Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES N� 56/96 - ANEXO: Reglamento para la verificaci�n de las Buenas Pr�cticas de Fabricaci�n y Control (BPF y C) para industrias de Productos Domisanitarios.
ANEXO
REGLAMENTO PARA LA VERIFICACION DE LAS BUENAS PRACTICAS DE FABRICACION
Y CONTROL (BPF y C) PARA INDUSTRIAS DEPRODUCTOS DOMISANITARIOS
Durante la inspecci�n la empresa est� obligada a presentar las informaciones
acompa�adas de los documentos comprobatorios que le sean solicitados
Los criterios de clasificaci�n, evaluaci�n y sanciones en relaci�n a las BPF y C
seg�n se indica a continuaci�n:
A) CLASIFICACION:
Basado en el riesgo potencial inherente a cada item en relaci�n a la calidad o
seguridad del producto, y a la seguridad de los trabajadores en su interacci�n con los
productos y procesos durante la fabricaci�n.
Imprescindible (I): Es el item que cumple las BPF y C, que puede influir
en un GRADO CRITICO en la calidad o seguridad de los productos y en la seguridad de los
trabajadores en su interacci�n con los productos y procesos durante la fabricaci�n.
Necesario (N): Es el item que cumple las BPF y C, que puede influir en un
GRADO MENOS CRITICO en la calidad o seguridad de los productos y en la seguridad de los
trabajadores en su interacci�n con los productos y procesos durante la fabricaci�n.
Recomendable (R): Es el item que cumple las BPF y C, que puede influir
en un GRADO NO CRITICO en la calidad o seguridad de los productos, y en la seguridad de
los trabajadores en su interacci�n con los productos y procesos durante la fabricaci�n.
Informativo (INF): Es el item que representa una informaci�n
descriptiva, que NO AFECTA la calidad o seguridad de los productos, ni a la seguridad de
los trabajadores en su interacci�n con los productos y procesos durante la fabricaci�n.
B) EVALUACION:
Durante el proceso de inspecci�n los inspectores deber�n juzgar el cumplimiento a lo
propuesto para cada item en las BPF y C. El criterio de evaluaci�n tendr� en cuenta la
clasificaci�n como sigue:
ITEMS EVALUACION
Imprescindible, Necesario y SI, cuando el requisito est� siendo Recomendable cumplido
NO, cuando el requisito no est� siendo cumplido
Informativo Podr� ser registrado opcionalmente por SI o por NO o bajo forma deconcepto
por escrito.
La empresa est� obligada a suministrar la informaci�n.
Todos los items podr�n tener observaciones o explicaciones cuando sea requerido
C) SANCIONES:
Tomando como base la evaluaci�n de los items previamente clasificados, las sanciones
previstas en los casos de no cumplimiento de lo propuesto son:
ITEM IMPRESCINDIBLE: Deber� suspenderse inmediatamente con car�cter
temporario la habilitaci�n del establecimiento, o la actividad del sector afectado, o la
certificaci�n de las BPF y C hasta su integral cumplimiento
ITEM NECESARIO: Despu�s de realizada la inspecci�n inicial deber�
establecerse un plazo de acuerdo a la magnitud de las modificaciones para cumplir con las
exigencias.
Vencido este primer plazo, el (los) item(s) necesario(s) que no hayan sido cumplidos, tendr�n un segundo plazo y se har� una advertencia formal estableciendo que el (los) �tem(s) ser�(n) considerados en la pr�xima inspecci�n (tercera) como Imprescindibles
ITEM RECOMENDABLE: Deber� orientarse a la empresa en vista a su mejora, pudiendo el �tem tratado ser considerado como Necesario en la pr�xima inspecci�n, en el caso que su grado de influencia en la seguridad del producto y de los trabajadores as� como su interacci�n con los productos y procesos durante la fabricaci�n
as� lo requiera.
Los �tems Recomendables no pasar�n de la clasificaci�n de Necesario a Imprescindible
Los Establecimientos nuevos deber�n cumplir todos los items Imprescindibles y
Necesarios para que les sea concedida la habilitaci�n de funcionamiento
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