Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMÚN
MERCOSUR/GMC/
RES N°15/02 - ESTRUCTURA Y MANUAL DE CARGOS Y FUNCIONES DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DEL
MERCOSUR
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la
Decisión Nº 24/00 del Consejo del Mercado Común y las Resoluciones
Nº 67/96, 42/97, 74/98, 92/00 y 93/00 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
La conveniencia de fortalecer la Secretaría Administrativa del
MERCOSUR con vistas a obtener un mejor desempeño de las tareas que
le fueran atribuidas por el Protocolo de Ouro Preto.
La necesidad de adaptar la estructura inicial básica de la
Secretaría Administrativa del MERCOSUR, aprobada por la Resolución
Nº 67/96 del Grupo Mercado Común, a las necesidades actuales del
proceso de integración.
Lo resuelto por la XXIV Reunión Extraordinaria del GMC que decidió
transformar un cargo de Asistente de Apoyo del Sector Documentación
y Divulgación en Técnico de Divulgación, sin que ello tenga
incidencia sobre el Presupuesto total de la SAM.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1.- Aprobar la “Estructura y Manual de Cargos y
Funciones de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR”. El Manual
de Cargos y Funciones de la SAM figura como Anexo y forma parte de
la presente Resolución.
Art. 2.- Quedan derogadas las Resoluciones GMC N° 92/00 y
93/00.
Art. 3 – Quedan derogadas todas las disposiciones de las
Resoluciones Nº 67/96, 42/97 y 74/98 que se opongan a la presente
Resolución.
Art. 3 - Esta Resolución no necesita ser incorporada al
ordenamiento jurídico de los Estados Partes, por reglamentar
aspectos de organización o funcionamiento del MERCOSUR.
ESTRUCTURA DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DEL MERCOSUR
01. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y DISTRIBUCIÓN DE CARGOS
La estructura organizativa de la Secretaría Administrativa del
MERCOSUR consta de una Dirección y cuatro Sectores, a saber:
Dirección (2 cargos):
a) Director de la SAM
b) Secretaria
Sector de Normativa (7 cargos):
a) Jefe del Sector de Normativa
b) Técnico en Normativa
c) Técnico en Normativa
d) Asistente de Apoyo
e) Asistente de Apoyo
f) Asistente Técnico en Normativa
g) Asistente Administrativo
Sector de Documentación y Divulgación (7 cargos)
a) Jefe del Sector de Documentación y Divulgación
b) Técnico en Documentación
c) Técnico de Divulgación
d) Asistente de Apoyo
e) Asistente de Apoyo
f) Asistente Técnico en Documentación y Divulgación
g) Asistente Administrativo
Sector de Informática (3 cargos):
a) Jefe del Sector de Informática
b) Técnico en Informática
c) Asistente Administrativo
Sector de Administración (8 cargos):
a) Jefe del Sector de Administración
b) Técnico en Contabilidad
c) Técnico en Presupuesto
d) Técnico en Recursos Humanos
e) Recepcionista
f) Recepcionista
g) Operador de Fotocopiadora
h) Mensajero
Estructura
de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR
Dirección
Director
Secretaria |
Normativa |
Documentación y Divulgación |
Administración |
Informática |
Jefe de Sector |
Jefe de Sector |
Jefe de Sector |
Jefe de Sector |
Técnico en Normativa
|
Técnico en Documentación |
Técnico en Contabilidad |
Técnico en Informática |
Técnico en Normativa
|
Técnico de Divulgación |
Técnico en Presupuesto |
Asistente Administrativo |
Asistente de Apoyo |
Asistente de Apoyo |
Técnico en Recursos humanos |
|
Asistente de Apoyo |
Asistente de Apoyo |
Recepcionista |
|
Asistente Técnico en Normativa
|
Asistente Técnico en Documentación y Divulgación |
Recepcionista |
|
Asistente Administrativo
|
Asistente Administrativo |
Operador de Fotocopiadora |
|
|
|
Mensajero |
|
02. APOYO LOGÍSTICO A REUNIONES:
La organización del apoyo logístico a las reuniones del MERCOSUR
incumbirá a una coordinación inter-sectorial, bajo la responsabilidad
del Jefe del Sector de Administración.
Para facilitar la movilización de los recursos humanos necesarios para
el adecuado desempeño de esa tarea, los Sectores de Documentación y
Normativa, contarán con Asistentes de Apoyo los cuales serán
especialmente entrenados para atender a las necesidades corrientes de
las reuniones negociadoras.
El número y el perfil de los funcionarios que integrarán los equipos de
apoyo de la SAM a cada reunión serán definidos por la Presidencia Pro
Tempore, cabiendo al Director de la SAM, con base a esos parámetros y
respetadas las limitaciones presupuestarias formar el equipo de apoyo,
integrado por funcionarios de los cuatro sectores, designando, en todos
los casos, un Jefe de equipo, a fin de facilitar la coodinación con la
Presidencia Pro Tempore.
03. RESPONSABILIDAD DE LOS SECTORES
Los cuatro Sectores de la Secretaría Administrativa del MERCOSUR tendrán
las siguientes responsabilidades:
Sector de Normativa (SN)
El SN será responsable por todas las actividades de apoyo requeridas por
la Presidencia Pro Tempore durante el proceso de elaboración, aprobación
e implementación de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR,
desde su negociación hasta la notificación de la plena incorporación de
las mismas a los ordenamientos jurídicos de los Estados Partes.
Será responsable, además, por la sistematización, compilación y
gerenciamiento de informaciones en apoyo a los demás órganos del
MERCOSUR, así como por el acompañamiento de la tramitación de Consultas,
Reclamaciones y Controversias y por la elaboración del Boletín Oficial
del MERCOSUR.
Cabrá al SN, especialmente asistir al Director de la SAM en el
cumplimiento de las tareas atribuidas a la Secretaría en el
procedimiento de Solución de Controversias del MERCOSUR (Protocolo de
Brasilia), en el Procedimiento General para Reclamaciones ante la
Comisión de Comercio del MERCOSUR (Anexo al Protocolo de Ouro Preto) y
en los procedimientos de Solución de Controversias acordados en los
acuerdos firmados por el MERCOSUR con terceros países, grupos de países
u organismos internacionales.
Apoyo al proceso de elaboración e implementación de normas en el
MERCOSUR:
1) Análisis de los proyectos y propuestas de normas elevados por
los foros técnicos a consideración de los órganos decisorios del
MERCOSUR:
El SN deberá asegurar la calidad formal y lingüística de los proyectos y
propuestas de normas a ser sometidos a consideración del Consejo del
Mercado Común, del Grupo Mercado Común y de la Comisión de Comercio del
MERCOSUR.
2) Traducciones:
El SN deberá proceder a la revisión de las versiones en idiomas español
y portugués de los proyectos de norma, así como asegurar la efectiva
correspondencia de los textos en los dos idiomas, antes de su
consideración por los órganos decisorios del MERCOSUR.
EL SN deberá además realizar, en coordinación con los Estados Partes,
las traducciones auténticas para los idiomas español y portugués de
todas las decisiones adoptadas por los órganos de la estructura
institucional del MERCOSUR.
3) Incorporación de las normas del MERCOSUR al ordenamiento
jurídico de los Estados Partes:
El SN deberá ejecutar las siguientes tareas:
-
Registrar las
notificaciones de los Estados Partes relativas a la incorporación de las
normas del MERCOSUR a los ordenamientos jurídicos nacionales;
-
Archivar las normas
nacionales por medio de las cuales los Estados Partes hayan incorporado
a sus respectivos ordenamientos jurídicos las normas del MERCOSUR;
-
Comunicar a los Estados
Partes la conclusión del proceso de incorporación de las normas del
MERCOSUR al ordenamiento jurídico de los cuatro países;
-
Mantener actualizada
una lista con el estado de incorporación de las normas del MERCOSUR en
los Estados Partes.
4) Intervención en los procedimientos de solución de controversias y de
Reclamaciones ante la Comisión de Comercio del MERCOSUR:
El SN deberá ejecutar las siguientes tareas:
-
Asistir al Director de
la SAM en la ejecución de las tareas relativas a la intervención de la
Secretaría en el procedimiento de Solución de Controversias del MERCOSUR,
en el procedimiento general para Reclamaciones ante la Comisión de
Comercio del MERCOSUR y en los procedimientos de solución de
controversias acordados en los acuerdos firmados por el MERCOSUR con
terceros países, grupos de países u organismos internacionales;
-
Registrar las
listas nacionales de árbitros y especialistas, así como desempeñar otras
tareas determinadas en el Procedimiento de Solución de Controversias del
MERCOSUR:
-
Registrar las listas de
especialistas nacionales y extranjeros previstas en el régimen de
solución de controversias en los acuerdos firmados por el MERCOSUR con
terceros países, grupos de países u organismos internacionales.
Elaborar el Boletin
Oficial del MERCOSUR, en los términos establecidos en el Protocolo de
Ouro Preto
Apoyo logísitico a las reuniones
El SN deberá prestar apoyo a las reuniones del MERCOSUR, en especial
en lo que concierne a la elaboración y traducción de la normativa en
examen.
Sector de Documentación y Divulgación (SDD):
El SDD será responsable por la formación, organización y mantenimiento
del archivo oficial de la documentación del MERCOSUR, en medio físico y
magnético, así como por la adopción de las medidas necesarias de
difusión de los documentos y normas aprobados por los órganos de la
estructura institucional del MERCOSUR.
Archivo y difusión de la documentación y de las normas del MERCOSUR:
1) Archivo oficial de la documentación (medios físico y magnético):
El SDD deberá ejecutar las siguientes tareas:
-
Organizar y
mantener actualizado el archivo oficial del MERCOSUR, el que deberá
estar conformado por toda la documentación emanada de los órganos de la
estructura institucional del MERCOSUR, así como por todos los
instrumentos firmados por el MERCOSUR con terceros países, grupos de
países u organismos internacionales;
-
Mantener actualizada la
Base de Datos de la SAM, la que deberá estar estructurada de manera de
viabilizar consultas por tema, órgano emisor o tipo de norma;
-
Cotejar las versiones
en medio físico y magnético de las actas y de sus anexos y, en caso de
discrepancia entre las mismas, proceder a la corrección pertinente en la
versión en medio magnético;
-
Mantener actualizada la
lista de Decisiones, Resoluciones y Directivas, así como de proyectos de
normas elevados por los foros técnicos a consideración de los órganos
decisorios del MERCOSUR;
2) Divulgación:
El SDD deberá ejecutar las siguientes tareas:
-
Editar y divulgar el
Boletín Oficial del MERCOSUR, elaborado por el Sector de Normativa
-
Mantener actualizada la
lista de destinatarios del Boletín Oficial del MERCOSUR y
responsabilizarse por la divulgación y distribución del mismo;
-
Seleccionar y encaminar
al Sector de Informática, para su incorporación en la página WEB, toda
la documentación de carácter público emanada de los órganos de la
estructura institucional del MERCOSUR;
-
Velar, en los casos
pertinentes, por la confidencialidad de la documentación del MERCOSUR;
-
Atender las consultas
internas y externas sobre la documentación emanada del proceso
negociador y las normas adoptadas en el ámbito del MERCOSUR.
Apoyo logísitico a
las reuniones
El SDD deberá prestar apoyo operativo a las reuniones de los órganos
MERCOSUR, en especial en lo que concierne a la organización de la
documentación en examen.
Sector de Informática (SI)
El SI será responsable por la prestación de asistencia técnica
informática al conjunto de la SAM, por la seguridad del sistema
informático de la SAM, por el perfeccionamiento técnico de la Base de
Datos de la Secretaría y por la actualización de la página WEB del
MERCOSUR.
El SI deberá ejecutar las siguientes tareas:
-
Prestar asistencia
técnica informática a todos los sectores de la SAM, incluso en la
organización logística de las reuniones
-
Definir e implementar
los métodos de seguridad del sistema de informática de la SAM;
-
Responsabilizarse por
el perfeccionamiento técnico y por la seguridad de la Base de Datos de
la SAM;
-
Mantener actualizada la
página WEB del MERCOSUR, mediante la incorporación de las informaciones
provistas por el Sector Documentación y Divulgación;
-
Mantener actualizado el
calendario de reuniones del proceso negociador en la página WEB del
MERCOSUR, mediante la incorporación de las informaciones específicas
provistas por el Sector Documentación y Divulgación.
Sector de Administración (SA)
El SA será responsable por todas las actividades relativas a la
administración financiera, patrimonial y de recursos humanos de la SAM.
El SA será responsable, además, de los servicios concernientes al
mantenimiento de la SAM.
1. Administración financiera y patrimonial:
El SA deberá ejecutar las siguientes tareas:
-
Elaborar el proyecto de
presupuesto de la SAM, a ser aprobado por el Grupo Mercado Común;
-
Practicar todos los
actos necesarios para la correcta ejecución del presupuesto de la SAM y
mantener los registros contables correspondientes;
-
Preparar la Rendición
de Cuentas anual de la SAM, a ser aprobada por el Grupo Mercado Común;
-
Asistir al Director de
la SAM en el establecimiento del Plan Anual de Compras e Inversiones de
la Secretaría;
-
Ejecutar los actos de
compra y venta de bienes y contratación de servicios para la SAM, de
conformidad con las normas y procedimientos establecidos;
-
Efectuar pagos a
acreedores, registrar y controlar la liquidación de créditos y débitos,
emitir documentos de pago y recibos, hacer transferencias y
responsabilizarse por la custodia de fondos y valores de la SAM;
-
Mantener actualizado,
correctamente evaluado e identificado el inventario de bienes de la SAM;
-
Mantener el sistema de
registro y control de proveedores
2.
Administración de recursos humanos:
El SA deberá ejecutar las siguientes tareas:
-
Administrar los
recursos humanos de la SAM;
-
Planificar e
implementar, en coordinación con los demás sectores de la Secretaría,
planes de capacitación del personal de la SAM;
-
Asegurar el adecuado
registro de asistencias, ausencias y alejamientos del personal de la
SAM;
-
Asistir al Director de
la SAM en la aplicación del régimen disciplinario de los funcionarios de
la Secretaría.
3. Servicios:
El SA deberá ejecutar las siguientes tareas:
-
Funcionar como centro
de comunicaciones de la SAM (teléfono, fax y correo electrónico);
-
Funcionar como centro
de recepción, distribución y expedición de correspondencia de la SAM;
-
Planear y supervisar la
ejecución de los servicios de portería, limpieza y seguridad de la SAM;
-
Ejecutar los servicios
de fotocopia y mensajería de la SAM;
-
Asistir al
Director de la SAM en cuestiones de protocolo.
XLV GMC – Buenos Aires, 18/IV/02
|