Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
DECISIONES DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
MERCOSUR/CMC/DEC.
Nº 03/02 -
Acuerdo sobre
el Proyecto "Fomento de Gestión Ambiental y Producción más limpia en
pequeñas y medianas empresas"
VISTO:
El
Tratado de Asunción, el
Protocolo de Ouro Preto y la Decisión Nº
10/91 del Consejo del Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que en el marco de la
estrategia del relacionamiento externo del MERCOSUR, una de las
prioridades, ha sido la celebración de Acuerdos que incrementen los
vínculos económicos con otros países o agrupaciones de países;
Que la experiencia de la
República Federal de Alemania en procesos de gestión ambiental resulta
de interés al MERCOSUR;
Que existe un concreto
interés del MERCOSUR en fomentar la gestión empresarial ecológica y los
procesos de producción limpios en las pequeñas empresas.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 - Aprobar la
firma del Acuerdo por Canje de Notas del Proyecto “Fomento de Gestión
Ambiental y Producción más Limpia en Pequeñas y Medianas Empresas", en
las versiones en idiomas español y portugués, que consta como Anexo y
forma parte de la presente Decisión.
Art. 2 - Delegar al
Grupo Mercado Común la firma del Acuerdo por Canje de Notas indicado en
el Artículo 1 de la presente Decisión.
Art. 3 - Esta Decisión
no necesita ser incorporada a los ordenamientos jurídicos de los Estados
Partes por reglamentar aspectos de organización o funcionamiento del
MERCOSUR.
III CMC EXT - Buenos
Aires, 18/II/02
Buenos Aires, 18 de
febrero de 2002.-
Sr. Embajador:
Tenemos el honor de dirigirnos a Vuestra Excelencia con relación a su
nota del 5 de febrero de 2002, referida a la propuesta de celebración
del Acuerdo sobre el Proyecto "Fomento de la Gestión Ambiental y de
Producción Más Limpia en Pequeñas y Medianas Empresas”, entre los
Estados Partes del MERCOSUR y la República Federal de Alemania, cuya
versión en idioma español, textualmente dice:
“Señores Coordinadores
Nacionales:
En base a los acuerdos
bilaterales sobre Cooperación Técnica mencionados en número 8 y con
referencia a la coordinación recíproca en la fase preparatoria tengo el
honor de proponerles, en nombre del Gobierno de la República Federal de
Alemania, el siguiente Acuerdo sobre el proyecto "Fomento de la
Gestión Ambiental y de Producción Más Limpia en Pequeñas y Medianas
Empresas":
A S.E. el Sr. Embajador
de la República Federal
de Alemania
Sr. Jürgen KRIEGHOFF
MONTEVIDEO
1. El Gobierno de la República Federal de
Alemania y el Mercado Común del Sur (en adelante MERCOSUR), representado
por el Grupo Mercado Común (GMC), que actúa por autorización explícita
del Consejo del Mercado Común promoverán conjuntamente el proyecto "Fomento
de la Gestión Ambiental y de Producción Más Limpia en Pequeñas y
Medianas Empresas".
2. Objetivo del proyecto
El
objetivo del proyecto consiste en fomentar la gestión empresarial
ecológica y los procesos de producción limpios en las pequeñas y
medianas empresas mediante la cooperación entre las instituciones
relevantes del sector público y privado de los Estados Partes del
MERCOSUR.
El
presente proyecto se inscribe en el área temática “Competitividad y
Medio Ambiente” de la agenda del Subgrupo de Trabajo No. 6 Medio
Ambiente (SGT 6);
3. Los Aportes del Gobierno de la República
Federal de Alemania consistirán en:
a) Enviar
- un experto en gestión ambiental y
protección ambiental urbano-industrial en función de coordinador del
aporte alemán por un periodo total de hasta 24 meses / experto;
- expertos internacionales en misión a corto
plazo especializados en gestión ambiental a nivel empresarial, procesos
de producción más limpia, estándares ambientales y estrategias de
fomento en el marco de la política ambiental, por un total de hasta 6
meses / experto;
- en caso necesario, asistentes u oyentes en
el marco del programa de promoción de jóvenes expertos de la Deutsche
Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ) GmbH, lo cual será
financiado por separado al presente Proyecto. Estos asistentes/oyentes
trabajarán en el proyecto a efectos de su formación y perfeccionamiento
y asumirán tareas especiales dentro del mismo.
b) Poner a disposición in situ:
- expertos locales en misión a largo plazo
especializados en procesos de producción más limpia, gestión de
proyectos e información y perfeccionamiento ambiental, por un total de
hasta 56 meses / experto;
- expertos locales en misión a corto plazo
especializados en gestión ambiental a nivel empresarial, derecho
ambiental y comunicación ambiental, por un total de hasta 6 meses /
experto;
- un empleado local para trabajos de
secretaria y tareas administrativas en el marco del proyecto, por un
total de hasta 24 meses / experto.
c) Suministrar bienes materiales para el
proyecto, en particular
- materiales para el tratamiento electrónico
de datos, comunicación, entrenamiento y relaciones públicas;
- un vehículo para el proyecto
por un valor total de hasta 91.009,- Euros (en letras: noventa y un mil
nueve Euros).
Dichos bienes estarán enteramente a disposición del proyecto y de los
expertos enviados para el cumplimiento de sus tareas durante toda la
duración del proyecto.
d) Asumir los gastos de
- alojamiento de los expertos enviados y de
sus familiares;
- los viajes de servicio de los expertos
enviados y contratados in situ, dentro y fuera de los países
involucrados en el proyecto;
- transporte y seguro de los bienes
materiales especificados en el párrafo 3 letra (c), hasta el lugar del
proyecto;
- mantenimiento del vehículo de servicio.
e) Conceder perfeccionamiento a las
contrapartes del MERCOSUR hasta un máximo de 12 meses/expertos en los
ámbitos de la gestión ambiental a nivel empresarial, procesos de
producción más limpia y consultoría ambiental a nivel empresarial.
4. Los Aportes de los Estados Partes del
MERCOSUR consistirán en:
a) Poner a disposición
- en cada uno de los cuatro países
participantes, respectivamente, un experto a efectos de coordinar las
actividades del proyecto a nivel local e implementar las medidas que
deban adoptarse en el ámbito regional;
- el personal necesario para la realización
de las actividades del proyecto en coordinación con los organismos
ejecutores;
- locales de oficina, equipamiento y
logística para el experto enviado en misión a largo plazo y el empleado
local en Montevideo (República Oriental del Uruguay);
- locales de oficina e infraestructura de
trabajo para los demás expertos en misión a corto y largo plazo en los
cuatro países participantes.
b) costear los gastos corrientes del proyecto, en la medida que no sean
asumidos por el Gobierno de la República Federal de Alemania con arreglo
a lo establecido en el párrafo 3, letra d;
c) Velar para que
- sean integradas organizaciones ejecutoras
idóneas para su realización en las actividades del proyecto;
- el proyecto y las medidas se coordinen
entre los respectivos organismos estatales, instituciones del sector
privado y organizaciones ambientalistas así como con otros proyectos en
los países involucrados;
- se garantice la coordinación de las
actividades del proyecto a nivel nacional y la inclusión de proyectos
con otros donantes.
d) Asegurar
- el apoyo a los expertos locales, regionales
e internacionales requerido en la ejecución de sus funciones y la puesta
a disposición de los documentos necesarios;
- la planificación, gestión y el control de
la contrapartida del MERCOSUR al proyecto;
- la participación de personal en las
actividades de capacitación.
5. Tareas de los expertos enviados de largo y
corto plazo:
a) Los expertos enviados por el gobierno
alemán, asesorarán y asistirán a sus homólogos del MERCOSUR en las
siguientes áreas:
- desarrollo de lineamientos para una
estrategia regional de fomento en materia de gestión empresarial
ecológica y procesos de producción más limpia y eficiente;
- fortalecimiento del diálogo entre los
países miembros del MERCOSUR y entre el sector público y el sector
privado con miras al fomento de la creación de redes regionales en el
ámbito de la gestión empresarial ecológica y de procesos de producción
más limpia;
- fomento de ofertas de servicios adecuadas a
las necesidades, a fin de asistir a las pequeñas y medianas empresas en
la implantación de métodos de gestión ecológicos y de procesos de
producción más limpia;
- aplicación y difusión de lineamientos e
instrumentos de gestión empresarial ecológica y de procesos de
producción más limpia en pequeñas y medianas empresas de los sectores a
ser seleccionados.
b) Funciones especiales del experto enviado de
largo plazo:
- gerencia y coordinación del aporte alemán;
- asesoramiento al Subgrupo de Trabajo del
MERCOSUR y de los organismos ejecutores en la elaboración de estrategias
para el fomento de la producción más limpia en pequeñas y medianas
empresas, considerando experiencias internacionales, especialmente
europeas y alemanas;
- establecer cooperación y comunicación con
otros proyectos relevantes incluyendo programas que sean apoyados en el
marco de la Cooperación Técnica Alemana;
- consensuar todas las medidas con los
responsables del Subgrupo de Trabajo del MERCOSUR y garantizar la
transparencia del proyecto;
- participar en el desarrollo del concepto
del proyecto al igual que la planificación operativa en coordinación con
las contrapartes así como preparar una evaluación a la mitad y al
final del proyecto, señalando los resultados logrados y justificando
eventual prorrogación del proyecto.
c) Funciones especiales de los expertos
nacionales de largo plazo:
- asesoramiento de las instituciones
contrapartes y ejecutoras en los cuatro países, el apoyo a las mismas en
la implementación de los correspondientes planos de acción así como en
la ejecución de las actividades nacionales considerando las
organizaciones relevantes del sector público y privado;
- participación activa en el intercambio de
informaciones y experiencias entre los países involucrados así como en
la realización de actividades a nivel regional.
6. Designación de los organismos ejecutores:
a) El Gobierno de la República Federal de
Alemania confía la realización de sus aportes a la Deutsche Gesellschaft
für Technische Zusammenarbeit (GTZ) GmbH, con sede en Eschborn;
b) El MERCOSUR confía la ejecución del
proyecto al Subgrupo de Trabajo "Medio Ambiente" (SGT 6);
c) Los organismos encargados conforme a las
letras a) y b) fijarán conjuntamente en un plan operativo o de otra
manera adecuada los detalles de la realización del proyecto y, en caso
necesario, los adaptarán al desarrollo del mismo; la base para eso es la
matriz de planificación del proyecto.
7. El presente proyecto tendrá una duración de
24 meses, con posibilidad de prolongación. Antes del término de dicho
plazo, se procederá a una evaluación conjunta de los resultados y
experiencias obtenidas. Sobre esta base, las Partes decidirán sobre la
eventual prolongación del proyecto.
8. El presente proyecto se encuentra al
amparo de las disposiciones de los siguientes Acuerdos bilaterales de
Cooperación Técnica vigentes entre cada Estado Parte del MERCOSUR y la
República Federal de Alemania, particularmente en lo que se refiere a
privilegios e inmunidades:
- entre el Gobierno de la República Federal
de Alemania y la República Argentina, en vigor desde el 18 de junio de
1976, (ley 21.796);
- entre el Gobierno de la República Federal
de Alemania y el Gobierno de la República Federativa de Brasil, en vigor
desde el 17 de septiembre de 1996;
- entre el Gobierno de la República de
Alemania y la República del Paraguay, en vigor desde el 21 de noviembre
de 1967, complementado el 10 de diciembre de 1971;
- entre el Gobierno de la República Federal
de Alemania y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay, en vigor
desde el 28 de agosto de 1974.
9. El presente proyecto fue concluido en los
idiomas alemán, español y portugués, siendo todos los textos igualmente
auténticos.
En caso de que los
Coordinadores Nacionales del Grupo Mercado Común del MERCOSUR se
declaren conforme con las propuestas contenidas en los párrafos 1 a 9,
esta Nota y la Nota de respuesta en la que conste la conformidad del
MERCOSUR constituirán un Acuerdo entre el Gobierno de la República
Federal de Alemania y el MERCOSUR que entrará en vigor en la fecha de su
Nota de respuesta.
Aprovecho la ocasión
para reiterar a los señores del Grupo Mercado Común el testimonio de mi
más alta y distinguida consideración”.
Sobre ese
particular, tenemos el agrado de comunicar la conformidad del MERCOSUR
con lo antes transcripto y convenir que la presente Nota y la de Vuestra
Excelencia constituyen un Acuerdo entre el MERCOSUR y la República
Federal de Alemania, el que entrará en vigor en el día de la fecha.
Saludamos a
Vuestra Excelencia con nuestra más distinguida consideración.
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