos criterios, se considera conveniente disponer de una normativa com�n sobre envases y equipamientos de vidrio y cer�mica destinados a entrar en contacto con alimentos;

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

ARTICULO 1: Los envases y equipamientos de vidrio y cer�mica que se comercialicen entre los Estados Partes del MERCOSUR, deber�n cumplir con lo establecido en el Anexo:
"Envases y equipamientos de vidrio y cer�mica destinados a entrar en contacto con alimentos".

ARTICULO 2: Lo establecido en el ARTICULO 1� no se aplicar� obligatoriamente a los alimentos envasados destinados a la exportaci�n a terceros pa�ses.

ARTICULO 3: Los organismos competentes de los Estados Partes adoptar�n las medidas pertinentes a efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente.