Mercado Común del Sur (MERCOSUR)
DECISIONES DEL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
MERCOSUR/ IV CMC EXT /DEC Nº 13/03: DESIGNACIÓN DE LOS CONSULTORES TÉCNICOS PARA EL SECTOR DE ASESORIA TÉCNICA DE LA SECRETARÍA DEL MERCOSUR
VISTO:
El
Tratado de Asunción, el
Protocolo de Ouro Preto, las Decisiones Nº
01/02,
16/02 y
30/02 del Consejo del Mercado Común y la Resolución 01/03 del
Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que en el marco del fortalecimiento institucional del MERCOSUR los Estados
Partes decidieron comenzar el proceso de transformación de la Secretaría
Administrativa del MERCOSUR en una Secretaría Técnica.
Que a fin de avanzar en ese objetivo se creó dentro de la estructura de la
Secretaría un Sector de Asesoría Técnica, a ser integrado por cuatro Consultores
Técnicos, nombrados exclusivamente en función de su competencia y capacidad
técnica en derecho internacional y economía internacional, mediante concurso de
antecedentes y pruebas.
Que el Consejo encomendó a una Comisión de Selección la realización del
concurso, la que formuló la pertinente recomendación al Consejo y como resultado
de tales procedimientos fueron seleccionados los Señores Alejandro Perotti,
Deisy de Freitas Lima Ventura, Oscar Stark Robledo y Marcel Vaillant Alcalde.
Que de conformidad con lo dispuesto en la Decisión Nº 30/02 del Consejo del
Mercado Común, debe realizar la designación de los Consultores Técnicos para
poner en funcionamiento el Sector de Asesoría Técnica de la Secretaría del
MERCOSUR.
EL CONSEJO DEL MERCADO COMÚN
DECIDE:
Art. 1 – Designar como Consultores Técnicos para integrar el Sector de
Asesoría Técnica durante el período 16/10/2003 – 15/10/2006 a los siguientes
profesionales,
a. - |
Dr. Alejandro Perotti
Especialidad: Derecho
Nacionalidad: Argentina
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b. - |
Dra. Deisy de Freitas Lima Ventura
Especialidad: Derecho
Nacionalidad: Brasileña
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c. - |
Lic. Oscar Stark Robledo
Especialidad: Economía
Nacionalidad: Paraguaya
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d. - |
Dr. Marcel Vaillant Alcalde
Especialidad: Economía
Nacionalidad: Uruguaya
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Art. 2 - Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico
de los Estados Partes, por reglamentar aspectos de la organización o del
funcionamiento del MERCOSUR.
IV CMC EXT - Montevideo, 06/X/03
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