Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COM�N
MERCOSUR/GMC/RES N� 15/99 - Creaci�n de la Comisi�n Sociolaboral
del MERCOSUR
VISTO:
El Tratado de Asunci�n, el Protocolo de Ouro Preto y la Declaraci�n Sociolaboral del MERCOSUR firmada por
los Presidentes de los Estados Partes del Mercado Com�n del Sur en la reuni�n del Consejo del Mercado Com�n,
celebrada en R�o de Janeiro el 10 de diciembre de 1998.
CONSIDERANDO:
Que el Art�culo 20 de la Declaraci�n Sociolaboral recomienda instituir una Comisi�n Sociolaboral, como �rgano auxiliar del
Grupo Mercado Com�n, con el objeto de fomentar y acompa�ar la aplicaci�n del instrumento.
Que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 14, No. V del Protocolo de Ouro Preto, es funci�n del Grupo Mercado
Com�n la creaci�n de �rganos auxiliares para coadyuvar al cumplimiento de sus
objetivos.
EL GRUPO MERCADO COM�N RESUELVE:
Art. 1 - Crear la Comisi�n Sociolaboral del MERCOSUR como �rgano tripartito, auxiliar del Grupo Mercado Com�n, que
tendr� car�cter promocional y no sancionatorio, dotado de instancias nacionales y regional, con el objetivo de fomentar y
acompa�ar la aplicaci�n de la Declaraci�n Sociolaboral del MERCOSUR.
Art. 2 - La Comisi�n Sociolaboral del MERCOSUR elevar� al Grupo Mercado Com�n una propuesta de su propio
Reglamento Interno y el de las Comisiones Nacionales.
Art. 3 - La Comisi�n Sociolaboral del MERCOSUR se integrar� por un miembro titular y un alterno de cada uno de los tres
Sectores involucrados por cada Estado Parte del MERCOSUR.
XXXIII GMC - Asunci�n, 9/III/99
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