Mercado Com�n del Sur (MERCOSUR)
RESOLUCIONES DEL GRUPO MERCADO COMUN
MERCOSUR/GMC/RES N� 19/92: Utilización en el Mercosur de los sistemas de certificación propuestos por la Organización Internacional de Normalización (ISO)
VISTO El Tratado de Asunci�n suscrito el 26 de marzo de 1991
y la Recomendaci�n Nro. 9 del Subgrupo de Trabajo Nro. 3 - Normas T�cnicas-,
CONSIDERANDO:
Que est� ampliamente difundida y experimentada en el mundo la aplicaci�n de los sistemas de certificaci�n de escritos en el Manual sobre Principios y Pr�cticas de la Certificaci�n, de la Organizaci�n Internacional de Normalizaci�n (ISO);
Que los sistemas de certificaci�n propuestos por la ISO
son un instrumento necesario para las relaciones comerciales
con terceros pa�ses y para los reconocimientos rec�procos
requeridos en dichas relaciones;
EL GRUPO MERCADO COMUN RESUELVE:
ARTICULO 1. Recomendar a los Subgrupos de Trabajo y a las
Comisiones del MERCOSUR que correspondan, la utilizaci�n de
los sistemas de certificaci�n propuestos por la Organizaci�n
Internacional de Normalizaci�n (ISO) en el Manual sobre
Principios y Pr�cticas de Certificaci�n, para el tratamiento
y propuesta de resoluciones sobre las actividades y
requerimientos de certificaci�n espec�ficos de sus �reas de
trabajo. La descripci�n de dichos sistemas se anexa a la presente.
ARTICULO 2. Es responsabilidad de la Comisi�n de Calidad
del Subgrupo de Trabajo Nro. 3: -Normas T�cnicas-, la
difusi�n de los sistemas indicados en el Art�culo 1, as� como
de las actualizaciones que realice la ISO, en los Subgrupos
de Trabajo del MERCOSUR.
ARTICULO 3. Con el objeto de adecuar el tratamiento de la
certificaci�n en el �mbito del MERCOSUR a las modalidades
internacionales, antes de elevar propuestas sobre
certificaci�n de productos y/o procesos y/o servicios y/o
sistemas de calidad, las Comisiones y Subgrupos de Trabajo
del MERCOSUR deber�n consultar a la Comisi�n de Calidad del Subgrupo de Trabajo Nro. 3: - Normas T�cnicas -.
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