OEA

Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)

RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN

MERCOSUR/GMC/RES N� 7/94: Derogar el art�culo 2 de la Res. 1/94 (Agentes Aduaneros que acompa�an a veh�culos con transporte de mercanc�as peligrosas)


VISTO  el Art�culo 13 del Tratado de Asunci�n, el Art�culo 10 de la Decisi�n N� 4/91 del Consejo del Mercado Com�n, la Resoluci�n N� 1/94 del Grupo Mercado Com�n y la Recomendaci�n 8/94 del Subgrupo de Trabajo N� 2 "Asuntos Aduaneros".

CONSIDERANDO:

Que la implementaci�n efectiva de la medida dispuesta demandar�a a los servicios aduaneros la ocupaci�n de una gran cantidad de funcionarios que a su vez repercutir�a negativamente en el costo final de las operaciones aduaneras.

Que existen mecanismos de control aduanero suficientes para garantizar el tr�nsito de la carga desde el origen hasta el destino de la misma.

EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:

Art�culo 1. Derogar el Art�culo 2� de la Resoluci�n N� 1/94, por el cual se solicita a las Autoridades Aduaneras de los Estados Partes la participaci�n de agentes aduaneros en el acompa�amiento de veh�culos de transporte de mercanc�as peligrosas.